El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer las modificaciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que entran en vigor hoy y que limitan la aplicación del principio de jurisdicción universal en la Audiencia Nacional a los casos en que existan víctimas españolas o los responsables del delito estén en España.
La reforma del artículo 23 de la LOPJ, que regula las competencias de la jurisdicción española en delitos de genocidio, lesa humanidad, terrorismo o piratería, entre otros, se incluye en la Ley Orgánica complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial.
En septiembre, los dos grandes partidos, PSOE y PP, se pusieron de acuerdo en el Congreso para, juntos, tumbar el mecanismo que permitía a España tramitar, bajo el principio de la jurisdicción universal casos como el del genocidio en Guatemala o el Tíbet, los crímenes de guerra en Gaza, las torturas en Guantánamo o, más recientemente, los actos de piratería en las costas de Somalia. Hasta quince casos había pendientes en la Audiencia Nacional.
Sólo ERC, IU, ICV y el BNG se opusieron en el Pleno del Congreso al último trámite para limitar la jurisdicción. El resto de la Cámara, CiU, PNV y los demás componentes del Grupo Mixto, se sumaron a la mayoría.
A partir de ahora los jueces de la Audiencia Nacional sólo podrán perseguir dichos delitos cuando exista algún vínculo de conexión relevante con nuestro país.
Los jueces sólo podrán perseguir los delitos que afecten a nuestro país
Eso limitará su actuación a casos en los que haya víctimas españolas o los responsables se encuentren en España, pero además tampoco podrán actuar si se ha abierto una 'persecución efectiva' de los mismos hechos en el país donde se han cometido o en un tribunal internacional.
Igualmente, si el país implicado o un tribunal internacional abre otro proceso sobre los mismos delitos la jurisdicción española deberá archivar provisionalmente la causa.
La citada ley orgánica, publicada ayer en el BOE, incluye además una serie de medidas para agilizar el trabajo de los tribunales que también entrarán en vigor este jueves.
Entre otras cosas, destaca la creación de la figura del 'juez de adscripción territorial', que ejercerá sus funciones en las plazas vacantes y actuará como refuerzo en los órganos que lo necesiten.
Además se prevé la especialización de los Juzgados con competencia exclusiva en violencia sobre la mujer a través de la formación obligatoria.
También se introducen algunas mejoras para la carrera judicial con el objetivo de facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, entre ellas la supresión del traslado forzoso por ascenso o la equiparación del sistema de vacaciones al régimen del que disfrutan el resto de los funcionarios públicos.
Otra de las medidas que será efectiva desde mañana es el establecimiento de un depósito previo a la interposición de recursos con el que se pretende disuadir a quienes recurran 'sin fundamento jurídico alguno' para no prolongar el proceso.
Desde ahora, para presentar un recurso de queja deberá pagarse un deposito de 30 euros, que ascenderá a 50 euros si el recurso es de apelación, de rescisión de sentencia, de casación, revisión o por infracción procesal.
Los ingresos que se generen a través de estos recursos se destinarán directamente al proceso de modernización de la Justicia, a financiar el beneficio de la justicia gratuita y a la creación de un sistema informático que garantice la conectividad entre los distintos órganos judiciales.
El BOE también publica la ley de reformas procesales aprobadas para la implantación de la nueva Oficina Judicial, que persiguen descargar de trabajo a los jueces y magistrados para que éstos puedan dedicar todos sus esfuerzos a 'juzgar y hacer ejecutar lo juzgado'.
El proyecto, que en este caso entrará en vigor dentro de seis meses, atribuye a otros funcionarios las responsabilidades que no tienen carácter jurisdiccional, tareas en las que jugarán un papel de 'primer orden' los secretarios judiciales.
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