Salvo imprevistos de última hora como ocurrió la semana pasada con los recursos presentados por la Generalitat y el Parlament catalán, el Tribunal Constitucional se reunirá hoy, por primera vez en cuatro años, para 'votación y fallo' de la sentencia del Estatut de Catalunya. Esta posibilidad fue ayer la comidilla de las autoridades que acudieron al acto de homenaje a las víctimas celebrado en el Congreso, al que acudieron, entre otros, miembros del Gobierno y la propia presidenta del alto tribunal, María Emilia Casas. Entre los presentes corrió como la pólvora que el Gobierno, según fuentes del Ejecutivo, espera un fallo para hoy o, como muy tarde, para el miércoles. El secretario general de CiU, Josep Antoni Duran, considera tan inminente la sentencia que incluso ha cancelado un viaje que había programado a Guatemala.
Era lo que se esperaba para la semana pasada, pero no pudo ser. Hasta el viernes no se notificaron los autos con los que el alto tribunal rechazó las súplicas de Generalitat y Parlament. Las resoluciones reflejan las distintas posiciones que hay en el Constitucional desde que empezó a deliberar sobre el Estatut. El magistrado Jorge Rodríguez-Zapata aprovechó para recordar por medio de un voto particular que para él la prórroga de mandato de la presidenta, María Emilia Casas, es 'inconstitucional'.
Los magistrados se reúnen por primera vez en cuatro años para votar el fallo
Tras tres días de plenos para resolver las últimas cuestiones planteadas por las instituciones catalanas, la presidenta del Constitucional citó de nuevo para hoy, a partir de las 11.00 horas, a los diez magistrados que participan en las deliberaciones.
La convocatoria para 'votación y fallo', como consta en el orden del día, significa que María Emilia Casas someterá a la consideración del pleno su ponencia, el séptimo intento del tribunal por dictar sentencia por los cauces habituales.
Para lograr una mayoría mínima en ciertos puntos habrá tres votaciones
Pero para convertirla en sentencia necesita contar con cinco apoyos, por lo que es fundamental que secunden su propuesta los tres magistrados que apoyaron el quinto borrador de la primera ponente, Elisa Pérez Vera, así como Manuel Aragón, nombrado a propuesta del Gobierno, pero que votó en contra de esa propuesta. Con él, el texto sumaría cinco apoyos y saldría adelante con el voto de calidad de Casas.
Teniendo en cuenta que las posiciones no parecen haberse movido desde abril cuando renunció Pérez Vera y asumió la ponencia el vicepresidente, Guillermo Jiménez, no parece factible que la propuesta de Casas se convierta en sentencia. Sobre todo teniendo en cuenta que aboga por declarar inconstitucionales 13 artículos e interpretar otros 24. El último borrador de Pérez Vera proponía declarar inconstitucionales una quincena de artículos y no convenció a Aragón, quien entendía que la supremacía de la nación española no quedaba suficientemente explícita.
Si Casas retira su ponencia por falta de apoyo, se pondrá en práctica la votación por bloques, por artículos o por preceptos impugnados del Estatut.
El Gobierno espera un fallo para hoy o, como muy tarde, para el miércoles
El recurso del PP cuestiona la constitucionalidad de 112 artículos y 12 disposiciones. Al haber artículos con varios preceptos recurridos, si se elige esta unidad para votar, habrá alrededor de 200 puntos sobre los que pronunciarse.
Aunque el sistema de votación se concretará en el pleno de hoy, es posible que en un primer momento se opte por acumular en bloques los artículos que planteen menos controversia. Es decir, no es descabellado que, al menos la mayoría de los magistrados, compartan la propuesta de Casas de declarar inconstitucionales 13 artículos. Por eso, se podrían votar todos conjuntamente para pasar después a los puntos más controvertidos.
El voto de Casas resolverá los empates entre los diez magistrados
Si las posiciones mantenidas por los magistrados no han variado, es muy probable que la votación de algunos artículos refleje un resultado de 4-3-3: que cuatro magistrados consideren el artículo en cuestión constitucional, que otros tres propongan hacer una interpretación para que quepan dentro de la Constitución y que el resto lo tachen de inconstitucional.
El mecanismo previsto para salvar esa división pasa por otras dos votaciones. Los diez magistrados votarán entre las dos opciones que empataron a tres votos. En ese caso, lo más posible es que ganara la opción B, la de las interpretaciones.
Los diez volverían después a votar entre la opción A (constitucional) y la B (interpretación). La que gane será la que se fije en la resolución final. En caso de empates a cinco, María Emilia Casas tendrá la última palabra, a través del voto de calidad que le confiere su condición de presidenta.
Artículo 6.1
La presidenta del Constitucional, María Emilia Casas, considera inconstitucional el uso “preferente” que el Estatut da al catalán frente al castellano.
Artículo 76.4
También discrepa del “carácter vinculante” de los dictámenes del Consejo de Garantías Estatutarias frente a las decisiones del Parlamento que afecten a derechos previstos en el Estatut.
Artículo 78.1
La propuesta niega que el Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo) supervise, “con carácter exclusivo”, la actividad de la Generalitat y de los organismos que dependan de ella.
Artículos 95.5 y 6
La declaración del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) como representante del poder judicial en Catalunya no casa con la Constitución, según el séptimo borrador, porque pone al mismo nivel al Consejo de Justicia de Catalunya (CJC) y al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a la hora de nombrar a los presidentes de Sala.
Artículo 97
La declaración del CJC como órgano de gobierno del poder judicial en Catalunya “desconcentrado del CGPJ” tampoco es asumible para Casas, porque la Constitución designa al Consejo General para esa función.
Artículo 98.2 y 3
Tampoco las atribuciones del CJC sobre los órganos jurisdiccionales situados en Catalunya se ajustan a la Constitución, según el borrador.
Artículo 99.1
Este artículo regula la composición del CJC y también se quiere anular.
Artículo 100.1
Casas tampoco ve constitucional que el Estatut prevea que los actos del CJC sean recurribles ante el CGPJ salvo que se dicten “en el ejercicio de competencias de la comunidad autónoma”.
Artículo 101.2
Asimismo, discrepa de que el CJC sea quien convoque los concursos para cubrir las vacantes de jueces .
Artículo 111
La regulación de “las materias que el Estatuto atribuye a la Generalitat de forma compartida con el Estado” (potestad legislativa, reglamentaria y ejecutiva) pone al mismo nivel la Constitución y el Estatut.
Artículo 120.2
La competencia que se reserva la Generalitat en materia de cajas de ahorros se hará según los “estándares mínimos que establezcan las bases estatales”.
Artículo 126.2
Casas ve la misma tacha de inconstitucionalidad en la competencia para organizar las entidades de crédito que no sean cajas de ahorros.
Artículo 206.3
Este precepto se cuestiona porque condiciona la contribución catalana al Estado “para garantizar la solidaridad a las demás comunidades” a que los diferentes gobiernos autonómicos “lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar”.
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