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Abusos sexuales Multa de 360 euros para un dependiente por acosar a una clienta: "Te costará encontrar sujetador porque vaya tetorras"

El trabajador metió la mano en el sujetador de la mujer y le tocó un pecho. Lo ocurrido no fue considerado en primera instancia un caso de abuso sexual y no se juzgó como tal. Ahora, la Audiencia de Las Palmas reconoce que la pena es "excesivamente benévola".

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Multa de 360 euros para un dependiente por acosar a una clienta. / EFE

Un Juzgado de Fuerteventura multa con 360 euros a un dependiente de una tienda que le tocó el pecho a una clienta mientras se probaba un sujetador. Ahora la Audiencia de Las Palmas ha confirmado la multa impuesta, a pesar de que considera que se trata de una pena "excesivamente benévola".

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Los hechos, juzgados por un proceso penal, ocurrieron en una tienda de un centro comercial de Puerto del Rosario en junio de 2017. El dependiente metió su mano en el escote de una clienta, tras alegar que iba ayudarle a abrocharse el sujetador, según informa La Sexta

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Además, cuando la clienta salió del probador "abochornada por la situación", dice la sentencia, el procesado terminó su acción de acoso sexual diciendo: "Te costará encontrar sujetador, porque vaya tetorras que tienes. No me entran ni en la mano". 

La jueza que juzgó los hechos en primera instancia consideró que lo ocurrido no tenía la suficiente gravedad como para constituir un delito de abuso sexual. Optó por dictar una condena por delito leve de coacciones. Esta consistía en impuso al procesado una multa de seis euros diarios durante dos meses; es decir, 360 euros. 

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La defensa recurrió entonces la sentencia, cosa que no hizo la clienta afectada ni el Ministerio Fiscal. El abogado del dependiente alegó que la denunciante y la jueza de lo Penal habían malinterpretado la conducta de su cliente. 

Ahora, la Audiencia de Las Palmas considera "lógicos" los motivos por los que la jueza dio plena credibilidad al testimonio de la denunciante. Sin embargo, entiende que el procesado sí cometió "claramente" un delito de abuso sexual y que la condena que se le ha impuesto resulta "excesivamente benévola". 

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A pesar de considerarlo poco castigo, el órgano de Las Palmas no puede elevar la multa porque quien recurrió fue la defensa. Considera que la condena "no deja de cumplir los requisitos técnicos" exigibles a un proceso penal pero no puede interponer otra más alta.

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