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ArcelorMittal, condenada a pagar 479.985 euros por la muerte de un trabajador que desarrolló leucemia

Trabajó durante años en las baterías de cok de Avilés, donde estaba expuesto a benceno, por lo que el juez ve probada una relación de causalidad.

Instalaciones de las baterías de cok de Avilés, funcionando a pleno rendimiento. -CORBIS

EFE

OVIEDO.- El Juzgado de lo Social número 2 de Avilés ha condenado a la empresa ArcelorMittal a pagar 479.985 euros por la muerte de un trabajador por una leucemia que contrajo tras estar expuesto durante años al benceno en las baterías de cok de Avilés.

El fallo, contra el que cabe recurso de suplicación, considera probada la relación de causalidad entre el trabajo desempeñado por el trabajador y su enfermedad, "dado que consta que estuvo expuesto de forma continuada durante años al benceno, que es un agente cancerígeno". Un larga exposición a altos niveles de este químico en el aire puede producir leucemia así como cáncer de colon, efectos nocivos en la médula ósea y una disminución en el número de hematíes, lo que conduce a padecer anemia.

La sentencia añade que el trabajador estuvo expuesto "sin los medios de protección individuales adecuados, con lo que la empresa demandada incumplió de manera evidente las normas en materia de prevención de riesgos".

El trabajador falleció a los 32 años, el 2 de julio de 2012, tres meses después de haberle sido diagnosticada una leucemia aguda de alto riesgo.

El operario de ArcelorMittal, que prestó diferentes servicios de manera intermitente durante 2007 y de manera continuada a partir de 2008 hasta la fecha en la que le fue diagnosticada la enfermedad que causó su muerte, estuvo en contacto con el benceno mientras realizaba su labor en las baterías de cock.

El benceno es considerado por la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer un elemento cancerígeno catalogado en el grupo 1, y la principal vía de absorción de este elemento químico es la respiratoria, seguida de la dérmica por contacto directo con la piel.

A este respecto, la sentencia indica que los cascos entregados por la empresa hasta principios de 2011 no encontraban certificados por el fabricante para la protección frente a hidrocarburos aromáticos o vapores orgánicos.

CCOO de Industria de Asturias ha destacado que el fallo judicial, tras la demanda interpuesta por los servicios jurídicos del sindicato, "constituye un hito en el derecho laboral de la región y en la siderurgia asturiana".

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