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España aún obliga a nacidos en España a acudir al juez para obtener la ciudadanía: 55.000 en un año

Decenas de miles de nacidos en España hijos de migrantes siguen viéndose obligados a pasar por unos procedimientos de nacionalización para acceder a la ciudadanía que tardan años en completarse.

Una mujer se dirige a una oficina de Extranjería en Valladolid.
Una mujer se dirige a una oficina de Extranjería en Valladolid, en una imagen de archivo. EFE

"Después de tanto tiempo aquí España es mi país, estoy muy a gusto y he tenido a mis hijos aquí. Tengo que tener la nacionalidad con tantos años aquí", expone Mariama, zaragozana originaria de Gambia y madre de siete aragoneses, que se gana la vida trabajando en el sector de la limpieza.

Con 46 años, lleva casi 24 en España, los últimos veinte en la capital aragonesa. Y, de ellos, los seis últimos, desde mediados de 2017, esperando a que el Ministerio de Justicia resuelva su segunda solicitud de nacionalización.

"Lo pedí por primera vez en 2005. Esperé mucho tiempo y al final no me dijeron nada. Preguntaba y no me contestaban qué pasaba. Al final, he comenzado otra vez, pero me está costando mucho tiempo", explica.

Su caso es uno de los cientos de miles que deambulan en forma de expediente por los vericuetos de la burocracia del Ministerio de Justicia y de los registros civiles españoles, un país cuya renqueante demografía solo se mantiene a flote gracias a una población migrante de cuyos flujos depende la sostenibilidad del sistema económico.

Como ejemplo, los datos de natalidad de 2021, los últimos disponibles en el Instituto Nacional de Estadística (INE), indican que algo más de uno de cada cuatro nacidos (89.558 de 337.380) en España descienden de algún progenitor extranjero, casi la mitad de ellos (39.347) de parejas mixtas.

El 30% de los nacionalizados habían nacido en España

La historia de Mariama tiene otra peculiaridad: cuatro de sus siete hijos, todos ellos nacidos en Zaragoza, han obtenido la nacionalidad española, mientras a otra le ha sido denegada, una más ha visto cómo su expediente se archivaba sin que le llegara ninguna notificación y el trámite de la más pequeña, de seis años, va a comenzar ahora, con los de su padre y su madre ya en marcha.

La obligación para nacidos en España de someterse a unos trámites -que comienzan en el Instituto Cervantes, pasan por el Ministerio de Justicia y finalizan con una jura en un órgano judicial como el Registro Civil- para que les sea reconocida la nacionalidad tiene un punto de paradoja, por su aparente contradicción, que pasaría a infamia en caso de estar basada en la desconfianza hacia los eventuales beneficiarios del trámite.

Estos están creciendo de manera exponencial en la última década, en la que un total de 263.504 personas nacidas en España han visto reconocido su derecho de ciudadanía por la vía de la nacionalización.

Concretamente, y según los datos del INE, la cifra se ha multiplicado por cuatro en el último cuatrienio, en el que ha pasado de los 14.192 de 2018 a los 55.079 de 2022: el 30,3% de las personas que accedieron a la ciudadanía española el año pasado habían nacido en España y habían tenido en ella su residencia a lo largo de toda su vida.

Y no es que el resto careciera de arraigo, ya que otros 89.089 llevaban más de una década viviendo en el país y más de la quinta parte de ellos (21.056) superaba los veinte años.

¿Y cuál es la diferencia entre tener reconocida la nacionalidad española o carecer de ella? "Te da la tranquilidad de no tener que depender para residir de una tarjeta que te pueden quitar y, en el caso de los jóvenes, abre vías laborales como hacerse funcionario", explica la abogada María José Berdún, coordinadora del SAOJI, el Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica para Inmigrantes del Colegio de Abogados de Zaragoza.

"Es una liberación, un reconocimiento del arraigo. Se sienten más integrados y se ven reconocidos en el país en el que viven y en el que están integrados", añade la letrada.

"Tener la nacionalidad española te supone un alivio y muchas facilidades, como poder circular por toda la UE, votar, olvidarte de tener que renovar el padrón cada dos años o, en el caso de personas de origen árabe, abre la puerta a entrar en EEUU", coincide Carlos Carreras, un veterano abogado zaragozano con más de tres décadas de experiencia en materia de extranjería.

Las huelgas de los juzgados y la costosa jura ante notario

Sin embargo, los trámites no son sencillos, ni tampoco baratos para personas en situaciones precarias como las que a menudo sufren los migrantes.

"Me está costando mucho", explica Mariama, quien pudo eludir el examen por escrito sobre conocimiento de la lengua al certificar el Gobierno de Gambia que nunca había ido a la escuela allí.

Esos trámites, que se alargan durante no menos de tres años -aunque el procedimiento es más sencillo para los menores de 21 años nacidos en España-, están sufriendo en los últimos meses una prolongación extra por la sucesión de las huelgas de los secretarios judiciales y los funcionarios de los juzgados.

