Público
Público

¿El brigadismo es delito?

Expertos en derecho internacional analizan la detención de ocho jóvenes españoles que se integraron en las milicias separatistas del este de Ucrania. Denuncian un uso ejemplarizante de la justicia carente de contenido real.

Foto extraída del perfil de Facebook de uno de los brigadistas desplazados a Ucrania.

La Policía Nacional detuvo el pasado viernes a ocho españoles por su integración en las milicias separatistas que mantienen desde abril del pasado año una lucha armada en el este de Ucrania contra el Gobierno de Kiev. Para algunos, estos jóvenes que se paseaban por Donbass ondeando una bandera republicana con el 'no pasarán' bordado recuperan la romántica figura del brigadista internacional. Para otros no son más que unos terroristas. La justicia española intenta dirimir si su presencia y su actuación en Ucrania son constitutivas de delito. 

Los ocho jóvenes ya se encuentran en libertad. Ahora se enfrentan a un proceso penal sin precedentes. “No recuerdo antecedentes semejantes, ni siquiera con las guerrillas en latinoamérica”, señala Santiago Castellá, doctor en Derecho Público Internacional de la Universidad Rovira i Virgili (URV). Este jurista considera que la operación es desproporcionada y que el caso está “cogido con pinzas”. Una opinión muy extendida entre los juristas especializados en derecho internacional.

“Es como si se condenara lo que hicieron las Brigadas Internacionales en la Guerra Civil”, apunta Antonio Cuerda, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), que recuerda que en ocasiones la actividad de estas misiones han sido objeto de homenaje en los países de origen de sus integrantes.

Los ocho españoles están acusados de delitos cooperación o complicidad en asesinatos y homicidios cometidos por el bando prorruso así como de tenencia de armas y explosivos. Sobre este punto, la mayoría de los expertos consultados por Público consideran que, al no haber ninguna víctima identificada, no hay material para seguir con el procedimiento. También se les inculpa haber comprometido la neutralidad de España en el plano internacional, un delito penado con entre 4 y 15 años de prisión.

El artículo 591 del código penal reza que "será castigado el que durante una guerra en que no intervenga España ejecutare cualquier acto que comprometa la neutralidad del Estado o infringiere las disposiciones publicadas por el Gobierno para mantenerla". Sin embargo, la legislación no establece qué acciones suponen una ruptura de dicha neutralidad.

Los acusados sostienen que España vende armas al ejército ucraniano y que sus intereses comerciales hacen que no sea neutral respecto al conflicto

“Es un asunto abierto a interpretación. Y además no existe un estatuto de neutralidad por parte de España”, señala Santiago Castellá. Este doctor en Derecho Internacional mantiene que no se puede poner en entredicho la neutralidad de un Estado que no se ha comprometido a mantener una posición de centralidad. Es decir, que si el Estado no ha dejado clara su posición, ésta no puede ser rota. Los acusados sostienen que España vende armas al ejército ucraniano y que sus intereses comerciales hacen que no sea neutral respecto al conflicto.

Las actuaciones individuales de civiles o funcionarios de perfil bajo no pueden comprometer al Estado bajo ninguna circunstancia, según explican juristas especializados en derecho internacional. “Es un delito pensado para actuar contra autoridades, diplomáticos o altos cargos del Estado”, opina Antonio Cuerda.

No hay víctimas, sólo fótos con rifles

La Fiscalía no dispone de pruebas que apunten que estas personas hayan entrado en combate

Por lo que se conoce de la instrucción del caso en la Audiencia Nacional, la Fiscalía no dispone de pruebas que apunten que estas personas hayan entrado en combate. Y menos aún de que hayan cometido crímenes de guerra. La única evidencia contra ellos son unas fotos publicadas en la red social Facebook. En esas instantáneas los jóvenes aparecen ataviados con ropaje militar mientras sostienen rifles de asalto.

Antonio Segura, abogado de uno de los acusados, mantiene que son “fotos de pose” y que es evidente que no están en ningún tipo de combate. Según explica Segura, su cliente se desplazó a Ucrania con la intención de llevar a cabo labores humanitarias. Al llegar allí, las milicias le dieron ropa de combate para poder identificarle y le obligaron a realizar una jornada de entrenamiento intensivo por si llegara a necesitar el empleo de la fuerza en defensa propia. El abogado sostiene que las fotos con los rifles de asalto kalashnikov corresponden a ese día.

