El Supremo absuelve a los neonazis de Pánzer al declarar ilegales las escuchas telefónicas
Gracias a estas escuchas se pudo acreditar la existencia de una organización política de ideología neonazi, racista y violenta y con acceso a las armas.
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La sala segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de los 16 miembros de la banda neonazi FAS (Frente Antisistema), conocido como el Caso Pánzer de Valencia, al considerar que las intervenciones telefónicas que sirvieron para su desarticulación en 2005 no estaban justificadas.
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Entre los integrantes de la banda había muchos históricos del fascismo y del neo nazismo valencianos, incluso algunos con antecedentes penales por secuestro, extorsión u homicidio. Tal es el caso de Pedro Cuevas, condenado por el asesinato en abril de 1993 del joven valenciano nacionalista de izquierdas, Guillem Agulló i Salvador, de 18 años de edad. Cuevas fue condenado a 14 años pero quedó libre tras cumplir solo 4, incorporándose inmediatamente a organizaciones neonazis.
Entre los integrantes de la banda había muchos históricos del fascismo y del neo nazismo valencianos, incluso algunos con antecedentes penales por secuestro, extorsión u homicidio
La sentencia define en cualquier caso la teoría del árbol envenado, es decir considera que todas las pruebas fueron “obtenidas a partir de las intervenciones telefónicas, de manera que están afectadas por una prohibición de valoración derivada de la apreciación de la vulneración del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones telefónicas, declarada por la Audiencia Provincial y confirmada ahora por esta Sala de casación”.