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Los economistas denuncian que Hacienda aumenta las obligaciones fiscales de las empresas

La Agencia Tributaria lo niega y asegura que se trata sólo de la modificación de los plazos de presentación de algunos modelos de declaración

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros en el Complejo de La Moncloa. EFE/Ángel Díaz

EUROPA PRESS

El Consejo General de Economistas ha denunciado este martes el adelanto en los plazos para presentar declaraciones informativas a Hacienda (los modelos 184, sobre comunidades de bienes y otras entidades en régimen de atribución, y el 347, de operaciones con terceros que superen anualmente 3.005 euros), lo que, a su juicio, incrementará la presión fiscal indirecta para las empresas y rebajará la calidad de la información suministrada.

Por ello, ha presentado al departamento de Gestión de la Agencia Tributaria y al Ministerio de Hacienda las observaciones al proyecto de Orden por la que se modifican algunos aspectos de la presentación de determinadas declaraciones informativas como son los modelos 190, 171, 184, 345 y 347.

especial, los economistas se quejan de que a pesar de comprender que a la Agencia Tributaria le interese tener estos datos cuanto antes, sobre todo para gestionar el IRPF, adelantar un mes, desde febrero a enero, el plazo de presentación de los modelos 184 y 347 y pretender que entre en vigor ya para las próximas declaraciones a presentar, es "otra vuelta de tuerca" al incremento de la presión fiscal indirecta sobre la empresa.

Así, indican que en el modelo 184 las entidades en régimen de atribución como comunidades de bienes o herencias yacentes comunican a la Agencia Tributaria la parte de los rendimientos netos de estos entes que se habrán de imputar a cada persona física o jurídica que los conforman, distinguiendo la fuente de renta de la que proceden.

que en el modelo 347, los empresarios y profesionales informan del importe de las operaciones realizadas en el año con clientes y proveedores cuya sume supere los 3.005 euros, detallando los importes por trimestres e informando también de los pagos en efectivo superiores a 6.000 euros percibidos de las personas relacionadas.

El Reaf-Regaf, el órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas, ha detectado una "evidente alarma" entre los obligados tributarios y sus asesores ante esta reducción de plazos. "Esta preocupación del Reaf-Regaf va en línea con su constante demanda de una simplificación de las cargas administrativas y de una reducción de las trabas para que el contribuyente pueda cumplir con sus obligaciones tributarias", subrayan.

El Consejo General de Economistas se opone a esta reducción de plazo, dado que en el mes de enero se acumulan las autoliquidaciones y declaraciones informativas a presentar como, entre otras, las correspondientes al último mes o trimestre del año y los resúmenes anuales de retenciones de las diferentes fuentes de renta o el resumen anual de IVA.

Además, consideran que la Administración recibirá una información de "menor calidad", al ser insuficiente el plazo para elaborarla, y las entidades en régimen de atribución que realizan actividades económicas tienen que elaborar una cuenta de resultados (lo que exige haber contabilizado todas las facturas emitidas y recibidas) y han de realizar cálculos relativamente complejos como los del gasto e amortizaciones o los de las periodificaciones.

La Agencia Tributaria lo niega

En cambio, fuentes de la Agencia Tributaria aseguraron que este adelanto en las presentaciones no supondrá un incremento de las obligaciones formales de cumplimentación, que seguirían siendo las mismas, si bien concentradas en un periodo de tiempo menor, lo cual implica una "replanificación" de la gestión tributaria para los profesionales que cumplimentan estas declaraciones informativas.

Asimismo, afirmaron que en relación con el modelo 347 (operaciones con terceros, declaración anual), la información ya se ha debido obtener para presentar las liquidaciones trimestrales de IVA, por lo que no debe implicar "ni mayor complejidad, ni un aumento de la carga administrativa".

Por otro lado, la Agencia Tributaria recordó que tras la entrada en vigor del SII, el número de contribuyentes obligados a presentar el modelo 347 se ha reducido, dado que los contribuyentes incluidos en el SII no tienen que presentarlo.

En relación con el modelo 184 (entidades en régimen de atribución de rentas, declaración anual), las mismas fuentes indicaron que existe en la actualidad la posibilidad técnica de acceso a la información con anterioridad a través de la banca electrónica. Por otra parte, añadieron que la realización de ajustes de amortización y periodificación en el modelo 184 puede realizarse, en muchos casos, de manera anticipada, a lo largo del propio ejercicio objeto de declaración.

Por último y en cuanto a la calidad de la información, Hacienda aseguró que la cumplimentación de los modelos 347 y 184 se realiza a través de formularios informáticos que la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes y que facilitan en gran medida la cumplimentación de las declaraciones.

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