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La ONU condena por primera vez a España por la devolución en caliente de un niño que saltó solo la valla de Melilla

Los guardias civiles que lo bajaron de la verja se limitaron a esposarlo y "expulsarlo sumariamente". Se trata de la primera ocasión en la que Naciones Unidas se pronuncia rotundamente respecto a la ilegalidad de estas expulsiones de menores.

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Imagen de archivo de la devolución en caliente de inmigrantes a la policía marroquí / EFE

MADRID, Actualizado:

Naciones Unidas ha condenado a España por deportar a un niño, D.D, de 15 años que  saltó solo la valla de Melilla para pasar a España. Ocurrió hace cinco años cuando el joven  logró entrar al país huyendo de la guerra de Mali. Según informa Cadena Ser, los guardias civiles que lo bajaron de la valla, tras varias horas encaramado a la verja, se limitaron a esposarlo y "expulsarlo sumariamente" en contra de numerosos artículos de la Convención de sobre los Derechos del niño.

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Se trata del primer dictamen de la ONU que condena la devolución en caliente de un menor. Es la primera vez que Naciones Unidas se pronuncia clara y rotundamente respecto a la ilegalidad de este tipo de acciones ya que el Comité señala claramente "la obligación de los Estados de proveer protección y asistencia especiales a niños no acompañados". El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que ya condenó a España en octubre de 2017 por estas expulsiones ilegales de dos personas, pero la sentencia está pendiente de pronunciamiento tras el recurso presentado por el gobierno español.

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El Dictamen del Comité ha concluido que la ley y la práctica española vulneran los derechos contenidos en los artículos 3, 20 y 37 de la Convención de los Derechos del Niño. "Las autoridades españolas no identificaron al menor, no tuvieron en cuenta el interés superior del niño, no le proporcionaron asistencia especial como menor de edad e incumplieron la prohibición de tortura u otros tratos crueles, inhumanas o degradantes", critican desde European Center for Constitutional and Human Rights (ECCHR) y  la Fundación Raíces, entidades que acompañaron y apoyaron a D.D durante el proceso judicial.

Desde que tuvieron lugar estos hechos, en diciembre de 2014, el joven ha vivido una batalla judicial y administrativa. En el dictamen, el Comité sobre los derechos del niño de la ONU ha sido contundente al constatar que, España, al expulsar al entonces quinceañero de Mali , "no le brindó" protección y asistencia especiales en su condición de niño no acompañado (artículo 20 de la Convención sobre los Derechos del Niño); no respetó el principio de no devolución y expuso al autor a correr el riesgo de sufrir actos de violencia y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Marruecos (artículo 37) y no consideró el interés superior del niño (artículo 3)” se detalla en el texto firmado tras la adopción de esta decisión el pasado 1 de febrero.

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Este caso ha sido posible gracias a que 28 días después de la acción  ilegal de los guardias civiles, el chico consiguió saltar y quedarse en España. Fue el 30 de diciembre de 2014 , cuando empezó a demostrar que solo era un niño y que, por lo tanto, se le tenía que dar el trato que exigía la ley del menor. Pero el Estado español intentó desacreditar su versión. Alegó que cuando entró a España "declaró tener otro nombre y ser mayor de edad", o que el 2 de diciembre, el día de los hechos condenados por la ONU, el chico "no portaba ningún tipo de documento de identidad", pero nadie le preguntó su nombre y nunca recibió asistencia jurídica en esa "deportación sumaria". 

El Ejecutivo del Partido Popular introdujo en 2015 la figura del "rechazo en frontera" en la Ley de Extranjería a través de la 'ley mordaza' para tratar de dar encaje jurídico a las devoluciones en caliente de inmigrantes. Pero el TEDH condenó a España por estas prácticas en 2014 y echó por tierra el intento de legalizarlas. 

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"Nunca más"

“Me siento feliz y más libre ahora. Me gustaría que todo el mundo lo supiese y que no volviese a ocurrir nunca más”, dice D.D, que, además, con anterioridad había sufrido, maltrato y violencia por parte de las fuerzas de seguridad marroquíes. Actualmente ya posee el permiso de residencia. Gracias a la ayuda de la Fundación Raíces, recibió la debida protección y  consiguió aliviar el daño físico y emocional sufrido. Ahora trabaja como jardinero en Madrid.

"Me siento feliz y más libre ahora. Me gustaría que todo el mundo lo supiese y que no volviese a ocurrir nunca más"

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El Comité con esta resolución obliga al Estado español a revisar la ley de Seguridad Ciudadana y la legislación que autoriza este tipo de devoluciones en caliente” en Ceuta y Melilla para evitar que se cometan violaciones de derechos similares en el futuro y condena a España a proporcionar a D.D. una reparación adecuada, incluida una indemnización financiera y rehabilitación por el daño sufrido.

“La decisión tiene una importancia fundamental para la protección de los menores no acompañados, no sólo en la frontera hispano-marroquí, sino en las fronteras terrestres en general”, afirma Carsten Gericke, representante de D.D. y abogado cooperante de ECCHR. Lourdes Reyzábal, Presidenta de Fundación Raíces, añade que "este caso, una vez más, pone en evidencia que, en España, en el caso de los niños extranjeros, las políticas de protección a la infancia están sometidas a las políticas de extranjería y del control de los flujos migratorios y las fronteras siguen siendo espacios donde no se respetan los derechos de las personas y donde no existen las garantías jurídicas básicas. Esperamos que España cumpla con el Dictamen de la ONU y recuerde que debe cumplir con el Derecho Internacional y con todos los Tratados y Convenios que voluntariamente ha firmado y ratificado".

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