Madrid
Actualizado:Desde hace cuatro años C.J. apenas ve a sus hijos. En diciembre de 2017 su hija mayor, de entonces nueve años, le relató que su padre le hacía tocamientos en la vagina. Entonces denunció a su pareja por abusos sexuales. La respuesta institucional acabó archivando el caso por "falta de pruebas", declarando el desamparo de la menor e internándola en un centro gestionado por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) y finalmente quitándole a la madre la custodia de sus dos hijos para dársela en exclusiva al padre denunciado.
Todo esto ocurrió a pesar de que dos instituciones oficiales especializadas en la detección de este tipo de violencias, decretaran que el relato de la menor sobre los abusos era "válido y creíble" y que la niña "no fabula".
A los dos días de presentarse la denuncia se celebró un juicio rápido. El juzgado decretó entonces una custodia de los dos menores a favor de la madre y una orden de alejamiento de la niña con respecto al padre manteniendo, sin embargo, medidas paterno filiales y visitas de los abuelos paternos con hijo menor. La custodia la tenía la madre.
En ese juicio rápido, el marido de C.J. presentó ante el juzgado unos informes psicológicos de su pareja, que sufría una depresión intensa. C.J. afirma que estos documentos fueron presentados sin su consentimiento y que ninguna entidad valoró su estado. Este hecho ha impregnado todo el proceso desde entonces, a pesar de que existían informes que acreditaban que la madre había mejorado su estado.
El testimonio de la niña era válido
La valoración hecha por la Unidad de Abusos al Menor del Hospital San Joan de Deu (UFAM), decretó que el testimonio de la niña era "válido y creíble" y que aportaba "detalles contextuales y de interacción". A pesar de esta valoración, a principios de agosto de 2019, el juzgado de instrucción número 7 de de Manresa archivó la causa por abuso sexual.
En su resolución, estima que "no hay indicios que justifiquen debidamente la perpetración del delito que motivó la formación de la causa". Una falta de indicios o pruebas que, sistemáticamente, es aducida en la mayoría de las denuncias de abusos sexuales a menores para justificar el archivo de la causa.
Según organizaciones de defensa de los derechos de la infancia como Save the Children, solo se denuncia un 15% de los abusos sexuales en la infancia y, de estos, el 70% nunca llega a juicio oral porque son archivados.
Sin valoración de la madre
La decisión judicial está basada en el informe realizado por el Equipo de Asesoramiento Técnico Penal (AETP) de la Generalitat, formado por trabajadores sociales y psicólogos que trabajan con la Justicia.
Según dicho informe (emitido en febrero de 2019, dos años después de la denuncia por los supuestos abusos sexuales), "no se puede descartar la sugestión como fuente de los testimonio" de la menor en relación a los abusos.
La sentencia de archivo resalta que en septiembre de 2015 a la madre le diagnosticaron un trastorno depresivo severo que precisó de ingreso en 2016 y 2017, con informe de evolución positiva en 2018, aunque no aporta una valoración propia. Es decir, que en ningún momento se evaluó el estado psíquico de la madre tras presentar la denuncia.
La AETP sí hace una valoración sobre el padre acusado de abusos, de quién afirma que "presenta una estructura adecuada de personalidad y no se observa ninguna patología psíquica en el estudio". La Agencia "no encuentra indicios de sospecha compatibles con las características psicológicas de personas adultas agresoras sexuales", sin explicar en ningún caso cuáles son dichas características.
Según Marta Pérez, investigadora de la Universidad Complutense de Madrid y una de las co-autoras del informe Violencia institucional contra las madres y la infancia. Aplicación del falso Síndrome de Alienación Parental (SAP), las decisiones judiciales y de los organismos oficiales evidencian la aplicación de un Síndrome de Alienación Parental (SAP) en este caso.
Una patología que no está reconocida por ningún organismo médico ni psiquiátrico internacional, pero el SAP se utiliza sistemáticamente en los juzgados en contra de las madres que denuncian violencia sexual hacia sus hijos por parte del padre.
De hecho, el de C.J. fue uno de los casos analizados para el informe encargado por Igualdad. El informe mencionado, encargado por el Ministerio de Igualdad, eleva hasta el 86% el porcentaje de casos en los que las denuncias acaban archivándose sin llegar a juicio.
