La Audiencia Nacional ha determinado que Gestoras Pro Amnistía es "una organización terrorista" que establece objetivos para ETA, pero descarta que coordine las acciones de "kale borroka" y que capte "a personas para integrarse" en la banda armada.
Así lo determina la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en la sentencia en la que ha decretado la ilicitud y disolución de Gestoras Pro Amnistía y de su sucesora Askatasuna al condenar a penas de entre 8 y 10 años de cárcel a 21 de sus dirigentes por integración en ETA, entre ellos a su portavoz Juan María Olano.
Según el tribunal, "es claro que para Gestoras Pro Amnistía, ETA no es sólo una facción armada sino que es el frente político", ya que es la que fija "los objetivos estratégicos" de los sectores que se someten a ella.
En este sentido, añade, ETA se vale de Gestoras "para hacer llegar a los presos las instrucciones a las que han de someterse, pues, de no cumplirse y en caso de manifestarse contrarios a la lucha armada, se procede a la expulsión de la militancia, por adoptar soluciones personales y derivadas del rechazo a la misma".
A Gestoras le corresponde entonces "señalar públicamente, aunque en términos fundamentalmente políticos, a toda persona, grupo, organización y partido político a los que les hacen responsables del marco que no logran alcanzar".
Así, "la plasmación pública de la identificación de una persona" o institución "posibilita al brazo armado que, ante un eventual atentado, se facilite la concreción del objetivo".
Entre los principales objetivos de Gestoras, la sentencia destaca los tribunales del País Vasco, "cuyos integrantes no sean de ese origen", y, sobre todo, "la Audiencia Nacional, por considerar que se trata de un tribunal extranjero y de excepción, al que de forma regular intentan deslegitimar en pro de su desaparición".
Sin embargo, descarta que, tal y como mantenían las acusaciones -Fiscalía y Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT)-, el asesinato del magistrado de la Audiencia Provincial de Vizcaya José María Lidón, el 7 de noviembre de 2001, sea fruto de un previo señalamiento de Gestoras porque ETA no lo necesita "para perpetrar atentados con resultado de muerte a persona a quien se proponga".
Gestoras, agrega la sentencia, se encarga también de "socializar, a través de la 'sensibilización social' lo que el brazo armado por sí mismo no puede acometer" con el objeto de subvertir "el poder legítimamente constituido" mediante "continuos ataques" con los que pretende su "erradicación" del territorio del País Vasco".
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