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Nuevo escándalo en Amazon: cámaras de vigilancia que penalizan a sus conductores

La compañía instala un sistema de videovigilancia en las furgonetas de reparto para controlar las posibles infracciones de los repartidores y penalizarles si acumulan varios posibles errores, baremados por un sistema de inteligencia artificial.

Fotografía de archivo del logo de Amazon. EFE/EPA/Friedmann Vogel
Fotografía de archivo del logo de Amazon. EFE/EPA/Friedmann Vogel.

Un nuevo escándalo azota a Amazon en Estados Unidos. La empresa de Jeff Bezos vuelve a estar señalada por sus abusos laborales, ya que varios trabajadores han denunciado que la compañía ha instalado cámaras de vigilancia en las furgonetas de reparto, para controlar  posibles infracciones de los conductores y penalizarles de forma injusta, según ha revelado Vice EEUU.

En febrero de este año, Amazon anunció la instalación estas cámaras fabricadas por una startup especializada en inteligencia artificial; en menos de un mes consiguió equipar a más de la mitad de su flota. La intención de la compañía era innovar para mantener seguros a sus conductores, pero la realidad ha resultado ser bien distinta. Las cámaras sirven para vigilar a los conductores y detectar los errores cometidos durante sus jornadas de reparto y cada vez que la cámara detecta uno de estos errores, la grabación se envía al sistema afectando a la puntuación que los conductores reciben al final de semana.

Esta situación ha llevado a que multitud de trabajadores tengan miedo de ser vigilados, por lo que algunos conductores han comenzado a colocar pegatinas sobre las cámaras para evitar que les graben. Otros conductores han empezado a utilizar gafas de sol para que la inteligencia artificial no les penalice por "conducción distraída", ya que aseguran que la cámara es demasiado sensible. Además, según documentación interna a la que ha tenido acceso el medio, los trabajadores deben registrar menos de cinco "eventos de distracción" por cada 100 rutas de entrega para tener una buena puntuación y recibir las bonificaciones económicas correspondientes.

Según cuentan algunos trabajadores, estas cámaras de inteligencia artificial son tan sensibles que registran como infracciones movimientos normales en la conducción. "Si miro por los espejos para asegurarme de que estoy seguro para cambiar de carril, me llama la atención la distracción porque mi cara está vuelta para mirarme en el espejo", cuentan.

No es la primera vez que utiliza inteligencia artificial

Hace escasos meses, en junio de este año, Bloomberg informó de que Amazon utilizaba un sistema de control de productividad basado en inteligencia artificial que generaba mucha presión sobre sus trabajadores para obtener el máximo rendimiento. Algunos de estos trabajadores llegaron a considerar que la herramienta contribuía a lesiones por estrés repetitivo. De hecho, varios empleados denunciaron que la inteligencia artificial les había llegado a penalizar por ir al baño.

Tras una investigación, el Departamento de Trabajo e Industrias del Estado de Washington, en EEUU, determinó que el ritmo de trabajo, derivado de las herramientas de inteligencia artificial, era muy elevado y con poco tiempo de recuperación para reducir el riesgo de trastornos musculoesqueléticos.

¿Sería legal en España?

En España también hay empresas que utilizan cámaras para vigilar a sus trabajadores, aunque no necesariamente con control de productividad basado en inteligencia artificial.

En nuestro país la colocación de cámaras de vídeo para controlar a los empleados es legal, aunque debe cumplir con multitud de exigencias. Por una parte, las exigencias normativas recogidas en el artículo 89 de la Ley de Protección de Datos (LOPDGDD) y, por otra parte, las exigencias jurisprudenciales.

Las cámaras se pueden usar en entornos laborales si se informa a los trabajadores y se especifica cuál es su finalidad

"En el artículo 89 de la LOPDGDD se recoge que las empresas pueden utilizar las cámaras siempre y cuando respeten los límites del marco legal, y, además, se haya informado a los trabajadores y a sus representantes de forma clara, concisa y extensa de la existencia de cámaras y su finalidad de control laboral. Además, es importante conocer que la empresa, como regla general, no puede grabar sonidos salvo por motivos de riesgo para las instalaciones, los bienes y las personas que albergan. En caso de que los trabajadores o los representantes de los mismos consideren no ajustada a la norma y a las exigencias doctrinales la colocación de cámaras de videovigilancia, podrán interponer demandas a la empresa por vulneración de derechos fundamentales", explica Público la abogada laboralista de Lener, Marta del Campo.

Por este motivo, la letrada recomienda seguir y respetar, además de las exigencias normativas, el Test de Barbulescu establecido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en el que se específica que para poner cámaras se deben seguir los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Además, del Campo recuerda que no es lícito, según la LOPDGDD, colocar cámaras en zonas de descanso como los comedores, las taquillas o los baños y que, si la grabación es ilícita porque no atiende a las exigencias normativas y a las exigencias jurisprudenciales, el despido se considerará nulo.

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