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La jueza invalida sus escuchas

El auto establece que no había necesidad ni justificación jurídica para intervenir algunos teléfonos

IGNACIO ROMO

La jueza Pérez Barrios ha dinamitado la operación Galgo. Y lo ha hecho invalidando escuchas telefónicas que ella misma fue aprobando con periodicidad mensual entre junio y diciembre de 2010 en el seno de la investigación de una presunta trama de dopaje. En un auto hecho público con fecha de 10 de mayo, la magistrada, titular del Juzgado 24 de Madrid, ha estimado los recursos de los abogados y ha declarado nulas las escuchas practicadas a Marta Domínguez, Alberto García (atletas), Manuel Pascua y María José Martínez (entrenadores) y Alonso Valero (mánager de Marta).

Sin embargo, la jueza Pérez Barrios ha desestimado otros recursos para invalidar escuchas. En concreto, sí otorga validez a las grabaciones practicadas por la Guardia Civil a César Pérez (entrenador de Marta), José Luis Pascua (entrenador de ciclismo y hermano de Manuel), Eufemiano Fuentes y su hermana Yolanda (médicos). Según el auto, estas últimas escuchas mantienen su validez ya que se tratan de medidas proporcionales e idóneas para la investigación que se estaba llevando a cabo contra la trama de dopaje en el deporte.

Vale lo grabado a Eufemiano, su hermana, César Pérez y J. L. Pascua

La jueza, en un farragoso auto de 48 páginas, considera que en el caso de Marta Domínguez la intervención de sus comunicaciones no estaba justificada porque con las escuchas ya practicadas a otros implicados, entre ellos su entrenador, César Pérez, ya estaban controladas las llamadas efectuadas o recibidas por la atleta. Según el auto, en las investigaciones respecto a Marta Domínguez 'se observa una suerte de confusión entre las conductas sancionables en el ámbito deportivo y las conductas penales, pues efectivamente lo que se pone de manifiesto son las sospechas de que Marta Domínguez fuese consumidora de sustancias prohibidas en el deporte, lo que daría lugar a una sanción en dicho ámbito pero nunca a una imputación penal'.

La juez también considera nulo el registro practicado en el domicilio del exatleta Alberto García, por derivar directamente de la intervención de una conversación telefónica anulada, aunque conserva la validez de sus declaraciones prestadas ante la Guardia Civil y en sede judicial.

A pesar de haber anulado las escuchas a cinco de los implicados, el auto mantiene la plena validez del resto de pruebas practicadas a ellos, como las entradas y registros domiciliarios y las declaraciones de los imputados.

La Fiscalía se da de plazo hasta el lunes para valorar si recurrirá el auto

La jueza ya había acordado en abril archivar provisionalmente las actuaciones relativas a la comisión de un supuesto delito de suministro de sustancias dopantes sobre la atleta Marta Domínguez y su agente José Alonso Valero, tras confirmar la Agencia Española de Medicamentos y la Agencia Estatal Antidopaje que las botellas facilitadas por ellos al atleta Alberto García no contenían sustancias dopantes en los análisis realizados en Madrid. La jueza ordenó que no se realizara un segundo análisis en el laboratorio de Colonia.

A Marta Domínguez, sin embargo, se le mantiene abierta la investigación judicial por la supuesta comisión de un delito fiscal y por haber suministrado supuestamente, sin receta médica, y administrado un fármaco a una persona de su entorno, su compañero de entrenamientos Eduardo Polo. En lo referido a dopaje, lo más grave es la imputación que recae sobre Alberto García, quien habría supuestamente proporcionado EPO (le reina de las sustancias prohibidas tanto en ciclismo como en atletismo) a Marta Domínguez.

Ayer, fuentes de la Fiscalía señalaron a Público que están investigando el auto de la jueza y el lunes decidirá si lo recurre o no. Anteriormente, la Fiscalía se posicionó en contra de anular las escuchas.

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