Decretan el desamparo de la menor
El día 12 de agosto de 2019, una semana después de archivarse la causa, la Dirección General de la Infancia y Adolescencia (DGAIA) citó a la madre y a la niña. Según su testimonio, nunca fue informada de lo que allí pasaría ni para qué era la cita. Es decir, que ambas acudieron sin tener la más mínima sospecha de que iban a ser separadas.
Nada más llegar, pasaron a la menor a una sala y a ella le informaron que se había decretado el "desamparo" de la niña, por lo que la Generalitat asumía su custodia.
"El centro en el que la internaron era un CRAE (Centros residenciales de acción educativa) a más de una hora de mi casa, por lo que obligaron a la niña a desvincularse de todo: del colegio, sus amigos... de todo", explica la madre en una conversación telefónica.
Durante tres semanas ella no pudo tener ningún contacto con la menor. Luego sólo pudo verla en el centro y de forma vigilada una hora a la semana y hablar un día por teléfono durante cinco minutos.
La vinculación de la menor con el padre, sin embargo, siguió una trayectoria muy distinta. Una vez levantadas las medidas de protección tras archivarse la denuncia, el CRAE le permitió visitas más frecuentes no vigiladas y fuera del centro que incluían pernoctas. La niña permaneció dos años internada en el centro, desde mediados de 2019 hasta el 21 de julio de 2021.
Tal como reflejan los informes oficiales a los que ha tenido acceso Público, un año después de ser internada "se produce un punto de inflexión y un cambio de actitud" en la niña, cuando le cuenta a su educadora que "los abusos sexuales por parte del progenitor nunca existieron". Según relata la madre a este diario, durante su internamiento la menor manifestó en diversas ocasiones que se la presionaba para que aceptase restablecer la relación con su padre "como única forma de poder salir del centro". Los informes presentados por el Asesoramiento Técnico en el Ámbito de la Familia (ATAF, perteneciente a los juzgados), muestran que la menor tardó aún un año más en salir del centro. Cuando lo hizo (hacia finales de julio de 2021), la DGAIA le entregó la custodia de la niña en exclusiva al padre.
Custodia de los menores para el padre
La sentencia de divorcio salió en diciembre de 2021. En ella se establece la custodia de los dos menores en favor del padre y un régimen extremadamente estricto de visitas de la madre. Sólo podrá ver al hijo menor dos horas a la semana en un punto de encuentro y a la hija una vez cada 15 días en el mismo centro. Ambos de forma vigilada. Las medidas han permanecido inalteradas en los últimos 20 meses, a pesar de que los informes del PEF han sido siempre favorables hacia la madre.
Seis años después de presentar la denuncia, C. J. sigue batallando para poder ver a sus hijos, aunque sea en el Punto de Encuentro Familiar. Ni siquiera esto tiene garantizado, debido a las ineficiencias de un sistema judicial y administrativo que a menudo da la espalda a las madres que se atreven a denunciar abusos sexuales a sus hijos.
En las últimas semanas, la madre ha visto cómo el PEF se negaba a mantener las visitas ordenadas por el juzgado porque, aducían, habían superado los 18 meses de periodo máximo para mantener dichas visitas. Dicha negativa se produce a pesar de que la Audiencia de Barcelona estableció el 9 de mayo de 2023 el restablecimiento de las visitas con un régimen ampliado y, después de tres meses, normalizarlas sin vigilancia, repartiendo entre ambos progenitores los fines de semana y permitiendo pernoctas con la madre.
Tras reiteradas peticiones, el PEF ha aceptado mantener las visitas pero solo de hora y media semanales, en lugar de las dos horas establecidas por la Audiencia. Según la abogada de la madre, esta "no es la primera arbitrariedad del Punto de Encuentro Familiar. Pero la Administración tiene que cumplir la resoluciones judiciales y la ley, si no, es arbitraria".
El Sindic elabora un informe
El caso de C.J. no solo está siendo objeto de estudio de las expertas en la aplicación del Síndrome de Alienación Parental (SAP) en el sistema judicial español, sino que incluso ha llegado a la mesa del Defensor del Pueblo catalán. El Síndic de Greuges emitió un informe en 2022 en el que denunciaba que en este caso se ha favorecido la revinculación de los menores con su progenitor, pero en ningún caso se ha intentado "restablecer la relación materno-filial".
En su informe, el Defensor recordaba que Naciones Unidas ha denunciado reiteradamente la aplicación del falso SAP en el sistema de justicia español, especialmente en los casos de denuncias por abusos sexuales a los menores. Un "patrón estructural", según la ONU, que desprotege a los niños y niñas, y discrimina a las madres.
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