madrid
Actualizado:El rechazo durante el debate de este martes en el Supremo de una tercera vía propuesta por la magistrada Pilar Teso -que propuso que el impuesto recayese sobre la banca pero a partir de la sentencia, es decir, sin el carácter retroactivo que habría supuesto un desembolso de entorno a 5.000 millones de euros- fue clave para que al final ganara la opción favorable a que fuera el prestatario y no la banca, quien asuma el pago del impuesto sobre actos jurídicos documentados, que grava las hipotecas.
Así lo han señalado fuentes jurídicas, que indican que al menos cuatro magistrados cambiaron o determinaron finalmente su voto a favor de la antigua jurisprudencia sobre este asunto después de que esta tercera vía alcanzara sólo 11 apoyos frente a 17 en el Pleno de 28 magistrados de lo Contencioso que decidió sobre este asunto.
Uno de estos magistrados fue el presidente de la Sala, Luis María Díez-Picazo, quien se manifestó en un principio a favor de que pagara la banca con esta prevención de que fuera a partir del momento de dictarse sentencia y sin aplicar por lo tanto la decisión de forma retroactiva.
Al fallar esta alternativa Díez-Picazo rechazó que se siguiera con el debate y propuso votar sin matices, es decir, a favor o en contra de que fuera el cliente quien asumiera el abono del tributo. Al ser el último en votar, y llegado el momento de hacerlo, el presidente observó que iba a producirse un engorroso empate entre quienes apostaban por cargar el impuesto a los bancos y quienes defendían que lo hiciese el ciudadano y se decantó del lado de la banca.
Las mismas fuentes han señalado que los magistrados que se mostraron ambiguos o en contra de estimar los recursos presentados por la empresa municipal de la vivienda de Rivas-Vaciamadrid (Madrid) -y por tanto fijar la nueva doctrina dictada por la sección especialista en tributos apenas tres semanas antes- y luego votaron a favor de que sea el cliente quien pague fueron Eduardo Espín, José Manuel Bandrés y Jorge Rodríguez-Zapata. Teso se había manifestado desde el comienzo a favor de desestimar los recursos, y tras fracasar su iniciativa volvió a esta posición.
De este modo, el Pleno de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo fallo finalmente por 15 votos frente a 13 que sean los clientes quienes asuman finalmente el pago del impuesto sobre actos jurídicos documentados.
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