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La amnistía protege más a Puigdemont al vincular el terrorismo a la UE y remarcar que ha de ser "intencionado"

Las distintas enmiendas a la ley de amnistía que han acordado PSOE, ERC y Junts per Catalunya matizan varios puntos concernientes al terrorismo y pulen, también, los delitos de malversación.

El expresident de Catalunya, Carles Puigdemont, durante su intervención en el Parlamento Europeo en presencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
El expresident de Catalunya, Carles Puigdemont, durante su intervención en el Parlamento Europeo en presencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. EFE/EPA/RONALD WITTEK

PSOE, Esquerra Republicana y Junts per Catalunya han trabajado en las últimas semanas para construir un texto final de la ley de amnistía —a expensas de lo que pueda ocurrir hasta el día del Pleno— que matiza, entre otras cosas, los delitos de terrorismo y los de malversación con algunos cambios en el articulado y en el preámbulo del texto legislativo. También alargan la horquilla temporal que abarca la amnistía hasta noviembre de 2011

En cuanto al primero de esos puntos, el referente al terrorismo, son varios los cambios en comparación con el texto anterior. La ley sigue incluyendo el terrorismo en su apartado de Exclusiones, algo que, en su día, rechazaba Junts per Catalunya. Sin embargo, se han acordado modificaciones sustanciales. La más evidente es que el actual texto vincula esos delitos de terrorismo con los que se tipifican como tal en el Derecho de la Unión Europea (UE). Se eliminan del texto, al menos en ese punto, las referencias al Código Penal español.

Otra pequeña variación que se da en el mismo punto del texto tiene que ver con la intencionalidad. En el acuerdo anterior, se especificaba que se excluían de la amnistía los delitos de terrorismo "siempre y cuando, de forma manifiesta y con intención directa" hubieran causado violaciones graves de los derechos humanos. En el texto actual, se especifica que esos actos que "por su finalidad puedan ser calificados" como terrorismo se excluyen de la amnistía si "han causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos".

Se hila fino al concretar que es la "finalidad" de los actos la que ha de tenerse en cuenta. Ese nuevo matiz, inexistente en la anterior versión, no hace otra cosa sino apuntalar que la amnistía solo dejará fuera a los actos que algún tribunal pueda considerar de terrorismo si la intención de los investigados era la de cometer esos presuntos actos terroristas.

Los partidos lo entienden como una forma de blindar a todas las personas que, en la actualidad, estén implicados en procesos judiciales por terrorismo o puedan llegar a estarlo. Además, esa intencionalidad extrema la protección sobre Carles Puigdemont, que tiene una causa abierta por terrorismo vinculado al Tsunami Democràtic. No hay que olvidar que el juez Manuel García Castellón vinculó el fallecimiento de una persona a causa de un infarto durante las protestas de Tsunami Democràtic con el presunto terrorismo de la organización.

Al no haber sido esa muerte intencionada y al no tener las protestas en el aeropuerto de El Prat la finalidad de terminar con la vida de nadie, esos delitos de terrorismo que se puedan imputar a los organizadores o participantes de las protestas de Tsunami Democràtic, con el actual texto en la mano, quedarían, en principio, incluidos en la amnistía.

El nuevo texto también vincula los "actos tipificados como delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado" a las resoluciones de la Asamblea General de Naciones Unidas. La redacción actual de la ley de amnistía especifica que quedan fuera de la amnistía los delitos de traición "siempre que se haya producido tanto una amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial o la independencia política de España".

Son importantes los conectores en la redacción de cualquier ley. Lo que dice el artículo antes mencionado es que para que un posible delito de traición quede excluido de la amnistía tiene que partir de un acto que haya resultado una "amenaza efectiva" y que se haya producido con un "uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial o la independencia política de España".

Cambios en la malversación

En cuanto a la malversación, el nuevo texto especifica que "solo podrán beneficiarse de la amnistía aquellos actos en que los fondos públicos se destinaron a la preparación, realización y consecuencias de las consultas del 9 de noviembre de 2014 y el referéndum del 1 de octubre de 2017, así como los que se destinaron a reivindicar, promover o procurar la independencia de Cataluña". Es una enmienda al preámbulo de la ley, que asegura, por un lado, que ningún presunto delito de malversación fuera de preparación del procés quede amnistiado y, por otro, que la ley sí cubra los que sí están vinculados al procés.

En total, se ha pactado una enmienda al preámbulo y tres al articulado. Otra de ellas incide en las indemnizaciones a las personas sancionadas por hechos concernientes al procés. Lo que dice el texto es la amnistía "no dará derecho a la restitución de las cantidades abonadas en concepto de multa", pero con excepciones: "Salvo las satisfechas por imposición de sanciones al amparo de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana".

De todas formas, aquellas que hayan sido "impuestas por infracciones muy graves" tampoco serán devueltas "siempre que, a criterio de la Administración que impuso la sanción, se estime que concurren para ello criterios de proporcionalidad".

La Comisión de Justicia ha dado luz verde al dictamen con todos los cambios. Ese será el texto final de la ley, a no ser que algún grupo parlamentario presente un voto particular en las próximas 48 horas —lo que estipula el Reglamento— o las tierras entre Junts y PSOE vuelvan a moverse antes del día 14 de marzo, cuando se celebrará, según apuntan fuentes parlamentarias, el Pleno en el que se votará la ley.

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