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Actualizado:La Audiencia Provincial de Toledo ha condenado a 23 años de prisión al hombre acusado de matar en Mora (Toledo) a su esposa, que sufría enfermedad de Ménière, tras ser declarado culpable en el segundo juicio celebrado al anularse el primero, en el que se le condenó a prisión permanente revisable.
El pasado 13 de septiembre un jurado popular declaró culpable, por unanimidad, a José Rafael G. S. de asesinar a su mujer, Cristina Martín, en febrero de 2017 en Mora, después de que el primer juicio celebrado en abril de 2019 fuera anulado, por lo que ha tenido que ser repetido.
La falta de fundamentación de una de las respuestas del jurado dio lugar a la anulación del veredicto, y consiguientemente a la anulación del juicio por parte del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), en el que el procesado había sido condenado a prisión permanente revisable.
La falta de fundamentación de una de las respuestas del jurado dio lugar a la anulación del veredicto
En este segundo juicio, se le ha impuesto la pena de 23 años de cárcel como autor de un delito de asesinato, con la concurrencia de la circunstancia de alevosía y las circunstancias agravantes de parentesco y de género, según se indica en la sentencia, a la que ha tenido acceso.
También se le ha inhabilitado para el ejercicio de la patria potestad sobre su hija menor, a la que se le prohíbe aproximarse a menos de 300 metros, a su lugar de residencia o cualquier otro lugar frecuentado por la misma por un período superior a 6 años al de la duración de la pena de prisión impuesta.
En la segunda vista, el fiscal, la acusación particular y la acusación popular mantuvieron la petición de que el procesado fuera condenado a prisión permanente revisable, al considerar que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato con alevosía de género y concurre, además, la circunstancia agravante de parentesco, así como la de cometer el acto por razones de género.
A su vez, y a la vista del veredicto del jurado, la defensa solicitó una condena de 16 años de prisión por un delito de homicidio agravado por la circunstancia especial de vulnerabilidad de la víctima.
El jurado consideró probado que los hechos tuvieron lugar el 5 de febrero de 2017 en la vivienda de Mora en la que residía el matrimonio con su hija de cuatro años, los padres de la víctima y la hermana de ésta junto a su hijo, de pocos meses de edad.
Condena
Se impone al condenado la medida de libertad vigilada que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, por 10 años, prohibición de comunicarse y aproximarse a los familiares de la fallecida.
En concepto de responsabilidad civil el acusado indemnizará a su hija menor en 150.000 euros; en 100.000 euros a cada uno de los progenitores de la fallecida y en 50.000 euros a la hermana de la víctima.
La enfermedad de Ménière
También que la víctima, a la que enfermedad de Ménière prácticamente le impedía moverse, acudió al baño situado en la habitación donde estaba el acusado, porque era el único acondicionado y el que podía usar por sus limitaciones de movilidad, lo cual motivó que el procesado se molestara y la insultara diciéndole "hija de puta, zorra, te voy a matar".
"En aquella época el condenado estaba afectado por una depresión grave o mayor", señaló el jurado
Después se dirigió a la cocina y regresó al salón con un cuchillo, en el que ya estaba su mujer, a la que asestó dos puñaladas a la altura del tórax que le causaron la muerte de forma casi inmediata, según determinó el jurado en su veredicto, que también coincidió en que lo hizo ejerciendo "una dominación machista" y con ánimo de acabar con su vida o pudiendo imaginarse que con su conducta le causaría la muerte a su mujer, que presentaba una salud precaria y pesaba 40 kilos.
Aunque el jurado admitió, también por unanimidad, que en aquella época el condenado estaba afectado por una depresión "grave o mayor", que le provocaba "una inestabilidad y agresividad que no podría controlar".
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