Para Segura, que exista una acusación de colaboración en asesinatos en genérico, sin un muerto con nombres y apellidos, supone un uso inductivo de la justicia que contradice al Estado de derecho. "Para juzgar unos hechos tiene que haber una acusación concreta, no se puede acusar en genérico", apunta Antonio Cuerda.

“Desde el punto de vista jurídico no hay materia para seguir el procedimiento, no hay víctima identificada y las fotos pueden ser perfectamente de una excursión”

“Desde el punto de vista jurídico no hay materia para seguir el procedimiento, no hay víctima identificada y las fotos pueden ser perfectamente de una excursión”, asegura Fernando Oliván, profesor de Derecho de la URJC.

Sin embargo, otros juristas, como Carlos García Valdés, profesor de Fundamentos del Derecho y Derecho Penal de la Universidad de Alcalá, mantienen que existen suficientes indicios como para poder imputarles colaboración en asesinatos. "El cuerpo de Marta del Castillo nunca apareció y sin embargo Miguel Carcaño está en la cárcel", argumenta. Para Carlos Garcia resulta "obvio" que estas personas entraron en combate y que son responsables de la muerte de terceros en la contienda.

¿Organización terrorista o combatientes legítimos?

La mayoría de expertos en derecho internacional coinciden en que, al tratarse de un conflicto no internacional, las milicias prorrusas forman parte de la población que tiene derecho a levantarse contra un Gobierno que consideran ilegítimo.

Consideran que, en caso de que hubieran entrado en combate, su actuación sólo podría ser constitutiva de delito si hubiesen realizado acciones contrarias al contenido de los Convenios de Ginebra. Estos convenios son la piedra angular del derecho internacional humanitario. Establecen y delimitan el derecho de los contendientes en un conflicto armado. Si no hay crímenes humanitarios (como ataques intencionados sobre civiles), no hay delito. Aunque se mate a otros soldados. 

"No existe una declaración de guerra, no tiene nada que ver con las Brigadas Internacionales"

Sin embargo, para Carlos García Valdés, estos batallones son en realidad bandas terroristas. Según explica este jurista, al no haber declarado la guerra formalmente, los prorrusos no son combatientes legítimos. Por ello cree que los ocho españoles detenidos podrían ser condenados por pertenencia a banda armada. "No existe una declaración de guerra, no tiene nada que ver con las Brigadas Internacionales", sentencia .

Uso ejemplarizante de la justicia

Si no fuese cierto que no hay contenido jurídico para enjuiciarlos ¿por qué se les detiene?. Fernando Oliván de la URJC cree que el Gobierno puede tener la pretensión de "dar un campanazo" con una intención ejemplarizante contraria al ordenamiento penal. Con ello, se disuade a otros jóvenes de seguir el ejemplo de los desplazados al este de Ucrania aunque no exista delito. Y, de paso, a aquellos que tengan tentaciones de unirse al Estado Islámico.

"Si te vas a defender a la población civil te persiguen. Sin embargo, a los nazis españoles que luchan con los ucranianos a los mercenarios que se fueron a Irak no les pasa nada"

Antonio Segura considera que el Ministerio de Interior sólo busca dar titulares rimbombantes y colgarse medallas de cara a la opinión pública. Además denuncia que existe un componente ideológico porque se persigue únicamente a los que luchan en el bando prorruso. Asegura que en las filas del ejército ucraniano hay españoles de extrema derecha. "Si te vas a defender a la población civil te persiguen. Sin embargo, a los nazis españoles que luchan con los ucranianos o a los mercenarios que se fueron a Irak no les pasa nada", sentencia.

Santiago Castellá, doctor de la URV, puntualiza que jurídicamente tampoco hay motivos para perseguir a los mercenarios. Admite que éticamente hay una gran diferencia entre trabajar al mejor postor y moverse por vinculaciones morales con una causa. Sin embargo, la figura del mercenario está permitida siempre y cuando no entren en combate. Estos soldados de fortuna son contratados sólo para misiones de seguridad y vigilancia. Su presencia en un conflicto es legal. Al igual que la de los brigadistas que no contravengan el Convenio de Ginebra.

Fernando Oliván apunta que en un mundo tan globalizado el principio de nacionalidad cada vez es más débil y reflexiona que sus vínculos con los compromisos comunitarios quizás deberían ser redefinidos.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias de Internacional