Un niño lleva a juicio a su madre por darle un bofetón y el juez la absuelve
La Fiscalía pedía 35 días de trabajos comunitarios y la prohibición de acercarse al menor durante seis meses por un delito de violencia doméstica.
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a coruña,
El Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña ha absuelto a una madre que había sido acusada de dos delitos de lesiones leves en el ámbito familiar por haber dado un bofetón a un hijo de once años y por haberle arañado en el cuello para evitar que el menor se marchase de casa.
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Fue el propio hijo quién llevó a juicio a su madre. El Ministerio Fiscal solicitaba una pena de 35 días de trabajos en beneficio de la comunidad, un año y seis meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y prohibición de comunicarse con su hijo y de aproximarse a él, y al domicilio donde viviera, durante seis meses y un radio de 50 metros.
Los hechos primeros ocurrieron el 24 de diciembre de 2015 en la vivienda de la acusada, donde esta pidió a su hijo que colaborase en poner el desayuno pero hizo caso omiso de sus indicaciones porque estaba escuchando música. Seguidamente, el niño arrojó al suelo un teléfono móvil, sin que quedase claro si con intención de tirarlo o de lesionar a la madre.
La mujer, con el fin de que depusiera su actitud rebelde y violenta, le propinó un bofetón muy fuerte en la mejilla izquierda, según el fallo judicial. Casi un año después, el 11 de noviembre de 2016, se produjo otra discusión entre ambos cuando el menor pretendía irse de casa y su madre intentó evitarlo, para lo que lo agarró por la parte posterior del cuello y le causó un arañazo.
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Según el juez "está totalmente justificado que la acusada trate de evitar que su hijo salga de casa"
En la sentencia, con fecha 30 de junio, el magistrado, José Antonio Vázquez Taín, entiende que el comportamiento del chico, al negarse a obedecer a su madre y al arrojar al suelo un móvil, "no solo muestra desprecio hacia la autoridad materna, sino también hacia el esfuerzo y trabajo que supone ganar un salario con el que adquirir bienes". Además, continúa el fallo, "incurre en el acto de violencia que supone arrojar el teléfono".
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"No existe intencionalidad de la acusada en lesionar"
El menor reconoce que la madre le ordenó poner el desayuno y él se niega y admite que "mantuvo su actitud pues estaba escuchando música en su teléfono nuevo de alta gama". "Y aunque niegue haber arrojado el teléfono, sus dudas al contestar indican que de algún modo lo tiró. Puede que simplemente lo lanzase al suelo, ni siquiera a su madre", concreta el juez.
"Está claro que la actuación del menor es totalmente equivocada", subraya el juez en el fallo, en el que añade que "por suerte su familia es acomodada y puede permitirse el tirar el dinero de un teléfono de alta gama, cuyo precio, es igual a los ingresos mensuales con los que se ven obligados a vivir más del 50% de la población española".
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"Su comportamiento no solo muestra desprecio hacia la autoridad materna, sino también hacia el esfuerzo y trabajo que supone ganar un salario con el que adquirir bienes. Y además incurre en el acto de violencia que supone arrojar el teléfono", puntualiza el juez.
En cuanto a haber sujetado al niño para evitar que se fuera del domicilio, la sentencia sostiene que "no solo está totalmente justificado que la acusada trate de evitar que su hijo salga de casa", es que "no existe la más mínima intencionalidad de la acusada en lesionar a su hijo, solo de agarrarlo".
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En opinión del juez, estos hechos son puntuales y con provocación por el menor, sobre el que se ha mostrado sorprendido por su "calculada frialdad" y "total falta de empatía".