Febrero de 2006. El Tribunal Supremo confirma la doctrina Parot, con la que se impidió al etarra Henri Parot descontar las redenciones de pena previstas en el Código Penal de 1973 de los 30 años de cumplimiento máximo. Desde entonces todos los presos a los que se ha aplicado este criterio jurídico han recurrido ante el Tribunal Constitucional.
El Alto Tribunal ha admitido a trámite 28 recursos -los tres últimos ayer mismo- y ha rechazado medio centenar por distintos motivos formales, incluido el que presentó el miembro de ETA que dio nombre a la nueva doctrina. Pendientes de ser admitidos o rechazados hay otros 21. No todos son de miembros de la banda terrorista, también los hay de narcotraficantes y de otros condenados por delitos graves.
Las fuentes consultadas señalaron que en ningún caso se ha entrado a estudiar todavía el fondo del asunto, es decir, si la doctrina Parot es constitucional o no. Lo que sí se ha hecho, después de que la Sala Segunda del Constitucional elevara al pleno el primer recurso sobre el que debía decidir, es concluir que resolverá caso a caso ante la complejidad que plantea el asunto.
Si algún recurso es finalmente estimado, la doctrina Parot quedará anulada, pero la excarcelación de los presos se irá produciendo según se vayan resolviendo los recursos que cada uno de ellos presentó.
Fuentes del Tribunal Constitucional hicieron especial hincapié en aclarar que 'en la mente del tribunal no está corregir al Supremo, sino analizar caso por caso' si la doctrina Parot es constitucional o no, como corresponde a su función.
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