madrid
La Sección 5 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha requerido "con carácter urgente" al Ministerio del Interior para que en el plazo de cinco días remita "el expediente acompañado de los informes y datos que estime procedentes" relativos a la repatriación a Marruecos de menores no acompañados. Este plazo empieza a correr desde el momento en el que se notifica, que en este caso, según fuentes consultadas, ha sido este jueves.
En una diligencia de ordenación fechada el 16 de agosto, la Sala indica que al remitir ese expediente el órgano administrativo, Interior debe comunicárselo a todos los que aparezcan como interesados en el mismo, "acompañando copia del escrito de interposición y emplazándoles para que puedan comparecer como demandados ante esta Sección en el plazo de cinco días".
Recuerda que tanto el departamento de Fernando Grande-Marlaska como el resto de los demandados, una vez enviado el expediente, al comparecer podrán solicitar la inadmisión del recurso presentado por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado y la celebración de la comparecencia según el artículo 117.2. Además, el tribunal comunica que sobre la solicitud de la adopción de medidas cautelares procede a abrir una pieza separada.
La Audiencia Nacional rechazó suspender las devoluciones a Marruecos de los menores no acompañados que llevan en Ceuta desde mayo, si bien se declaró competente para resolver el recurso de la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado. Esta asociación recurrió ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia por la "instrucción" de Interior que avala el regreso de estos menores desde Ceuta a Marruecos que "estaban bajo la tutela del Estado español, incumpliendo la normativa tanto nacional como internacional", por lo que pidió la suspensión de los retornos.
Precisamente este miércoles se conocía que la Sala rechazaba adoptar la medida cautelarísima de suspender la repatriación a Marruecos de esos menores no acompañados que se encuentran en la Ciudad Autónoma de Ceuta porque, en una primera aproximación cautelar al acto del Ministerio del Interior impugnado, "no se deducen las violaciones de derechos denunciadas".
En paralelo, resolvía que la Sala era competente para conocer este asunto dado que el recurso se planteó contra un escrito de la Secretaría de Estado de Seguridad.
Las repatriaciones de menores no acompañados de Ceuta a Marruecos no se retomarán hasta que no exista un pronunciamiento judicial al respecto
Las repatriaciones de menores no acompañados de Ceuta a Marruecos no se retomarán hasta que no exista un pronunciamiento judicial al respecto, según han manifestado este jueves fuentes del Gobierno de la ciudad autónoma. Asimismo, han insistido en que, a pesar de que este miércoles la Audiencia Nacional rechazó la suspensión cautelar de las repatriaciones de menores no acompañados, hay que esperar al pronunciamiento del juez de lo Contencioso Administrativo de Ceuta.
La Fiscalía solicita mantener la suspensión de las devoluciones de menores a Marruecos
La Fiscalía ha pedido a la magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta que mantenga paralizadas las repatriaciones de menores migrantes solos desde la ciudad autónoma a Marruecos, tal como acordó el pasado lunes en un auto que tenía como beneficiarios directos a nueve jóvenes, aunque las administraciones acordaron hacer extensiva la medida sobre los 700 que siguen acogidos desde la avalancha de mediados de mayo.
Según han explicado fuentes judiciales el Ministerio Público entiende que "persisten las mismas circunstancias" que la jueza apreció en su primer auto de medidas cautelares, en el que consideró "acreditada" una vulneración del hecho de que "nuestro ordenamiento jurídico exige para la repatriación de menores extranjeros no acompañados la incoación de un expediente administrativo, en el que deben constar datos tan esenciales como los relativos a la filiación y las circunstancias sociales y familiares de su entorno en el país de origen".
El expediente administrativo, debe incluir datos como las circunstancias sociales y familiares de su entorno en el país de origen
Además, la Fiscalía opina que ese mismo criterio ha sido respaldado por la Audiencia Nacional en el auto dictado este miércoles que advierte que el propio Acuerdo de 2007 entre España y Marruecos al que apelan el Ministerio del Interior y la Ciudad Autónoma como referente de su actuación establece que la legislación nacional es de "obligado cumplimiento".
La magistrada de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta dio 72 horas tanto al Ministerio Público como a la Delegación del Gobierno para alegar antes de pronunciarse de nuevo sobre el mantenimiento o revocación de las medidas cautelares impuestas.
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