En la última década, 263.504 personas nacidas en España han visto reconocido su derecho de ciudadanía por la vía de la nacionalización

De los que gestionan los registros civiles depende que el trámite que da por finalizado el proceso a expensas de la expedición de la partida de nacimiento y el DNI, que es la jura de la Constitución, pueda celebrarse en los 180 días de plazo que da la ley.

"La huelga está causando un perjuicio muy importante. Para la jura hace falta cita previa, y el enorme atasco que ya había, más en los juzgados de ciudades de mayor tamaño, está creciendo. Se trata de un problema potente", señala Berdún.

Eso está haciendo que una vez obtenida la nacionalidad muchos extranjeros estén optando por la jura ante notario, que cuesta entre 180 y 200 euros. "Eso es mucho dinero para personas que, a menudo, tienen empleos precarios y no muy bien pagados y familias de varios miembros", anota Carreras.

"Hay gente muy angustiada porque teme que se le pase el plazo para la jura, que es un acto obligatorio. Debería ser un trámite más sencillo y gratuito, porque se gastan lo que para ellos es mucho dinero", añade Berdún.

Las seis vías para acceder a la ciudadanía española

La normativa española reconoce de materia automática la ciudadanía a los alumbrados en su territorio de padre y/o madre español o nacido en España y varios supuestos de descendientes de extranjeros, entre los que no se encuentran los hijos de migrantes sin vínculo anterior con España.

Para adquirirla hay cinco vías, además de la del origen, entre las que la más usual es la de la residencia en territorio español, que debe ser de al menos diez años, salvo para personas de origen latinoamericano (dos) y para refugiados (cinco).

Mariama, de Gambia, lleva seis años tramitando el reconocimiento de su ciudadanía española tras 24 años en el país
Mariama, de Gambia, lleva seis años tramitando el reconocimiento de su ciudadanía española tras 24 años en el país. Eduardo Bayona

Las otras son -además del año de residencia tras casarse con un nacional- la carta de naturaleza, que concede el Gobierno de manera graciosa; la posesión de Estado, residual y que consiste en haber disfrutado de hecho de esa ciudadanía de buena fe pero sin poseerla oficialmente, y la opción, prevista para quienes "estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español" o aquellas "cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España".

Esta última y la de la residencia son las más utilizadas por los nacidos en España de padres extranjeros y por los hijos menores de edad de quienes van obteniendo la nacionalidad por distintas vías.

El 85% accede a la nacionalidad por residencia

"Se hace en el Registro Civil del lugar de residencia o en el consulado de España de donde resida el menor. Cuanta más nacionalidad por residencia hay, más nacionalidad por opción se solicita, es lógico", indica la letrada.

El año pasado, algo más del 85% de los accesos a la ciudadanía española se produjeron por la vía de la residencia (157.415), mientras uno de cada siete (23.558) llegaba a ella por opción y 608 lo hacían por carta de naturaleza.

En cuanto a los menores de veinte años, que fueron más de un tercio del total (69.213), dos de cada tres obtuvieron el acceso a la ciudadanía española por la vía de la residencia (46.590) y el tercio restante (22.545) por la opción, con 78 casos de carta de naturaleza.

Dos exámenes y trámites con complejidad

El camino a la ciudadanía comienza, una vez superado el periodo previo de residencia, con dos exámenes, uno de conocimiento de la lengua y otro sobre conceptos políticos y sociales para valorar la integración que realiza el Instituto Cervantes.

En este último, como puede verse en el manual de preparación, los aspirantes se siguen exponiendo a una pregunta sobre los ingredientes de la tortilla, aunque sin alusión a la cebolla.

"Se tienen que inscribir y no siempre hay plazas, depende de cada provincia", indica Carrera, que destaca cómo el precio de 90 euros por prueba que debe pagar cada aspirante "no es barato ante las condiciones económicas y laborales en las que se desenvuelven" muchos de los aspirantes.

Esas pruebas incluyen dos convocatorias en tres meses. "Recomendamos pedir la fecha con el examen preparado", señala el letrado, que sugiere la opción de poner la tramitación en manos de un abogado o un gestor al ser necesaria la firma digital.

Cada aspirante a la ciudadanía debe pagar 90 euros por prueba

En caso de aprobarlos, el resultado es válido durante cuatro años, aunque ese plazo deja de correr una vez se ha aportado al expediente ante Justicia.

Ocurre lo mismo a los seis meses (tres en algunos casos) con los certificados de antecedentes penales que debe remitir el país de origen, ya sea validado con la Apostilla de La Haya o en el consulado o la embajada de ese Estado.

Y a partir de ahí, a esperar. Sin prisa: "No hay plazos, pero es difícil que tarden menos de tres años", apunta el abogado. Aunque el proceso si exige atención.

"A veces Justicia notifica la concesión de la nacionalidad a través de la carpeta ciudadana, que es algo que la mayoría de los afectados no maneja. Esa notificación caduca a los tres meses", recuerda. Si no se realiza la jura en los seis siguientes, el expediente decae.

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