Madrid
52 de las 60 condenas firmes dictadas por delitos del Código Penal Militar a miembros de la Guardia Civil (el 86%) recayeron en las escalas más bajas y la mayoría fue por insultar a un superior, según denuncia la asociación mayoritaria en el Cuerpo, que exige que se deje de aplicar la ley militar en estos casos.
La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) se hace eco de la respuesta que ha recibido de la Dirección General de la Guardia Civil a su consulta sobre el número de miembros de la Guardia Civil que han sido condenados en firme por delitos en el Código Penal Militar desde 2010, desglosados por años, provincias, escalas y tipo de delitos.
"La respuesta recibida ha confirmado plenamente la impresión de que el Código Penal Militar se emplea como herramienta laboral represora de los trabajadores", asegura AUGC en un comunicado tras constatar que 52 de las 60 sentencias dictadas entre 2010 y 2019 correspondieron a guardias o cabos, y 28 de ellas son por insulto a un superior.
De las 60 sentencias, cinco condenaron a suboficiales, cuatro de ellas por abuso de autoridad y una por un delito contra la Hacienda en el ámbito militar.
Y solo tres sentencias condenaron a oficiales: una por insulto a un superior, otra por abuso de autoridad y la tercera por un delito contra la eficacia en el servicio, según la respuesta del instituto armado.
Para AUGC, aunque estas cifras confirman esa "represión", inciden en que "no es cuestión de estadísticas, ya que con que solo un guardia civil entre en una prisión militar está justificado que se derogue la aplicación del Código Militar Penal", cuando hay un régimen disciplinario "suficientemente severo".
Por esa normativa los guardias condenados en firme ingresan en una prisión militar si insultan a un superior, sin posibilidad de eludir la cárcel aunque la condena sea de pocos meses, detalla a Efe el responsable de Comunicación de AUGC, Pedro Carmona, que critica que el Tribunal Supremo ha dictado jurisprudencia en la que avala que si un subordinado insulta a un superior deber ser juzgado por lo militar, "pero no si es el mando el que insulta al subordinado".
La asociación solicita que, como ocurrió entre 2006 y 2017, la norma militar solo sea de aplicación salvo en tiempo de conflicto armado, durante la vigencia del estado de sitio, en el cumplimiento de las misiones de carácter militar que se les encomienden o mientras se encuentren integrados en Unidades de las Fuerzas Armadas.
La Unión de Oficiales discrepa sobre este asunto, teniendo en cuenta el número de profesionales de cada escala.
Por su parte la Unión de Oficiales (UO), que representa a los mandos del instituto armado, discrepa sobre este asunto y destaca que, teniendo en cuenta el número de profesionales de cada escala, las 52 sentencias contra cabos y guardias suponen el 0,77 por cada 1.000 efectivos, las cinco contra suboficiales el 0,71 y la tres contra oficiales el 0,85.
Por eso asegura que "la incidencia de condenas en base al Código Penal Militar no alcanza ni a uno de cada mil efectivos, y no existe una desviación significativa en los datos entre escalas", de manera que los cabos y guardias no pueden considerarse "castigados".
La UO considera que la aplicación del Código Penal Militar "viene siendo muy residual y que no constituye un problema en la Guardia Civil, formando parte de su naturaleza militar" y ciñéndose solo a casos graves, y no "meras discusiones o insultos".
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