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Una empresa, condenada por despedir a un trabajador por ser gitano

La empresa tendrá que indemnizar al trabajador con más de 7.000 euros por vulneración de derechos fundamentales.

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Un camarero atiende a varios clientes en la terraza de un bar. — Eusebio García Del Castillo / Europa Press

madrid, Actualizado:

Pedro H.R, un trabajador de hostelería en León, perdió su trabajo por el mero hecho de ser gitano. El empleado, tras sufrir vejaciones por parte de su jefa, fue despedido de manera improcedente, tal y como lo ha determinado el Juzgado de lo social de León.​

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La sentencia, a la que ha tenido acceso Público, declara como nulo el despido efectuado, condenando a la empresa a la readmisión inmediata del trabajador y a pagar una indemnización de 7.501 euros por vulneración de derechos fundamentales.

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Los hechos sucedieron cuando Pedro atendió en el restaurante a unos clientes de etnia gitana que conocía de vista y con los que entabló una conversación. Al ver la situación, su jefa le preguntó si él también era gitano y cuando el camarero le contestó afirmativamente ésta le reprochó que ese dato lo debería haber conocido antes de ser contratado.

Trato discriminatorio

"Desde ese momento el trato profesional hacia mí cambió y comenzó a responderme de malas formas cuando le preguntaba durante el trabajo", señaló Pedro, según refleja la sentencia. En ocasiones, sufría comentarios racistas como "tienes que leer más y aplicarte en los estudios en vez de sentarse con los primos a tomar litronas y tocar guitarras", declaró el afectado en el juicio.

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El camarero relató que en diciembre volvió a vivir otro ataque por parte de su jefa, también al atender a personas gitanas en el establecimiento. "Ves por qué no quiero gitanos trabajando aquí. Antes, venían de vez en cuando y ahora a menudo y eso no es bueno para el negocio", le reprochó. Unos comentarios ratificados por un testigo que estaba presente en el restaurante, que afirmó ante el Juzgado haber escuchado la conversación.

Tan solo ocho días después de este último hecho el trabajador fue despedido. La jefa citó a Pedro en un centro comercial y le comunicó de manera verbal su despido, sin darle ningún tipo de explicación sobre ello.

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Contradicciones en el juicio

El día del juicio, el pasado 17 de mayo, la empresa alegó que la baja se debió a que el camarero no superó el periodo de prueba. Un relato que contradice la versión indicada en la Seguridad Social donde consta como causa del cese la baja voluntaria del trabajador. Sin embargo, los acusados no pudieron aportar ningún documento firmado por el trabajador que demostrara que había solicitado su baja voluntaria.

Otra de las contradicciones que prevalecen en la sentencia del juicio son los últimos días en los que Pedro trabajó. Según su versión, acudió a su puesto de trabajo toda la semana del 8 al 15 de enero. Para apoyar su testimonio aportó como testigo a un amigo que le fue a buscar al salir de trabajar la noche del 15 de enero. Mientras tanto, la empresa alegó que sus servicios habían terminado el 8 de enero.

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Ley de igualdad de trato y no discriminación

La sentencia que condena a la empresa se basa en la Ley 15/2022 para la igualdad de trato y la no discriminación donde se declara en el artículo 4.1 la prohibición de toda conducta, acto, criterio o práctica que atente contra el derecho a la igualdad.

Esta ley también contiene previsiones específicas aplicables a las relaciones laborales, recogidas en los artículos nueve y diez en los que se recoge el derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el empleo.

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La Fundación del Secretariado Gitano (FSG), que acompañó al denunciante en todo su proceso, considera que "esta sentencia es un buen precedente para los casos tan habituales de discriminación en el empleo por motivos antigitanos, que sufren muchas personas gitanas y que son vulneraciones graves de derechos, al limitar o impedir a las personas mejorar sus condiciones de vida". De forma que aseguran que estas sentencias son "fundamentales para que haya justicia y una reparación adecuada a las víctimas".

Una sentencia que coincide en el tiempo con el debate surgido sobre el racismo en España a raíz de los insultos racistas sufridos por el jugador del Real Madrid, Vinicius Jr.

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Lo ocurrido con el jugador de fútbol ha provocado que la sociedad española se cuestione si España es un país racista. Según el CIS, el racismo no forma parte de los principales problemas para los españoles. En cambio, la inmigración sí está entre los primeros 20 problemas, tal y como reflejan las encuestas. De la misma forma, según un estudio del FSG el 43% de los gitanos aseguraban haber sufrido algún incidente discriminatorio en España durante 2020.

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