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Aznar no tendrá que declarar ante Ruz sobre la contabilidad B del PP

La Audiencia Nacional rechaza de forma definitiva la petición de la Asociación de Abogados Demócratas de Europa que reclamaba  explicaciones sobre si el expresidente autorizó pagos a Ayesa y Caixto entre el 91 y el 95

EUROPA PRESS

El expresidente del Gobierno, José María Aznar, no tendrá que declarar como testigo en la casusa que investiga el juez de al Audiencia Nacional, Pablo Ruz, sobre la contabilidad B del PP por parte del extesorero de la formación, Luís Bárcenas. Algo que el propio magistrado ha considerado probado este viernes.

Así lo ha comunicado la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que rechaza de forma definitiva la petición efectuada por la Asociación de Abogados Demócratas de Europa (ADADE), que ejerce la acusación popular en el procedimiento, y que había reclamado que el exjefe del Ejecutivo explicara ante el juez si autorizó el pago de 3.600 euros mensuales al exconsejero navarro Calixto Ayesa entre 1991 y 1995, tal y como aparecía en los papeles de Bárcenas y corroboró el exdiputado Jaime Ignacio del Burgo.

La asociación de letrados solicitaba que Aznar aclarara también si las anotaciones de 1,53 millones de pesetas (9.195,49 euros) que los papeles de Bárcenas registran entre abril y agosto de 1990 con 'JM' como beneficiario corresponden a su persona.

La acusación recordaba, además, que la contabilidad oficial del PP refleja que el exjefe del Ejecutivo cobró de la formación un total de 782.695 euros entre 1990 y 1996, año en que fue elegido presidente del Gobierno.

En un auto hecho público este viernes los magistrados Angela Murillo, Teresa Palacios y Carmen Paloma Gonzalez Pastor aseguran que la declaración del expresidente del Gobierno debería producirse cuando se celebre el juicio 'si el tribunal lo considera entonces necesario para el establecimiento de los hechos delictivos'.

El juez destaca que las cantidades percibidas por Aznar 'fueron contabilizadas y declaradas a la Hacienda Pública'  Ruz fundó su rechazo en que no advertía en los argumentos que planteó la acusación popular 'razón o fundamento suficiente que justifique la necesidad, idoneidad o razonabilidad de su práctica'.

El juez indicaba, además, que la declaración de Del Burgo resultó 'firme, consistente y coherente con el testimonio que también prestó Calixto Ayesa'. Este hecho -decía Ruz- 'determina una ausencia de duda o incertidumbre' sobre la veracidad de la declaración del exdiputado.

También recordaba que la autorización de Aznar para que se efectuara el pago a Ayesa no reviste 'actividad alguna de naturaleza indiciariamente delictiva, atendiendo el tiempo pretérito al que tal actividad se refiere'.

Destacaba, además, que las cantidades percibidas por Aznar 'fueron contabilizadas y declaradas a la Hacienda Pública' y pone de manifiesto que estos pagos carecen de cualquier reflejo en los 'papeles'de Bárcenas por lo que de la declaración del expresidente no se obtendrían 'indicios adicionales a los ya existentes sobre estos documentos'.

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