barcelona
Una de las múltiples manchas que todavía arrastra el mercado laboral catalán y el del Estado español es la falta de control sobre las horas que se trabajan de más que, la mayor parte de las veces no se contabilizan y, por lo tanto, no se acaban cobrando. Para paliar este déficit, en 2019 se puso en marcha la obligatoriedad que las empresas dispusieran de un registro horario para tener en cuenta las horas extras efectuadas por sus empleados.
Hoy en día, cinco años después, el sistema no acaba de funcionar por la falta de mecanismos concretos, que permitan la notificación telemática de las jornadas laborales. Esta disfunción afecta especialmente a las ocupaciones del sector servicios, como los puestos de trabajo de la hotelería o las tareas administrativas a las oficinas. Además, el auge de la modalidad del teletrabajo, impulsada por la pandemia de la Covid-19, ha hecho que todavía sea más difícil la concreción al por menor de estas horas y la mejor forma de registrarlas.
En Catalunya, según los datos del Institut d'Estadística (Idescat), basadas en la Encuesta de Población Activa (EPA), la jornada media semanal registrada era de 36,6 horas, lo cual supone 3,3 menos que la teórica de 40 horas. Teniendo en cuenta que la población ocupada, dejando de lado los trabajadores autónomos, se situaba en el mismo periodo en los 3,3 millones de personas, una extrapolación permite concluir que existen 10,8 millones de horas en la semana y 561 millones anuales que no están contabilizadas en los registros horarios, el que hace suponer que no se pagan. Así lo aseguran los sindicatos.
A pesar de que hay cierta coincidencia en que el registro no acaba de funcionar, sí que está resultando ser una herramienta eficaz en el marco de las demandas del impago de horas. En este caso, una vez enviada la denuncia, es la empresa la que tiene que aportar los datos para certificar que el empleado está percibiendo las horas que realmente trabaja. Este aspecto ha acelerado la posibilidad que el trabajador pruebe las horas extras que hace.
Tarea inspectora
La normativa establece sanciones por las horas extras sin pagar que van desde los 750 hasta los 7.500 euros, mientras que las multas por no cumplir con el registro horario se sitúan entre los 60 y los 187.000 euros. La ley se puso en marcha a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) después de una demanda del sector financiero.
La secretaria de Acción Sindical y Transiciones Justas de CCOO Catalunya, Cristina Torre, recuerda que el propósito de mejorar el registro horario se engloba en un objetivo más amplio, basado en la reducción de la jornada laboral semanal hasta lograr en 2025 las 35 horas en el sector privado y las 32 en el público.
Torres pide "un mecanismo fiable de notificación de las irregularidades a la Inspección de Trabajo, igual que se hace con las bajas por enfermedad o el registro de accidentes laborales". En este sentido, añade que "sin la automatización del proceso y una relación digital más fluida será complicado mejorar el registro de control de las horas extras".
A consecuencia de esta falta de sistematización, Torre advierte de los abusos laborales a través de los alargamientos de jornada, las horas extras no pagadas, la sobrecarga de trabajo, el impacto en la salud mental y las repercusiones negativas en relación con la desconexión del trabajador, dificultada por la actividad en remoto.
A pesar de que Torre admite la falta endémica de efectivos a la plantilla de inspectores de trabajo, considera que un sistema más ágil y automatizado, que ayude a la supervisión del registro horario con herramientas de Inteligencia Artificial (IA), favorecería el control y la eficacia de las horas extras.
Según estadísticas aportadas por la patronal Pimec, el año pasado se hicieron en Catalunya 4.724 inspecciones y 2.454 empresas no cumplían con el registro horario. Es decir, no llevaban un control documentado de las horas que hacen los trabajadores. Las multas impuestas durante el 2023 sumaban 3,4 millones.
Replantear el sistema de incentivos
Como efecto colateral de la cultura del presentismo laboral, la científica titular del Instituto de Análisis Económico del CSIC y profesora de la Barcelona School of Economics, Lidia Farré, afirma que como el teletrabajo no se ha consolidado no ha sido posible un cambio necesario en las relaciones laborales. "Se continúa desconfiando del control remoto, cuando se tendría que apostar por una visión por objetivos en vez de cuantificar las horas que el trabajador está a la oficina".
Farré pone el foco en la paradoja que supone que el Estado español sea de los lugares de Europa donde más horas se trabajan y la productividad sea de las más bajas. "Necesitamos replantear el sistema de incentivos, trabajando por tareas y objetivos, puesto que a estas alturas quedan pocas ocupaciones en que haya una correlación directa entre las horas y la tarea llevada a cabo".
El Ministerio de Trabajo ha planteado, en el contexto de la reducción de la jornada semanal a las 37,5 horas, que se mejore el registro horario, de forma que sea remoto y permita también a los teletrabajadores reflejar fielmente su jornada. Aun así, la obligación que el registro esté conectado con la Inspección de Trabajo solo afectaría, en un primer momento, a las pymes de más de 50 trabajadores.
Ante este planteamiento, los sindicatos han pedido que también se obligue los negocios más pequeños a adaptarse y disponer del registro horario telemático para que la Inspección pueda comprobarlo directamente, aunque en este caso se haga con mayor flexibilidad. Según consideran, el registro horario en papel no cumple con los requisitos de "accesibilidad, objetividad y fiabilidad" que el TJUE fijó en una sentencia reciente.
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