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La acusada dice que su primer letrado aconsejó que no explicara que el bebé se resbaló

EFE

La cuidadora de 40 años juzgada por la muerte de un bebé de seis meses ha asegurado hoy, al hacer uso de la última palabra al final de la vista oral, que su primer abogado le aconsejó que no dijera que la pequeña se la resbaló mientras la daba de comer.

La encausada, Rosario R.D., ahora representada por un abogado distinto al que la asistió tras su detención, ha sorprendido con estas declaraciones a la sala de vistas de la Audiencia de Valladolid, porque durante el juicio mantuvo que el fallecimiento de la niña se produjo después de que la pequeña se atragantara, sin mencionar que la muerte pudiera haberse producido de otra manera.

"Yo no quise hacer daño a la niña en ningún momento", ha declarado además la encausada, quien ha subrayado que ella también es madre -tiene dos hijos- y no es "ninguna asesina".

"La niña se me resbaló en el momento que la estaba dando de comer", ha dicho en concreto la encausada cuando la magistrada juez la ha concedido la última palabra ante el jurado popular compuesto por seis mujeres y tres hombres que deliberará sobre la culpabilidad o no culpabilidad de la encausada.

Sin embargo, el pasado viernes, cuando Rosario R.D. declaró en el juicio, lo que argumentó fue que la niña "parecía que no podía respirar bien", por lo que la dio golpecitos en la espalda para que echara el aire después de comer, la hizo el boca a boca, la metió un dedo en la boca para que devolviera el puré que había tomado.

La versión de que la niña se la resbaló la ha revelado hoy, después de que el fiscal haya mantenido la petición de doce años de prisión por homicidio, la acusación particular -que representa a la madre de la bebé muerta- veinticinco años por asesinato, y la defensa la absolución o alternativamente tres años de cárcel por homicidio culposo.

El ministerio público ha basado su alegato en las declaraciones de testigos y peritos, en concreto de los forenses que practicaron la autopsia a la niña y explicaron que la menor presentaba cinco o seis golpes y zarandeos violentos, mientras la encausada había asegurado que ni la golpeó, ni la bamboleó, ni se la cayó.

Ha puesto el acento, al dirigirse al jurado, en que el suceso supone un homicidio con dolo eventual, lo que significa que, a pesar de conocer la alta probabilidad de que se produjera la muerte de la niña, la acusada la zarandeó, la golpeó y la arrojó.

Ha diferenciado este tipo de homicidio de una muerte con dolo directo, como defiende el abogado de la acusación particular que califica los hechos de asesinato.

En este sentido, el letrado de la acusación particular ha alegado que el suceso se desarrolló cuando la niña no podía defenderse debido a su edad -alevosía- y la encausada originó más daño a la menor del necesario para causarle la muerte al propinarla varios golpes mientras estaba viva -ensañamiento-.

La defensa, sin embargo, tras calificar de homicidio culposo los hechos, ha solicitado al jurado que centre su deliberación en decidir si lo que quería la acusada era el fallecimiento de la niña o no.

Ha considerado no probable esta opción porque ella es madre, carecía de un comportamiento de agresividad, y necesita ayuda para enfrentarse a la vida diaria ya que tenían que acudir a su casa desde un centro de acción social para enseñarle comportamientos y habilidades.

El letrado ha subrayado que la procesada se encuentra además al borde de la capacidad intelectiva y volitiva según dijeron los peritos en el juicio y ha hecho hincapié en que el único golpe que causó la muerte a la niña fue uno frontal, por lo que dejó abierta la opción de que la muerte se produjera tras una caída y las maniobras de reanimación que efectuó la acusada sin saber hacerlas.

El jurado recibirá mañana el objeto del veredicto con la serie de preguntas que deberán responder para decidir si la acusada es culpable o no culpable.

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