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Juana Rivas Disección del 'caso Juana Rivas': ¿Qué falla en la Justicia para llegar a esta situación?

Rivas sigue a la espera de que se apliquen medidas cautelares que impidan que su hijos se vayan con su padre, condenado por maltrato. La ley española contempla a los hijos como víctimas directas en casos de violencia de género.

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Plataformas en apoyo a Juana Rivas protestan frente al Ministerio de Justicia en Madrid, y en otras ciudades del país, para reclamar la protección de sus hijos. EFE/Darwin Carrión

Madrid, Actualizado:

Francesco Arcuri está ya con sus hijos de tres y once años y volverá con ellos a Italia en cuanto lo autorice la jueza, que está pendiente de confirmar si abrirá nuevas diligencias o si escuchará el testimonio del mayor de los hijos. Los ha recogido este lunes a medio día de la comandancia de la Guardia Civil en la que su madre, Juana Rivas, los había entregado pocas horas antes. La madre cumplía así, de forma adelantada, el ultimátum de la juez del juzgado número 2 de Granada, tras permanecer casi un mes en paradero desconocido para, precisamente, proteger a sus hijos.

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Rivas es una víctima de violencia de género. Arcuri un padre condenado por maltrato en el año 2009 y con una nueva denuncia por malos tratos físicos y psicológicos continuados interpuesta en julio de 2016 que ha estado durmiendo en un cajón durante más de un año sin que se le hubiera dado curso legal.

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A partir de ese momento será la Justicia de Italia, último lugar de residencia de esta familia, la que determine sobre la custodia de los menores y la encargada de resolver la denuncia por malos tratos presentada por Rivas en julio de 2016, dos meses después de haber llegado a Granada huyendo de Carloforte, la pequeña isla italiana donde residía.

La lucha de esta madre para que la justicia española ampare y proteja a sus hijos de su padre maltratador parece llegar a su fin y probablemente se enfrente a partir de ahora a un proceso judicial que podría llevarla a la cárcel e incluso quitarle la custodia de los hijos por un largo período de tiempo. Sin embargo, las reclamaciones de Rivas no han sido atendidas por la Justicia hasta el momento.

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Estas son algunas de las claves del caso:

1. ¿Cómo llega Juana Rivas a esta situación?

El marido de Juana Rivas había sido condenado por malos tratos en el año 2009 a cumplir una pena de tres meses de cárcel y un año de alejamiento. La familia residía en ese momento en Granada. Un tiempo después, Rivas decide dar otra oportunidad a su marido y se trasladan a vivir a la isla italiana de Carloforte. Sin embargo, la violencia continúa y en el verano de 2016 Rivas abandona el domicilio familiar con sus hijos para escapar de una situación de malos tratos físicos y psicológicos continuados, según su propio testimonio.

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Una vez en Granada, inicia el protocolo de víctimas de la violencia de género, recibe ayuda del Ayuntamiento de Maracena e interpone una denuncia contra su marido en julio de 2016. La denuncia describe una situación en la que Juana Rivas recibe amenazas, insultos y vejaciones que la anulaban como persona. Esta denuncia ha estado pendiente de tramitación y sin ser remitida a Italia durante más de un año (hasta el 10 de agosto de 2017).

2. ¿Cuándo y cómo empiezan los problemas judiciales de Juana Rivas?

En diciembre de 2016, la magistrada María del Carmen Siles del juzgado nº 3 de Granada ordena la "inmediata restitución" de los hijos de Juana Rivas a su padre. El juzgado respondía así a la solicitud llegada desde Italia para que, en función del Convenio de La Haya, los menores sean devueltos a su domicilio habitual, de donde Rivas los había "sustraído".

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La jueza fija la fecha de entrega de los menores a su padre para el 26 de julio de este año. Sin embargo, Juana Rivas no acude a entregar a sus hijos. Empiezan ahí sus problemas con el sistema judicial. Su objetivo es proteger a sus hijos y conseguir que la Justicia no entregue a sus hijos a su padre maltratador. Es decir, conseguir el amparo, al menos temporal.

La demanda que había interpuesto en julio de 2016 seguía sin ser traducida y remitida a Italia a pesar de que la ley del Estatuto de las Víctimas del Delito de 2015 reconoce que las víctimas residentes en España pueden presentar denuncias de hechos delictivos que hubieran sido cometidos en otros países de Europa. El artículo 17 de dicha ley afirma que "en el caso de que las autoridades españolas resuelvan no dar curso a la investigación por falta de jurisdicción, remitirán inmediatamente la denuncia presentada a las autoridades competentes del Estado en cuyo territorio se hubieran cometido los hechos".

