Y ahora, la 'ley mordaza' militar
- Entra en vigor el nuevo Régimen Disciplinario Militar, que permite vulnerar los derechos fundamentales de soldados y guardias civiles al amparo de la ley
- Se mantiene el arresto, una privación de libertad por vía administrativa que obliga a España a mantener una reserva al Convenio Europeo de Derechos Humanos
- "Persigue volver a situar a los militares en estadios de ciudadanía que no se corresponden con la sociedad moderna", denuncian asociaciones profesionales
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MADRID.- Tras 30 años esperando un cambio legislativo que equiparara sus derechos y deberes a los demás ciudadanos, los militares deberán seguir esperando, puede que 30 años más. Este jueves entra en vigor la Ley Orgánica 8/2014, que regula el nuevo Régimen Disciplinario Militar, acordada entre PP y PSOE pese a las duras críticas al texto del resto de la oposición. Un texto ya conocido entre soldados y guardias civiles como su particular ley mordaza.
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"Es una severísima restricción de derechos fundamentales", denuncia en este caso Juan Antonio Delgado, portavoz de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC). "Tiene una incidencia desproporcionada en la vida personal y persigue volver a situar a los militares en estadios de ciudadanía que no se corresponden con la sociedad moderna", asevera.
"¿Qué tipo de disciplina se garantiza con esta ley si se otorga la misma gradación a una falta de un mando por ir ebrio que por hacer proselitismo del golpe de Estado?", cuestionó la diputada de UPyD Irene Lozano durante el debate de la norma en el Congreso. "La disciplina es un medio, no es un fin. El mantenimiento del arresto es inasumible. La ley descansa sobre una justicia sin garantías", coincidía el parlamentario de IU Álvaro Sanz.
El arresto, una privación de libertad administrativa "sin que exista intervención de una autoridad judicial", obliga a España a enmendar el Convenio Europeo de DDHH
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Aunque reduce su duración máxima, el nuevo Régimen Disciplinario sigue contemplando el arresto para todo tipo de faltas, una privación de libertad por vía administrativa y "sin que exista intervención de una autoridad judicial independiente", expone en este medio Mariano Casado, presidente de la sección de Derecho Militar del Colegio de Abogados de Madrid.
"Que el militar pueda perder la vida en combate no significa que haya una disposición permanente de su vida durante el desarrollo de su actuación profesional y fuera de la misma"
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Argumentan que resulta "arcaico" que el Régimen Disciplinario incida en su vida privada o exija su neutralidad política. Entre otras regulaciones, la norma permite suspender sus manifestaciones si las convocan haciendo uso de su condición militar. Los agentes del Instituto Armado, en su caso, se preguntan a qué se debe este recorte, recalcando que sus concentraciones nunca han provocado disturbios y ni siquiera han obligado a las delegaciones de gobierno a tomar medidas de seguridad especiales.