Estrasburgo (Francia)
Actualizado:El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha comunicado a las partes que está examinando la admisión a trámite de una demanda contra España por parte de un ciudadano paquistaní, que denunció haber sufrido un acto de racismo policial en un control de identidad en Barcelona en 2013.
En la comunicación del tribunal, fechada el 14 de diciembre de 2017, la Sala Tercera del TEDH insta al Gobierno español a explicar si el demandante, Zeshan Muhammad, "sufrió discriminación por motivo de raza", algo que prohíbe el artículo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
También pregunta a España si se ha vulnerado el citado artículo, "debido al presunto fracaso de las autoridades a la hora de tomar todas las medidas razonables para descubrir los posibles motivos racistas del incidente alegado".
Según la demanda, dos agentes de policía pararon a Muhammad y a su amigo K.A. el 29 de mayo de 2013 en una calle de Barcelona y les solicitaron sus documentos de identidad. El demandante preguntó por la razón del control y la respuesta fue, según contó Zeshan Muhammad a Público en 2016: "Te pido que te identifiques porque eres negro y punto y te jodes".
La queja ante Estrasburgo se basa en que los policías "utilizaron un lenguaje cargado de tintes racistas" y que uno de los agentes "abofeteó" al demandante, lo detuvo y lo llevó a comisaría, donde se le impuso una sanción administrativa por rechazar identificarse.
El demandante, residente en Santa Coloma de Gramanet (Barcelona) y con permiso de residencia, inició en abril de 2014 una reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado ante el Ministerio del Interior, que fue desestimada por falta de evidencias.
Sus recursos ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo y el Tribunal Constitucional también fueron desestimados.
Muhammad presentó su demanda en Estrasburgo el pasado 6 de mayo, apoyado por SOS Racisme Catalunya —que asumió la representación legal del joven en la vulneración del derecho a denunciar, la detención ilegal y la identificación por perfil étnico después de que Zeshan se dirigiera al Servicio de Atención y Denuncia de la ONG— y Open Society Justice Initiative.
Ambas organizaciones ya advirtieron en 2016 de que el de Zesahn no era una caso aislado sino un ejemplo de una práctica habitual, documentada y condenada por la Defensora del Pueblo, el Comité de Ministros del Consejo de Europa y el Relator Especial sobre Racismo de la ONU.
Las partes tienen un plazo aproximado de cinco meses para realizar sus observaciones a las preguntas de la Corte, que comenzará entonces el examen del fondo de la demanda, tras lo que puede admitir la misma y emitir una sentencia o inadmitirla.
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