'Caso Cursach' Los ataques a la libertad de información, una triste historia que se repite con frecuencia
El derecho a no revelar las fuentes de una investigación periodística se ampara en el artículo 20 de la Constitución española. Sin embargo, no es la primera vez que este derecho es vulnerado en los últimos años. Repasamos algunos casos
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madrid, Actualizado:
El pasado martes 11 de diciembre la Policía Nacional registraba las sedes de El Diario de Mallorca y la sede mallorquina de Europa Press por orden del juzgado de instrucción número 12 de Palma a petición de la fiscalía y los representantes legales del grupo Cursach —implicado en una trama de corrupción bajo secreto de sumario— y su ex director general Bartolomé Sbert.
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En estos registros se han incautado de dos teléfonos móviles, un ordenador portátil y un ordenador de sobremesa y han tratado de incautarse sin éxito otros equipos informáticos y numerosa documentación. El objetivo de dichos registros: desvelar las fuentes con que contaron dichos medios para informar sobre las actividades fiscales del grupo empresarial que está siendo investigado y bajo el cual pesa secreto de sumario para poder imputar a dichas fuentes un delito de revelación de secretos —sancionado con penas de prisión de uno a siete años de prisión según el artículo 197 del código penal—.
El derecho a la libertad de información y no revelar las fuentes de una investigación periodística se ampara en el artículo 20 de la Constitución española, sin embargo no es la primera vez que este derecho es vulnerado.
Hace dos años, el 26 de junio de 2016, dos agentes de la policía judicial irrumpían en la redacción del diario Público con el objetivo de incautar las grabaciones del conocido como Fernándezgate. Estas grabaciones, que fueron publicadas a sólo cinco días de las elecciones generales del 26 de junio de 2016, recogían las conversaciones entre el exministro del interior Jorge Fernández Díaz y el jefe de la Oficina Antifrau de Catalunya, Daniel de Alfonso Laso.
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En estas conversaciones el exministro y el el jefe de la Oficina Antifrau de Catalunya acordaban cómo proceder para fabricar informes que posteriormente sería filtrados a la prensa para desprestigiar a grupos políticos independentistas y a Podemos y que dejó la ya célebre frase "Esto la fiscalía te lo afina".
Finalmente, al no contar con una orden judicial, no se pudieron llevar las grabaciones de las cuales podrían haber rastreado el origen de la fuente.
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Unos meses más tarde, en septiembre de ese mismo año, el titular del juzgado instrucción nº2 de Madrid, Arturo Zamarriego ordenaba el "volcado de información de la cuenta de correo electrónico" de la productora de televisión Mandarina tras la publicación de unas conversaciones del comisario Martín Blas —implicado en la trama del comisario Villarejo— y dos agentes del CNI en las que hablaba de “lavar pruebas” del conocido como caso del pequeño Nicolás con el objetivo de determinar el origen de las filtraciones.
Este mismo juez ya ordenó intervenir e incautarse de todos los correos electrónicos enviados y recibidos durante los años 2013 y 2014 de varios periodistas y responsables policiales en el caso de Esteban Urreiztieta, subdirector del diario El Mundo y prohibió en 2016 a la European Investigative Collaborators publicar más información sobre el conocido como Football Leaks hasta "esclarecer la investigación legal" sobre la obtención de los documentos publicados que implicaban a grandes estrellas del fútbol implicadas en la evasión fiscal.
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Unos años antes, en 2009, otros cinco periodistas fueron citados a declarar tras la filtración de algunos aspectos del sumario del caso de Marta del Castillo con el objetivo obtener información de las fuentes que les habrían facilitado los detalles del sumario.
También, de forma indirecta, quedan patentes los esfuerzos por determinar la autoría de las imágenes grabadas con cámara oculta de la declaración en sede judicial de la infanta Cristina durante el jucio del caso Nóos, del que los abogados acusados de un delito de desobediencia grave —al incumplir la prohibición expresa de grabar imágenes de la declaración "en cualquier formato"— como autores materiales de las mismas fueron absueltos. Un caso similar al que ya ocurriera con la filtración del desarrollo del juicio del caso Bárcenas en el año 2013 en la Audiencia Nacional y que inspiró la película B de Bárcenas.
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Pero esta práctica no es exclusiva de España, pues son numerosos los casos en todo el mundo de persecución a quienes filtran datos con el objetivo de destapar destapar tramas de corrupción, crímenes de guerra o la evasión fiscal. Uno de ellos es Hervé Falciani, que tras publicar la conocida como Lista Falciani con más de 130.000 evasores fiscales cuenta con una orden internacional de detención cursada por Suiza por un delito de "revelación de secretos bancarios".
El caso de Falciani recuerda a otros como el del periodista griego Kostas Vaxevanis, autor de la conocida como Lista Lagarde con 1.991 nombres de ciudadanos griegos con cuentas en Suiza, dejando bajo sospecha sobre ellos de una posible evasión fiscal. Vaxevanis fue detenido en octubre de 2012 acusado de un delito de "violación de datos personales sensibles" del que finalmente fue absuelto.
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Al otro lado del océano se encuentra Chelsea Manning, una exanalista de inteligencia del ejército de los Estados Unidos condenada a 35 años de prisión por filtrar el vídeo conocido como Collateral Murder —asesinato colateral—. En el que se ve cómo un helicóptero estadounidense mata a un grupo de civiles en Irak del que formaban parte dos periodistas de la agencia Reuters y que puso la lupa de la Corte Penal Internacional acerca de los crímenes de guerra perpetrados por los Estados Unidos durante las guerras de Irak y Afganistán.