El magistrado de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada dejó ayer por escrito aquello que ni el Gobierno ni la Policía han admitido: que el chivatazo que investiga el caso Faisán buscaba salvar el proceso de diálogo y acabar de una vez y para siempre con la violencia terrorista. El juez emitió un voto discrepante a la decisión de la Sala de lo Penal de mantener la acusación de colaboración con ETA a los tres imputados. En él, De Prada defiende la utilización de 'instrumentos políticos legítimos' para conseguir el fin del terrorismo y rechaza de plano que el objetivo del soplo fuera beneficiar a la banda.
El juez define el caso Faisán como un asunto 'fuertemente politizado' y destapa la doble motivación de aquellos que han situado el chivatazo en el centro del debate. Primero, buscan 'cuestionar políticamente un proceso de paz fallido'. Y aún más, pretenden 'introducir forzadamente el diálogo con la banda 'en un cauce jurídico, en un proceso penal, a través de la criminalización de un episodio concreto'. Es decir, del soplo a una red de extorsión de ETA.
Otros dos jueces ven, en cambio, indicios de colaboración con banda armada
El magistrado sostiene que la 'finalidad última' de los delitos terroristas es política y, por tanto, es en ese plano, en el de la 'negociación política', en el que se encuentra legitimado un Gobierno para desarrollar 'acciones' tendentes a 'la pacificación y el fin de la lacra del terrorismo'. De hecho, argumenta el juez, el Ejecutivo cumple así con su 'obligación'. Sobre la Policía, tampoco vacila: 'No actuaban autónomamente, sino en cumplimiento de sus obligaciones profesionales'.
La Fiscalía había solicitado retirar la imputación por colaboración con ETA contra el ex director de la Policía, Víctor García Hidalgo; el jefe superior en Euskadi, Enrique Pamiés; y el inspector José María Ballesteros, que también están acusados de un delito de revelación de secretos. Los magistrados conservadores Fernando García Nicolás, presidente de la Sala, y Julio de Diego López, ponente del auto, alegan que el soplo al dueño del bar Faisán, José María Elosúa, evitó las detenciones previstas contra la red de extorsión, así como la recuperación de una cantidad de dinero procedente del impuesto revolucionario. Son hechos, añaden, supuestamente constitutivos de un delito de colaboración con ETA, aunque sus supuestos autores no comulguen ideológicamente con la banda.
La decisión de la Sala mantiene el caso Faisán' en la Audiencia Nacional
Ante ello, el magistrado José Ricardo de Prada, de talante progresista, muestra su 'más absoluto desacuerdo', tacha de 'análisis sumamente simplista' el que hacen de los hechos los jueces conservadores es una 'mera caricatura' y critica que ignoren el contexto en que se produjo el chivatazo; esto es, el proceso de paz. Su conclusión es demoledora: la Sala ha sostenido una 'actitud claudicante' ante la 'instrumentalización política' que se pretende hacer del caso Faisán. 'Lamento que mis compañeros de Sala no hayan hecho el esfuerzo de deslindar lo político de lo jurídico o no hayan sabido hacerlo', cierra el juez su voto particular.
El magistrado recuerda que nunca antes se había incoado una causa por un proceso de diálogo con ETA, a pesar de que 'diversos gobiernos' siguieron esa senda. Recuerda en este punto las 'conversaciones de Argel' entre el Gobierno de Felipe González y la banda. Durante el mismo, refresca el magistrado, se trasladó la cúpula de ETA a la República Dominicana en 'aviones y con pilotos pertenecientes al Ejercito del Aire español'. Ningún proceso judicial se abrió por ello.
De Prada acusa a sus compañeros de tener una 'actitud claudicante'
De la misma forma, el juez recuerda otras prácticas policiales que se dan con regularidad y contra las que los arietes políticos y mediáticos del caso Faisán no han levantado la voz: entregas vigiladas, agentes encubiertos e infiltrados que 'trabajan dentro de las organizaciones y que incluso participan o provocan delitos'.
El límite está, según De Prada, en respetar las normas jurídicas para no quebrar el Estado de Derecho. Y según él, el hecho descrito por el juez instructor, Pablo Ruz, el soplo a ETA, 'ni colabora ni aporta nada a la organización terrorista para sus fines inmediatos ni mediatos'. De Prada no descarta que se haya cometido un delito de revelación de secretos en el soplo a la red de extorsión. Pero eso, añade, 'no permite dar el salto cualitativo en el vacío' para considerar que se ha cometido otro de colaboración con organización terrorista. Si la Sala hubiera acordado que no hay indicios de colaboración con ETA, la causa habría salido de la Audiencia Nacional y seguiría su curso en la Audiencia Provincial de Guipúzcoa.
El auto de la Sala también sirve para rechazar el recurso interpuesto por la defensa de García Hidalgo contra la decisión de Ruz de transformar las diligencias previas en sumario. Argumentan el presidente y el ponente que ni la Fiscalía ni las partes niegan que se produjera el soplo y que este hecho tiene la 'suficiente relevancia indiciaria' como para adoptar la decisión. Insisten en que 'el perfil profesional de los imputados' no debe ser tomado en consideración para descartar el delito de colaboración con organización terrorista, ni siquiera el hecho de que no coincidan ideológicamente con ETA. Víctor García Hidalgo, político del PSE, mantenía una estrecha relación con las Fuerzas de Seguridad antes de ser nombrado director de la Policía, ya que era el encargado de coordinar con ellas la protección a los cargos de su partido, especialmente castigado por la violencia terrorista.
Por su parte, Enrique Pamiés es un policía dedicado durante más de dos décadas al combate de ETA, con numerosas condecoraciones y desarticulaciones de comandos y cúpulas de la banda en su historial. El inspector Ballesteros también ha dedicado buena parte de su carrera a la lucha antiterrorista.
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