reforma del código penal
Libertad de expresión El Gobierno plantea la reforma de los delitos sobre libertad de expresión y eliminará las penas de prisión
En su propuesta, considerará que aquellos "excesos verbales" que se cometan en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales, se queden al margen del castigo penal. Los delitos de odio, de injurias a la corona, de enaltecimiento del terrorismo y contra los sentimientos religiosos quedarán fuera del Código Penal. Este proyecto llega a cinco días de la entrada en prisión del rapero Pablo Hasél.
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madrid, Actualizado:
Histórica propuesta del Gobierno para despenalizar, por fin, algunos delitos relacionados con el derecho a la libertad de expresión, como los llamados delitos de odio y los referentes a injurias a la Corona o a la bandera española, y los que versan sobre el enaltecimiento del terrorismo. El Ministerio de Justicia ha anunciado este lunes, a ultima hora, que va a plantear una revisión de los delitos relacionados con "excesos" en el ejercicio de la libertad de expresión, con el objetivo de que solo se castiguen las conductas que supongan "claramente" la creación de un riesgo para el orden público o "la provocación de algún tipo de conducta violenta", con penas disuasorias, como multas, y no con penas privativas de libertad, como hasta ahora podía ocurrir.
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En la propuesta planteada por el departamento dirigido por Juan Carlos Campo se contemplará que "aquellos excesos verbales que se cometieran en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales" permanezcan "al margen del castigo penal", ha informado Moncloa. Sin embargo, la propuesta ha partido, por sorpresa, de la propia Presidencia de Gobierno, según ha podido saber Público, a cinco días de que el rapero Hasél tenga que entrar en prisión.
En este sentido, el Gobierno entiende que el "derecho penal ni es la herramienta más útil, ni es necesaria, ni es desde luego proporcionada para responder a comportamientos que, aun pudiendo rozar la ilicitud, su castigo penal supondría un desaliento para la libertad de expresión, tal y como han declarado el Tribunal Constitucional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Unión Europea y la mayor parte de la doctrina española".
Entre los delitos afectados por esta reforma que plantea el Gobierno, se encuentra el artículo 578 del Código Penal, relacionado con el enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas; también el artículo 510, que engloba los delitos llamados de odio; además los delitos de injurias a la Corona y a otras instituciones (artículo 490 y siguientes del Código Penal) y los delitos contra los sentimientos religiosos (artículo 522 y siguientes) también serán reformados, según el planteamiento del Ejecutivo.
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El procedimiento que se inicia ahora, tras el anuncio de Moncloa, es el de un proyecto de ley para suprimir determinados artículos del Código Penal, según explica el magistrado emérito del Tribunal Supremo José Antonio Martín Pallín. Este reconocido jurista valora muy positivamente esta noticia. "Era cuestión de tiempo que se reformaran estos delitos, algunos anacrónicos, como el de ofensa a los sentimientos religiosos", dice a Público. Añade: "El artículo 510 del Código Penal, el de los delitos de odio, es absolutamente necesario suprimirlo. Ese tipo de delitos sobre bienes jurídicos etéreos, subjetivos, no tienen encaje en países desarrollados".
Los casos de Hasél y Valtonyc
Esta comunicación llega a cinco días del plazo concedido por la Audiencia Nacional al rapero Pablo Hasél para que entre en prisión y cumpla una condena de nueve meses de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo, entre otros.
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El rapero fue condenado en 2014 a dos años de cárcel por enaltecer en sus canciones el terrorismo de ETA, los Grapo, Terra Lliure o Al Qaeda, pero la Audiencia Nacional decidió en septiembre de 2019 dejar en suspenso su ejecución durante tres años, volviendo a ser juzgado en 2018 por el mismo delito y otro de injurias a la monarquía y a las fuerzas de seguridad.
Así, Hasél se puede convertir este viernes en el primer rapero en Europa en ir a prisión por delitos de injurias a la Corona y a las Fuerzas de Seguridad del Estado después de que el Supremo entendiera que no puede ampararse en la libertad de expresión.
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Por su parte, la Plataforma por el Derecho a la Libertad de Información (PDLI) defiende que el proceso contra Hasél no ha atendido a los estándares internacionales exigidos respecto a la libertad de expresión y puede estar vulnerando los Derechos Humanos.
Un caso similar sería el del rapero mallorquín Josep Miquel Arenas, más conocido como Valtonyc, condenado por la Audiencia Nacional a dos años de cárcel y a un año y medio más por injurias a la Corona, una sentencia dictada por delitos cometidos entre 2012 y 2013 y posteriormente confirmada por el Tribunal Supremo.
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Delito de ofensa a los sentimientos religiosos
Los delitos contra los sentimientos religiosos, todavía en el Código Penal, también han causado enfrentamientos con el derecho a la libertad de expresión y han llevado a sentarse en el banquillo a artistas, raperos y humoristas.
Uno de los casos más sonados es el de la feminista condenada por la procesión del chumino rebelde, en la que exhibieron la imagen de una vulva de plástico ataviada como si fuera una virgen durante la manifestación del Día de la Mujer el 8 de marzo de 2013 en Málaga.
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Un acto por la que el pasado 23 de noviembre se dictaminó una pena de nueve meses de multa con una cuota diaria de 10 euros por un delito contra los sentimientos religiosos y el pago de las costas del procedimiento judicial y cuya sentencia
La abolición de este artículo 525 del Código Penal, criticado por tipificación de la blasfemia, es otra tarea pendiente. El pasado 4 de febrero la Comisión de Justicia del Senado aprobó una moción por la que ruega al Gobierno que impulse los trámites y el procedimiento para la "modificación sustancial y en su caso la derogación".