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María Salmerón obtiene el tercer grado y podrá salir a trabajar

La mujer sufre desde hace más de dos décadas un auténtico calvario judicial por respetar el deseo de su hija de no querer ver a su padre, quien fue condenado por violencia machista.

María Salmeron en una imagen de archivo.
María Salmeron en una imagen de archivo. Jesús Prieto / Europa Press

María Salmerón, la mujer condenada a nueve meses de cárcel bajo los cargos de "desobediencia" por no permitir a su marido –condenado por violencia machista– visitar a su hija, podrá salir a trabajar y los fines de semana después de que este jueves le haya sido concedido el tercer grado penitenciario.

Tal como avanzó Público, fuentes de la representación jurídica de Salmerón han confirmado este extremo a Europa Press, lo que se traducirá en que, en un plazo de tres semanas, "quedará libre con medios de control telemáticos".

María Salmerón ingresó el pasado 9 de junio en prisión. En un auto de fecha 28 de enero de 2021, el juzgado dio cuenta de que, ante la petición de la representación de Salmerón de suspender la ejecución de su condena a nueve meses de prisión impuesta en junio de 2019 por esta instancia judicial, tanto la Fiscalía como la acusación particular se opusieron a dicha medida.

Salmerón ha sido condenada hasta en cinco ocasiones, pero tres indultos le han mantenido fuera de prisión hasta el día de hoy. El cuarto fue rechazado por el Consejo de Ministros el pasado mes de abril por "imperativo legal" al "tratarse de una persona reincidente".

Al respecto, el juzgado razonaba que si bien María Salmerón "ha sido condenada en varias ocasiones", lo cierto es que "nunca ha entrado en prisión", ya sea por la concesión de indultos o por la prescripción de los hechos sancionados, con lo que esta condena del Juzgado de lo Penal número seis a nueve meses de cárcel por desobediencia y otra más del Juzgado de lo Penal número uno serían "las únicas" que pesan a todos los efectos sobre Salmerón.

Finalmente, el Juzgado de lo Penal número seis consideraba en este auto de enero de 2021 que "la concesión de otros indultos" a Salmerón, aunque el último fuese declarado nulo por el Tribunal Supremo, conducía a resolver que "lo más prudente" era entonces suspender la efectividad de la mencionada condena a nueve meses de cárcel hasta que fuese resuelta la solicitud de Salmerón respecto a un nuevo indulto, con su aceptación o "denegación".

Pero en una providencia posterior de fecha 29 de marzo de este año recogida por Europa Press, el Juzgado de lo Penal número seis indicaba que aquella petición de indulto fue formalizada el 9 de febrero de 2021, toda vez que "la última documentación" solicitada con relación al asunto se remonta al 26 de marzo de aquel año y la regulación estipula que "transcurrido el plazo de un año, debe entenderse desestimada la solicitud de indulto".

Es por eso que el juzgado requería ya a María Salmerón para "el ingreso en prisión a fin de cumplir la pena" impuesta, con un plazo de 15 días para ello desde la notificación de dicha decisión, pesando posteriormente la decisión del Gobierno central de denegar ya de manera expresa su petición de nuevo indulto.

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