El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que condenó a penas de entre 25 y 43 años de cárcel a los nueve acusados de la muerte a cuchilladas del joven de Berga (Barcelona) Josep María Isanta en las fiestas de la Patum, en 2005.
En una sentencia, la sala de lo penal del TS desestima así los recursos interpuestos por los condenados contra la dictada en noviembre de 2007 por la Audiencia de Barcelona.
Los hechos ocurrieron en la noche del 27 al 28 de mayo de 2005, cuando un grupo de quince personas, entre ellos los nueve acusados, se desplazaron a una zona donde se celebraba un concierto y empezaron a agredir a otros jóvenes que disfrutaban de la actuación, causando heridas de diversa consideración a una docena de personas.
Posteriormente, arremetieron contra un joven, hermano de Josep María Isanta, por lo que éste acudió en su defensa, momento en que fue rodeado por el grupo agresor, que le propinó golpes, puñetazos y patadas, así como tres puñaladas que acabaron con su vida.
El Alto Tribunal concluye que en este caso los autores sabían que con la navaja utilizada podían causar la muerte de Isanta y que "en la medida en la que la víctima luchaba defendiéndose de un grupo de sus perseguidores que pretendían reducirlo, el peligro de afectar partes vitales del cuerpo de la misma estaba prácticamente fuera de su control".
"Está fuera de discusión que un grupo que ataca a personas que se encuentran en un acto público atenta contra la paz y el orden público, dado que los asistentes al mismo no pueden estar tranquilos cuando perciben que indiscriminadamente pueden ser objeto del ataque", concluye.
La Audiencia de Barcelona condenó a siete de ellos como coautores del asesinato y a otros dos como cooperadores necesarios por entender que la muerte de Isanta no se produjo en medio de una pelea confusa y tumultuaria, sino que fue producto de la acción concertada de los acusados contra una sola víctima mediante un "mecanismo grupal".
Según la sentencia, el grupo agredió a Isanta para que cayera al suelo y luego sus integrantes formaron dos círculos sobre el joven, de forma que, mientras unos procedían a golpearle y acuchillarle, otros dificultaban que fuera auxiliado por terceros, sin posibilidad de que se pudiera defender, lo que determinó la condena de asesinato con alevosía, y no por homicidio, como solicitó la Fiscalía.
Por asesinato fueron condenados a quince años de prisión Juan Pineda, Raúl Bravo, Ridouan Haouriqui, Azeddine Maarouf, Eudy Leandro Martínez, Augusto Felipe Medranda y Antonio Santiago Fajardo, mientras Santiago Sánchez y Pablo Enrique Méndez lo fueron a once años y tres meses de cárcel, al aplicárseles la eximente de "alteración psíquica".
Los procesados también fueron condenados cada uno a penas que suman entre 14 y 27 años de cárcel por varios delitos de homicidio en grado de tentativa, amenazas y desórdenes públicos, por los disturbios y heridas causadas a otras doce personas durante los incidentes.
Por estos mismos hechos ya fueron condenados en 2006 seis menores de edad, que también integraban el grupo agresor, a penas de entre 3 y 7 años de internamiento.
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