Zaragoza
El Tribunal Supremo no ve "irracional" dar validez parcial al testimonio de una víctima de agresión sexual y valorar únicamente a la hora de establecer una condena la parte del relato que se sustenta con pruebas susceptibles de ser verificadas.
Así se pone de manifiesto en una sentencia del alto tribunal que confirma la condena de 3 años de prisión impuesta por la Audiencia de Zaragoza a un hombre que fue denunciado por su expareja por agredirla sexualmente en la vivienda que habían compartido en la capital aragonesa antes de separarse.
El tribunal zaragozano consideró probado en su sentencia que el acusado, una madrugada del mes de junio de 2014, se presentó en la casa de su excompañera y le pidió que le dejara quedarse a dormir ya que le habían echado del domicilio donde se alojaba.
Tras aceptar la mujer que se quedara a dormir con una sábana en el suelo de una de las habitaciones de la vivienda, el procesado aprovechó la situación para meterse en la cama de la víctima y forcejear con ella y manosearla en pechos y genitales, antes de que ésta se encerrara en el baño y avisara a la policía.
El Supremo valora la verosimilitud y persistencia en el relato de la mujer, que sustenta además en las lesiones que sufrió mientras que forcejeaba con su agresor, quien arguyó en su defensa que se limitó a sujetarla para decirle que continuaba queriéndola.
Admite este tribunal que el "problema" se suscitó en una parte del testimonio de la mujer en el que aseguraba que su atacante había conseguido introducirle los dedos en la vagina durante la agresión.
Destacan los magistrados que esa parte del relato no se pudo confirmar ya que las pruebas de ADN que se le practicaron al acusado en ambas manos tras su detención no revelaron la presencia de restos genéticos de la mujer a pesar de que en esos momentos "tenía el periodo".
Tras señalar que esta parte del relato no desvirtúa la violencia ejercida que evidencia la existencia de una agresión sexual, el tribunal advierte que "no resulta irracional" otorgar una validez parcial a una declaración.
El Supremo considera que un tribunal "no puede quedar forzado a una aceptación global o un rechazo global de la credibilidad de una declaración testifical", y argumenta que a él le corresponde valorar a los testigos y justificar "por qué desecha una parte de su testimonio y, al tiempo, otorga credibilidad a otra"
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