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La denuncia interpuesta por Rivas seguiría así hasta hace apenas unos días, cuando el juzgado finalmente decidió remitirla a Italia y cuando la situación jurídica de Juana Rivas se había agravado notablemente.

En una carta abierta publicada el pasado 15 de agosto, Juana Rivas explica que dicha denuncia seguía sin ser tramitada: “Si la primera jueza a la que acudí en España denunciando nuestra grave situación en Italia me hubiera escuchado y hubiera enviado la denuncia inmediatamente como pone la ley, el Convenio de la Haya no estaría amenazando a mis hijos sino protegiéndolos. Error. Y resulta que la denuncia de malos tratos, que tenía que haber llegado a Italia hace más de un año todavía no ha salido de España. Por favor, comprueben que lo que digo es cierto”.

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3. ¿Qué contempló la jueza para ordenar la entrega de los niños?

La sentencia considera principalmente la necesidad de aplicar el Convenio de La Haya, suscrito tanto por Italia como por España. Si bien la sentencia reconoce la existencia de un caso de malos tratos, no la toma en consideración, a pesar de que el artículo 13b de dicho convenio prevé la posibilidad de denegar la restitución de los menores cuando esto les "exponga a un peligro físico o psíquico, o ponga al menor en una situación intolerable". La jueza no consideró que se diesen estas circunstancias. Cabe recordar que el Convenio de la Haya data de 1980, cuando apenas había normas internacionales que regularan esta materia.

4. ¿Podría la Justicia española frenar cautelarmente la entrega de los hijos de Juana Rivas?

Sí, a juzgar por los testimonios de numerosos expertos. Según María Daza, doctora en derecho y experta en violencia de género, la jueza “podía y debía haber hecho cosas diferentes”. Daza cita el mencionado artículo 13b del Convenio de la Haya y asegura que “el juzgado de primera instancia lo que ha hecho es obviar la situación de violencia, aunque la reconoce”.

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En España existen además normas “que reconocen expresamente que a los hijos sí les afecta (la violencia de género) y también son víctimas directas de la misma”, añade la experta. En 2015 se modificó el sistema de protección de la infancia y la adolescencia mediante una ley orgánica y otra ordinaria. La ley orgánica señala que “es singularmente atroz la violencia que sufren quienes viven y crecen en un entorno familiar donde está presente la violencia de género. Esta forma de violencia afecta a los menores de muchas formas. En primer lugar, condicionando su bienestar y su desarrollo. En segundo lugar, causándoles serios problemas de salud. En tercer lugar, convirtiéndolos en instrumento para ejercer dominio y violencia sobre la mujer. Y, finalmente, favoreciendo la transmisión intergeneracional de estas conductas violentas sobre la mujer por parte de sus parejas o exparejas”.

“La ley ordinaria dice que la protección de los menores contra todo tipo de violencia, incluido el maltrato y la violencia de género en el ámbito familiar, son principios rectores de la actuación administrativa”, explica Daza. Sin embargo, “no establece ninguna consecuencia más allá de decir que la autoridad judicial tiene la posibilidad de acordar medidas de protección. Pero no hay ninguna consecuencia si no las acuerda”. Es decir, que es el juez quien debe resolver y pronunciarse sobre la pertinencia de adoptar medidas cautelares y de protección del menor.

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Este principio rector de la actuación administrativa al que se refiere a ley aplica también a otros órganos, como el Ministerio Fiscal, una de las piezas clave también en este caso. Desde distintos ámbitos y plataformas feministas se ha exigido a lo largo de este mes que la fiscalía tomara cartas en el asunto y actuara de oficio para asegurar protección a los hijos de Rivas.

​En un escrito registrado el pasado lunes ante el Consejo General del Poder Jucicial, pero enviado también a varios órganos de la administración, varias plataformas feministas afirmaban rechazar "el papel del Ministerio Fiscal que lejos de velar por la protección de los menores y la mujer maltratada, ha demostrado ser insensible con las víctimas. La fiscalía ha actuado poniendo por delante el no cuestionamiento del aparato judicial, que ha demostrando la máxima crueldad que se pueda alcanzar siguiendo una una aplicación machista y patriarcal de las leyes".

