Según ha expresado la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo, el proyecto aprobado se basa en un sistema 'contributivo, solidario y sostenible financieramente'.
Se establecerá un sistema mixto, entre voluntario y obligatorio, en el que tendrán derecho a protección los autónomos que coticen por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
El procedimiento será obligatorio tanto para los autónomos económicamente dependientes (aquellos cuyos ingresos proceden en al menos un 75% de un solo cliente), como para los que lleven a cabo actividades con un importante riesgo de siniestralidad. Este tipo de actividades, previsiblemente relacionadas con el transporte, la construcción y la industria, serán definidas en 2010 por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
El sistema es voluntario para los autónomos que no cotizan por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Actualmente hay 539.338 trabajadores autónomos que cotizan por esta cobertura, incluidos 176.000 del sector agrario, según el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
En cualquier caso, el cobro de la prestación requerirá haber cotizado por esas dos contingencias durante al menos doce meses continuados antes del cierre involuntario del negocio.
La duración de la protección irá desde los 2 hasta los 6 meses (correspondientes a 12 y 36 mensualidades de cotización, respectivamente), mientras que para los trabajadores autónomos de 60 a 64 años la duración se situará entre los 3 y los 9 meses.
Debido a que en los 12 primeros meses no existe gasto en prestación, el proyecto de ley establece un tipo de cotización para los autónomos del 1,5% de la base, al que habrá que aplicar una reducción del 0,5% en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal, sobre una base mínima de 833,4 euros.
De esta forma, el trabajador cotizará sobre un 1% para el primer año, lo que supondrá el abono mensual de 8,33 euros para cubrir esta nueva prestación.
La cuantía del subsidio será del 70% de la base por la que se cotizaba durante los doce meses anteriores al cierre. Teniendo en cuenta
Si se toma de referencia la base mínima del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de 833,4 euros mensuales para 2009, la prestación mínima ascendería a 538,38 euros; mientras que la máxima cuantía podría llegar a 1.383,9 euros en el caso de tener dos o más hijos.
Según De la Vega, el coste de este nuevo sistema se calculará en función del número de autónomos que decida finalmente cotizar en él.
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