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El Supremo confirma la nulidad del ERE de Coca-Cola por una holgada mayoría de 8 a 5

La multinacional vulneró el derecho de huelga de los trabajadores de sus embotelladoras, según resuelve la Sala de lo Social del alto tribunal a partir de una ponencia defendida por su presidente, Jesús Gullón

Los trabajadores de Coca-Cola celebran el fallo del Supremo. -REUTERS / Andrea Comas.

G. GUZMÁN/ J. PÉREZ

MADRID.- La Sala de los Social del Tribunal Supremo ha confirmado por una amplia mayoría de 8 magistrados frente a 5 la sentencia dictada por la Audiencia Nacional que declaró nulo el ERE de Coca Cola Iberian Partners (CCIP).  El Tribunal entiende que durante la huelga la empresa vulneró el derecho a huelga de los trabajadores, al sustituir la producción prevista por la que realizó otras embotelladoras.

El ponente de esta resolución ha sido el propio presidente de la Sala de lo Social, Jesús Gullón. Una vez avanzado el fallo, en los próximos días se conocerá el contenido de la sentencia.

Votaron a favor de la nulidad del ERE de las embotelladoras de Coca-Cola los magistrados Jordi Agustí, Lourdes Arastey, Luis Fernando de Castro, Fernando Salinas, María Luisa Segoviano, Antonio Sempere, Rosa María Virolés y el ponente, Jesus Gullón.

En contra, se posicionó el núcleo más conservador de la Sala de lo Social, formado por los magistrados José Lopez García Serrana, José Luis Gil Olmo, Milagros Calvo, Miguel Ángel Luemo y Jesús Souto.

El magistrado Manuel Alarcón no formó parte del pleno de la Sala por estar enfermo.

La Sala de lo Social atraviesa desde hace tiempo por una división de posiciones entre sus integrantes a causa de la interpretación de las normas, por lo que esta mayoría de 8 a 5 es considerada como muy holgada por fuentes jurídicas conocedoras de sus tensiones internas.

La sentencia anula los despidos de Coca-Cola y obliga a abonar todos los salarios que han dejado de percibir. El Tribunal Supremo confirma así la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional del 13 de junio, cuando resolvió que las embotelladoras de Coca-Cola tendrán que readmitir a los despedidos, aunque hayan sido desmanteladas las plantas de Fuenlabrada (Madrid), Palma de Mallorca, Alicante y Asturias.

Esquirolaje, causa de nulidad

La Audiencia Nacional falló que había tres causas de nulidad; sin embargo, el Supremo entiende que la vulneración del derecho de huelga, con prácticas de esquirolaje, basta para anular el ERE por si solo.

La sentencia relata cómo Coca-Cola Iberian Partners modificó las rutas de distribución de sus productos para suplir las carencias producidas por la huelga.

La Audiencia Nacional permitió posteriormente la ejecución provisional de su sentencia en sus aspectos económicos, de tal manera que los trabajadores podían cobrar el dinero dejado de percibir en este tiempo transcurrido a la espera de la resolución del Supremo.

Ahora se plantea la duda de cómo serán las condiciones de readmisión de los trabajadores, ya que la mayoría se adhirió voluntariamente al ERE por las indemnizaciones ofrecidas por la compañía.


Las otras dos causas de nulidad fueron que no hubo buena fe negociadora por parte de la empresa y no se entregó a los trabajadores un plan detallando reestructuración respecto de la producción, relevante para negociar o evitar los despidos en el proceso de negociación.

Así, la sentencia de la Audiencia Nacional, ratificada ahora por el Supremo, resuelve que se cometió un “completo y manifiesto incumplimiento de las obligaciones de información, consulta y negociación en el supuesto cambio de titularidad de la empresa”, por lo que dejaba claro que CCIP no podría emprender un proceso de despido colectivo al no estar consolidada como un grupo empresarial a efectos laborales. Además, acusó a la empresa de no cumplir “con una mínima exigencia de buena fe negocial”.

Lágrimas de emoción

El fallo del Supremo fue recibido por los trabajadores concentrados frente al edificio con gritos de alegría y algunas lágrimas de emoción. “Que viva la lucha de la clase obrera” ha sido el canto más repetido por los trabajadores.

El ERE de la empresa afectó a 1.190 trabajadores, con el despido efectivo de algo más de 800 de ellos, y conllevó el cierre de cuatro plantas (Fuenlabrada, Alicante, Asturias y Palma de Mallorca).

El siguiente litigio será el que continúen los cerca de 300 empleados de la fábrica madrileña, que llevan un año acampados a la puerta de la planta exigiendo su reapertura para poder reincorporarse a sus puestos, tal y como dice la sentencia.

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