Jaen
La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a cuatro años de prisión a J.A.O., de 60 años, el hombre que en julio de 2018 se saltó la orden de alejamiento y tras sacar a su mujer del trabajo le propinó tres puñaladas con un cuchillo en una calle de Noalejo (Jaén).
Sin embargo, el tribunal lo condena por dos delitos de lesiones (uno a tres años y medio de cárcel y otro a seis meses) y rechaza condenarlo por intento de homicidio. Según recoge la sentencia: "La finalidad del acusado no fue la de matar a la que había sido su mujer, a pesar del uso del cuchillo".
El tribunal también lo absuelve del delito de malos tratos habituales del que le acusaba inicialmente tanto el Ministerio Fiscal, que acabó retirando el cargo, como la acusación particular, por entender que "no ha resultado acreditado que el procesado hubiera sometido a su mujer a un trato humillante y vejatorio ni que ejerciera sobre ella control alguno ni tampoco agresión por los que su mujer formuló denuncia".
Como hechos probados, el tribunal establece que el día 31 de julio de 2018, el acusado se personó en la Casa de la Cultura de Noalejo donde trabajaba su mujer y a la que sorprendió por la espalda. De esta forma, "tapándole con una mano la boca mientras con la otra sostenía el cuchillo, le manifestó que tenían que volver, a lo que esta atemorizada le contestó que sí, que se irían a casa a hablar pero que dejara el cuchillo".
Salieron a la calle, sujetando el procesado a su mujer con una mano por el cuello y con la otra con el cuchillo en el costado. Ya en la calle y "ante los gritos de auxilio que profirió la mujer quien con intención de quitarle el cuchillo, forcejeo con este, cayendo ambos al suelo, él encima de ella, propinándole puñaladas por la zona del pecho y otras partes del cuerpo, como las piernas".
Finalmente, varios vecinos le quitaron al acusado de encima cuando ella ya había logrado arrebatarle el arma. El cuchillo, que según declaró el acusado en el juicio lo llevaba ella, era "un cuchillo deteriorado del uso y manchado de barro incrustado, compatible con una herramienta de campo" y considerado como "potencialmente peligroso"
El tribunal no ve acreditado el ánimo de matar
Para el tribunal "no se ha podido acreditar con la fuerza que se merece la concurrencia del ánimo de matar, sino tan solo una intención de lesionar, pues no hemos contado con unas pruebas claras y contundentes". Además, añade que las lesiones sufridas por la víctima "no afectaron a estructuras anatómicas importantes" ya que las heridas punzantes de un centímetro fueron en los dos pechos y en el costado.
La agresión se produjo después de que la mujer denunciara al acusado por malos tratos y el juzgado le impusiera una medida de alejamiento y comunicación con su esposa. Ella relató en el juicio celebrado el pasado 21 de junio en la Audiencia de Jaén que se encontraba sola en una sala de la casa de cultura cuando la agarró por detrás al tiempo que "me apuntaba con el cuchillo en la garganta".
Todo quedó registrado en una grabadora que ella llevaba en el bolso porque así se lo habían aconsejado. Mientras él le pedía que volviera con él, ella lo condujo al exterior donde esperaba poder recibir ayuda y quitarle el cuchillo.
"Quería matarme"
"Quería matarme", dijo la mujer y añadió que si ella no le hubiera sujetado las manos, "yo no habría estado aquí en este momento". Frente a ello, el acusado se defendió el juicio señalando que "nunca he intentado hacerle daño", "nunca le he puesto la mano encima¡" y "jamás he intentado acabar con su vida".
La sentencia establece también una prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante seis años a contar tras el cumplimiento de la pena de prisión. A esto se añade en concepto de responsabilidad civil, una indemnización de 71.020 euros.
El acusado se encuentra en prisión provisional desde el 2 de agosto de 2018 a la espera de una sentencia que ya se ha dictado, aunque es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
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