MADRID
El Ministerio de Hacienda asegura ahora ha explicado que los requerimientos formulados al Ayuntamiento de Madrid no implican la paralización de ningún proyecto de obra en la ciudad sino que simplemente recalca que para ello no se pueden utilizar partidas afectadas por acuerdos de no disponibilidad presupuestaria, según fuentes del Departamento de Cristóbal Montor que cita Europa Press en relación al requerimiento de anulación sobre el acuerdo plenario que dio luz verde a créditos extraordinarios por valor de 230 millones, así como otro referido a 72 millones que fue aprobado en julio.
Según Hacienda, dicho requerimiento apunta a que se han detectado varias partidas concretas que estarían afectada por los acuerdos de no disponibilidad para cumplir con la regla de gasto fijada por la normativa actual.
Este requerimiento, según exponen desde el Ministerio, no supone la paralización o anulación de ningún proyecto de obra sino que se insta a "no tocar" partidas concretas que puedan estar sujetas a no disponibilidad presupuestaria para cumplir con la normativa. Al respeto, aclaran que simplemente se señala esta situación y que la administración local puede utilizar otras partidas que considere oportunas para esos proyectos.
Las mismas fuentes exponen que la Ley de Estabilidad Presupuestaria recoge que las administraciones con superávit pueden utilizar un porcentaje del mismo, bajo la condición de reducir deuda, para financiar inversiones financieramente sostenibles.
A su vez, desde la Delegación del Gobierno han explicado que, a instancias del Ministerio de Hacienda, se envió sendos requerimientos para anular los acuerdos plenarios de junio y julio de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Ello no supone, según estas fuentes, no supone la paralización.
Por su parte, el Ayuntamiento ha informado que esta semana el delegado de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato, en nombre del Ayuntamiento de Madrid, ha enviado una carta de respuesta al primer requerimiento de la Delegación de Gobierno.
En su misiva, aclara que los acuerdos de no disponibilidad relativos al incumplimiento de la regla de gasto "ya fueron adoptados y siguen vigentes en su totalidad". Los créditos adicionales adoptados en los plenos de junio y julio tienen "una fuente de financiación diferente", por lo que la argumentación de Delegación de Gobierno "no se ajusta a Derecho", expone en su carta el edil.
El escrito rechaza el requerimiento al no haberse "tenido en consideración la normativa financiera y presupuestaria que ampara las modificaciones presupuestarias aprobadas". Existe una "habilitación legal expresa para poder incorporar el superávit presupuestario del ejercicio anterior", subraya la carta.
También se explica que la aprobación de suplementos de crédito con cargo al superávit del año anterior y el destino de los mismos está regulada por la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (disposición adicional sexta) y por Ley de Haciendas Locales (disposición adicional decimosexta).
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