MADRID
Carles Puigdemont, president de la Generalitat, y Carme Forcadell, presidenta de la Mesa del Parlament -ambos cesados este viernes por el Gobierno en aplicación del artículo 155-, intentan evitar por todas las vías ser acusados de rebelión. Sin embargo, este delito es el eje de la querella que la Fiscalía General del Estado presentará este lunes contra los miembros de la Mesa del Parlament y del Govern ante el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional.
La clave de la estrategia del cesado president reside en que el delito de rebelión implica el ejercicio de la violencia: el artículo 472 del Código Penal sanciona el alzamiento violento y público en una declaración de independencia con hasta 30 años de cárcel. "De ahí que Puigdemont no saliera el viernes al balcón ni diera instrucciones a los llamados Comités de Defensa de la República que esperaban en la calle para actuar" contra la aplicación del 155, explica una fuente jurídica. Su objetivo: evitar que el vaso del posible delito de rebelión no se vea colmado con actos violentos.
Puigdemont ha insistido en las últimas horas en sus llamamientos al diálogo y a la "oposición democrática" contra la aplicación del 155 aprobada por el Senado, sabedor de que si se produce violencia en las calles podría ser condenado como instigador o impulsor por los delitos de rebelión o sedición, según recoge el Código Penal, en cuyo artículo 473 se prevén penas de 15 a 25 años de cárcel.
Otro de los delitos que baraja la Fiscalía en su querella contra Puigdemont es el de usurpación de funciones al resistirse este sábado a su cese, tal y como puso de manifiesto en su comparecencia pública; de hecho, en la página president.cat firma dicho discurso como "president de la Generalitat". Este delito está penado con 1 a 3 años de cárcel (artículo 402 del Código Penal).
¿Realmente aprobó el Parlament la independencia?
El pasado 27 de octubre, Forcadell tuvo mucho cuidado en anunciar -y leer- que se sometía a la votación de la cámara sólo la parte dispositiva de la propuesta de resolución de de JxSi y la CUP, donde se insta al Govern a hacer efectiva la Ley de Transitoriedad, suspendida por el Tribunal Constitucional. "Votaremos la parte resolutiva", anunció la presidenta de la Mesa a la cámara. Esto es, no sometió a votación el preámbulo, donde figura verdaderamente la Declaración Unilateral de Independencia, aunque había sido obligada por los suyos a leerlo.
Esta iniciativa de los diputados soberanistas se presentó, además, en forma de Propuesta de Resolución, sin fuerza jurídica aunque tenga valor político. De esta forma, un tribunal valoraría esta propuesta más como un acto preparatorio que como un delito. No obstante, la admisión a trámite por la Mesa sí podría tener consecuencias penales, según fuentes jurídicas, informa Julia Pérez.
Asimismo, el acuerdo tampoco ha sido publicado en los diarios oficiales catalanes, de tal manera que no ha sido oficializado, pese a que el mismo viernes 27 de octubre hubo tiempo para publicarlo antes de que fuera efectiva la aplicación del artículo 155 de la Constitución.
Procesos judiciales abiertos
El fracaso de la política ha generado ya la apertura de más de medio centenar de procesos judiciales sobre Catalunya. Y la cifra sigue creciendo.
Así, el Tribunal Constitucional y el Supremo tienen que hacer frente a la Declaración Unilateral de Independencia y al recurso contra la aplicación del 155. Por su parte, el TSJ de Catalunya investiga al Govern y a la Mesa del Parlament por aprobar leyes contra la prohibición expresa del TC, mientras los juzgados penales en Catalunya investigan las agresiones del referéndum del 1 de octubre, suspendido por el máximo tribunal de garantías.
Mientras, el Gobierno español culmina este lunes la asunción del control del Govern catalán en el primer día laborable después de la aplicación del artículo 155 y de la destitución del Ejecutivo catalán con el convencimiento de que los funcionarios autonómicos estarán "al lado de la ley", según recoge EFE.
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