La Audiencia de Barcelona ha rebajado a una multa de 200 euros la condena de dos años de prisión que se impuso en primera instancia a Alejandro Martínez Singul por dos intentos de violación a dos mujeres, al estimar que masturbarse ante ellas supone sólo una falta de vejaciones.
En una sentencia, la sección quinta de la Audiencia de Barcelona estima parcialmente el recurso presentado por el segundo Violador del Eixample, que en junio pasado fue condenado por un juzgado penal a dos años menos dos días de cárcel por dos delitos de agresión sexual en grado de tentativa a dos mujeres.
Los hechos por los que fue condenado ocurrieron la madrugada del 10 de mayo de 2009, cuando Singul, actualmente en prisión provisional por intentar asaltar sexualmente en octubre pasado a una niña de 12 años, siguió a dos mujeres por la calle hasta que éstas se refugiaron en el portal de su casa, donde, al no poder acceder, se acabó masturbando.
La Audiencia no puede hacer 'suposiciones'
En la sentencia, la sección quinta de la Audiencia estima que no se puede condenar a Singul por un delito de agresión sexual en grado de tentativa, porque no cometió violencia ni intimidación, y que no se pueden hacer 'suposiciones' sobre lo que hubiera pasado si el acusado hubiera podido entrar en el portal.
Por ello, le retira la condena de dos años menos dos días de cárcel y la sustituye por sendas multas de 100 euros, por dos faltas de vejaciones injustas.
En cualquier caso, la sentencia mantiene la orden de alejamiento de Singul de un kilómetro durante seis meses y rebaja de 3.000 a 2.000 euros la indemnización para cada una de las víctimas.
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