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El Gobierno permite a Campofrío no pagar las cotizaciones sociales

Aprueba una norma para regular el programa de activación para el empleo que afecta a las empresas que, por causas de fuerza mayor, "tengan que suspender contratos o reducir jornadas"

Incendio en la planta de Campofrío de Burgos. / EFE

EFE

El Gobierno ha aprobado hoy un Real Decreto Ley para regular el programa de activación para el empleo y en el que se dan soluciones a situaciones como la de Campofrío que por causas de fuerza mayor "tengan que suspender contratos o reducir jornadas, con la exoneración del 100 % de las cuotas empresariales".

Una información facilitada hoy por Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. La vicepresidenta del Gobierno ha resaltado que, de esta forma, se solventa un vacío legal que había para todas aquellas empresas que, por causa de fuerza mayor, "tengan que suspender contratos o reducir jornadas". También ha remarcado que este es el compromiso del Gobierno "con los que a su vez se comprometen con el mantenimiento de sus plantilla, que por circunstancias de fuerza mayor tiene que adoptar estas medidas.

La planta de Burgos de Campofrío sufrió hace un mes un incendio que ha supuesto la paralización de su producción y la adopción de medidas de un expediente temporal de empleo para los trabajadores, a excepción de los que ha recolocado la compañía en otras plantas, hasta que la compañía pueda poner en funcionamiento una nueva planta a lo largo de 2016 (vídeo).

En su intervención en la rueda de prensa posterior al consejo de Ministros, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha precisado que las empresas que, como en el caso de Campofrío, hayan tenido que suspender empleo o reducir jornadas laborales por causa de fuerza mayor) podrán solicitar a la Seguridad Social la exoneración del 100% de esas cotizaciones. Estas medidas de regulación de empleo por causa mayor se establecen para atender casos derivados de situaciones catastróficas "imprevisibles e inevitables".

Báñez ha indicado que la solicitud debe estar acreditada por la Seguridad Social y que las empresas deben comprometerse a la reinversión para poner en marcha otra vez la actividad en circunstancias similares a las que había antes del suceso y, "por supuesto", el mantenimiento del 100% del empleo. Unas condiciones que estarán en vigor por un plazo de doce meses y con posibilidad de una prorroga de otros tantos si se mantiene el compromiso de poner en marcha la actividad y el mantenimiento del empleo.

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