alicante
La Sección Tercera de la Audiencia de Alicante ha condenado al exalcalde socialista de Alicante, Gabriel Echávarri, a ocho años y seis meses de inhabilitación para cargo público por un delito continuado de prevaricación por el fraccionamiento de contratos en campañas de promoción en las Navidades de 2016, en el conocido como 'caso Comercio'.
Asimismo, y por el mismo tipo penal, condena a siete años de inhabilitación para empleo o cargo público a su exjefe de Gabinete, Lalo Díez, y a ocho años y seis meses a su asesor en Comercio, Pedro de Gea. La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, no es firme y cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en el plazo de diez días.
La sala considera probado que entre noviembre y diciembre de 2016 se contrató desde la concejalía de Comercio, cuya concejalía también ostentaba Echávarri, bajo la figura de contrato menor, 25 operaciones con diferentes empresas por valor de 189.762 euros, "produciéndose el fraccionamiento, deliberado y reiterado por los acusados, de los objetos de las prestaciones a fin de eludir la normativa vigente en materia de contratación administrativa", que obliga a respetar los principios de "publicidad y concurrencia en nueve de ellos".
Así, establece que esas nueve contrataciones "debieron haber sido tramitadas legalmente, mediante concurso público en lugar de contrato menor, por referirse a unos mismos objetos y tratarse de unidades funcionales", en la línea de lo que había sostenido el fiscal Anticorrupción, Felipe Briones. La sentencia añade como hecho probado que "si no se siguió la tramitación correcta fue para no superar el límite legal del contrato menor de servicios, llegando a superarse en uno de ellos por un céntimo".
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