Este sábado ha entrado en vigor el nuevo reglamento sobre información alimentaria y, con él, cambia la información que el consumidor recibe de los productos.
Esta normativa, que pretende hacer de la información de los productos algo más sencillo y legible para el consumidor, tiene como principal ventaja y novedad la obligación de incluir información nutricional en la mayoría de alimentos transformados.
José María Ferrer, jefe del Departamento de Legislación de AINIA centro tecnológico, ha asegurado que 'al consumidor cada vez le preocupa más la composición, el origen y las cualidades nutricionales de los alimentos. Precisamente, por este motivo la UE ha decidido unificar la legislación existente hasta ahora en esta materia en un solo reglamento, que establezca las condiciones necesarias para que el etiquetado sea mucho más comprensible para los consumidores'.
Así, más de 28.000 empresas del sector deberán tener listas una información más clara y completa sobre sus productos. Pero, ¿qué cambios veremos en el etiquetado? Sigue leyendo...
1. La letra de las etiquetas deberá ser más grande y legible.
2. Los posibles alérgenos a partir de ahora deberán estar bien visibles y utilizar una tipografía diferente.
3. Etiquetado nutricional obligatorio para todos los alimentos a partir del 13/12/16. La información sobre energía, grasas saturadas, hidratos de carbono, proteínas, azúcares y sal se debe indicar de manera agrupada y expresada según la porción.
4. Fechas de congelación y descongelación. Habrá que distinguir entre 'congelado en', que será obligatorio para carne, productos de pesca no transformados y productos cárnicos, y 'descongelado' en aquellos productos que han sido descongelados antes de ponerlos a la venta.
5. Se tendrá que especificar el origen de los productos, afectando de forma especial a los productos cárnicos. Se especificará también el país de procedencia del ingrediente primario.
6.Detallar qué tipo de aceite vegetal contiene el producto: si es de girasol, de oliva o de palma.
7. Los alimentos que aparentemente están elaborados de un solo tipo de carne o pescado, pero que son la suma de varios combinados con otros ingredientes, deben estar especificados.
8. Menciones adicionales obligatorias: es necesario también especificar si el producto ha sido envasado en atmósfera protectora, o si contiene edulcorantes, cafeína, ácido glicirrícico o sal de amonio, fitoesterol, etc.
9. Las bebidas alcohólicas o refrescos con alcohol de más de 1,2% tendrán que especificar el grado alcohólico.
10. Etiquetado de nanoingredientes: será obligatoria la indicación en la lista de ingredientes de todos los nanomateriales con función de ingredientes, presentes en el producto final, seguidos de la palabra 'nano'. Se consideran nanoingredientes aquellos nanomateriales que cumplan la función directa o indirecta de un ingrediente.
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