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"La Fiscalía podría haber pedido al propio juzgado de primera instancia que se opusiera a la devolución de los menores en lugar de dedicarse a atacar a la madre pidiendo la prisión provisional incondicional en dos ocasiones. En vez de proteger a los menores está criminalizando a Juana y a la asesora jurídica", añade Daza.

"Lo que el caso de Juana Rivas está poniendo de manifiesto es que tenemos leyes vacías"

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También la Asociación de Mujeres Juezas se ha pronunciado en relación a este caso. En un comunicado recuerdan "la capital importancia que tiene la utilización de la perspectiva de género como elemento transversal inspirador e informador tanto de las normas jurídicas como de su interpretación y aplicación". Las juristas pidieron, además, disposiciones específicas que garanticen la protección de los menores y de las víctimas de violencia machista para evitar casos como el de Juana Rivas.

Según Daza, las normas que protegen a los menores en estos casos son “muy hipócritas, porque dicen cosas que luego no se hacen. Pero el espíritu de la ley es el que se expresa en su preámbulo. A la hora de aplicar el articulado, los juzgados no lo tienen en cuenta, con lo cual no tenemos nada. Tenemos leyes vacías. Esto es lo que el caso de Juana está poniendo de manifiesto”.

5. ¿Quién asesora a Juana Rivas?


Juana Rivas cuenta con una abogada, María Castillo, que ejerce su representación legal. Además, el despacho de abogados Montero Estévez presentó dos recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, que fueron inadmitidos por cuestiones de forma, sin entrar a dirimir sobre el fondo del asunto. Pero quien más atención y titulares ha acaparado es su asesora legal Francisca Granados, responsable del área de igualdad del Ayuntamiento de Maracena (Granada) y asesora jurídica de dicha área.

Sobre Francisca Granados se ha hablado mucho y muchas veces mal. Se ha reseñado que no está colegiada como abogada, a pesar de que este no es un requisito necesario para ejercer su labor, y desde que la jueza ha solicitado su presencia como imputada su labor acapara una avalancha de críticas.

Todos los ayuntamientos de Andalucía (y de otras comunidades) con más de 20.000 habitantes cuentan con esta figura. Su función es dar asesoramiento jurídico, pero no ejercen la representación legal, por lo cual no necesitan estar colegiadas.
 Francisca Granados lleva años ejerciendo esta función, que compagina con clases en la Facultad de Derecho de la Universida de Granada y es considerada una experta en temas de violencia de género. 
"A Juana la pintan como una imbécil. Como una mujer débil manipulada por su asesora. Nada más lejos de la realidad. Las decisiones las toma ella con conocimiento de causa de sus consecuencias", afirma Daza.

6. ¿Y ahora qué?

La jueza que instruye el caso debe determinar si escucha el testimonio del hijo mayor de Juana Rivas, tal como ha solicitado reiteradamente su madre; y si abre o no nuevas diligencias.

Antes de ordenar la entrega de los niños, la jueza ya había recibido el informe de una psicóloga adscrita al juzgado de familia en el que el hijo mayor, de once años de edad, afirma que “siempre ha estado con ella y se siente mucho mejor con ella. No se quiere separar de su madre”. Según el testimonio del niño reflejado en dicho informe, “su padre le daba voces a su madre, a veces no le dejaba salir de casa” y él “no estaba bien cuando estaban juntos, él sufría mucho porque se llevaban mal”. El niño también afirma que “no le importaría pasar los meses de verano con su padre, pero vivir con él, no”.

Mientras la juez decide si finalmente escucha el testimonio del menor, Arcuri debe permanecer en España con los niños.

El resto del proceso tiene que llevarse a cabo en Italia, que es la última residencia familiar y de donde Juana se llevó a los menores. Los servicios sociales del país vecino se han comprometido a vigilar la relación de los menores y su padre hasta que la Justicia decida sobre la custodia, una vez que se haya dado curso a la denuncia que presentó Rivas contra Arcuri hace un año atrás.

En el caso de Rivas las perspectivas son también complicadas. La entrega de sus hijos no frena el proceso penal. Además de pesar sobre ella las posibles consecuencias de la denuncia de "sustracción internacional", se puede sumar la de desobediencia a la autoridad judicial y se enfrenta, no sólo a la posibilidad de cárcel, sino también a la posibilidad de perder la custodia de sus hijos durante un prolongado período de tiempo. 

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