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Elecciones autonómicas y municipales 2023

Baltar consigue demorar su condena por un delito de tráfico hasta después del 28M

El presidente de la Deputación de Ourense fuerza el señalamiento de un nuevo juicio para el 31 de mayo en el que la Fiscalía le pide una multa de seis meses, aunque él intentará que la Audiencia Provincial lo anule por defectos de forma.

28/4/23 Baltar, ayer en el pleno de la Deputación de Ourense.
Baltar, en el pleno de la Deputación de Ourense el pasado 28 de abril. Agostime / Europa Press

El presidente de la Deputación de Ourense, Manuel Baltar, llegará a las elecciones sin tener que hacer frente a ninguna condena penal en su contra después de haber sido cazado conduciendo un coche oficial a 215 kilómetros por hora.

El político gallego, que ya había eludido el juicio el pasado martes por incomparecencia de su abogado, ha intentado este jueves aplazar de nuevo la vista, si bien en esta ocasión ha rectificado y se ha conectado con el juzgado por videoconferencia. Según eldiario.es, la Fiscalía habría pedido para él una multa de seis meses a razón de diez euros diarios -unos 1.800 euros-.

La vista, que iba a celebrarse por vía telemática, estaba prevista a las 9 de la mañana. El juzgado de Sanabria (Zamora) informó horas después en un comunicado de que Baltar se había dirigido por escrito a la jueza "manifestando su voluntad de no comparecer", por lo que la magistrada "se reserva la posibilidad de imponer las sanciones que correspondan".

Finalmente Baltar, en su comparecencia, ha negado aceptar el escrito de acusación así como la pena solicitada por la Fiscalía, lo que imposibilita una sentencia de conformidad y le permite dilatar el proceso hasta el próximo 31 de mayo, tres días después de las elecciones.

El domingo 23 de abril, agentes de la Guardia Civil pararon a Baltar en la autovía A52 tras comprobar con el radar que circulaba a 215 km/h en una zona con velocidad limitada a 120. Conducía el vehículo oficial de la Deputación que utiliza él en exclusiva. Atribuyó el exceso de velocidad a "un despiste" y aseguró que viajaba a Madrid para una reunión de trabajo al día siguiente, pero lo cierto es que reconoció que no pernoctó allí y se negó a aclarar dónde lo había hecho. Tampoco presentó los justificantes de hotel y de la autopista de pago por la que debería de haber pasado.

El juicio rápido es una modalidad procesal a la que están sometidos los delitos con penas inferiores a cinco años de cárcel. Permite al acusado aceptar la condena propuesta por la Fiscalía y que el juez dicte  sentencia en menos de quince días. La incomparecencia injustificada o la negativa a declarar puede sancionarse con multas de 200 a 5.000 euros. Si el acusado reincide, puede ser detenido por un delito de obstrucción a la justicia.

De tres a seis meses de cárcel

El exceso de velocidad que cometió Baltar, según el atestado de Tráfico, se considera un delito muy grave, sancionable con penas de tres a seis meses de prisión que se sumarían a la multa de 600 euros y a la retirada de seis puntos del carné de conducir que el presidente provincial ya ha asumido. 

Su incomparecencia se produce a pocas horas del arranque de los comicios municipales del 28M, en los que Baltar se juega su reelección al frente de la Deputacion -en la actualidad gobierna con el apoyo de los votos de Democracia Orensana, el partido de Gonzalo Pérez Jácome, alcalde de Ourense-.

Tras el incidente, se supo que acumula otras dos multas por exceso de velocidad en el mismo vehículo, cuya propiedad y titularidad corresponde a la Deputación. Ésta se habría negado a identificar al conductor en otras siete denuncias relativas al mismo automóvil en las que los agentes no pudieron hacerlo porque el coche no fue detenido. En una de ellas, el piloto circulaba a más de 150 km/h en una zona limitada a 90. Fuentes conocedoras del caso han asegurado a Público que ese vehículo sólo lo utiliza el presidente del organismo provincial.

La Deputación de Ourense envió ayer un comunicado en el que anuncia que Baltar recurrirá ante la Audiencia Provincial de Ourense la apertura de juicio oral. "Se ha manifestado la inadecuación del procedimiento incoado, ya que no cumple los requisitos para seguir las actuaciones por los trámites de las diligencias urgentes, al haberse procedido su citación [por el acusado] mediante cédula judicial y no por la Guardia Civil, todo ello con posterioridad a la finalización del procedimiento administrativo", afirma el organismo. La Deputación añade que si la Audiencia Provincial atiende a sus argumentos, no se celebrará el juicio previsto para el 31 de mayo.

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