zaragoza
El Consejo de Derechos Humanos de la ONU, un organismo internacional fundado en 2006 “con el objetivo principal de considerar las situaciones de violaciones de los derechos humanos y hacer recomendaciones al respecto”, será finalmente quien dictamine si los centenares de crímenes del franquismo que decenas de víctimas y trece ayuntamientos han denunciado ante los tribunales deben ser, o no, investigados por los tribunales españoles.
Las causas están comenzando a llegar al consejo, con sede en Ginebra, como consecuencia de la combinación de dos factores que están haciendo naufragar en cascada el recorrido judicial de las querellas y las denuncias en España.
Uno es la jurisprudencia establecida por el Supremo, el cual, en la sentencia por la que absolvía de prevaricación al exjuez Baltasar Garzón por haber puesto en marcha una investigación precisamente sobre el genocidio franquista, dictaminó que los delitos cometidos entre 1936 y 1977 por agentes de la autoridad y por funcionarios quedaban borrados por efecto de la Ley de Amnistía de 1977, una norma a la que los magistrados se refieren como “pilar básico e insustituible de la transición española”, o, en todo caso, estaban prescritos.
El Constitucional ha comenzado a rechazar los recursos de amparo de varias víctimas contra los sobreseimientos dictados por los jueces
El otro es la posición que ha adoptado ante este asunto el Tribunal Constitucional, que ha comenzado a rechazar los recursos de amparo de varias de esas víctimas contra los sobreseimientos dictados por los jueces de Instrucción, con base en la doctrina del Supremo, con el argumento de que sus planteamientos jurídicos carecen de relevancia constitucional.
Eso ha ocurrido con al menos tres denunciantes de torturas a manos de Billy El Niño, con otros dos que imputan ese mismo cargo al expolicía asturiano Pascual Honrado y, también, con la causa impulsadas por el Ayuntamiento de Vitoria y la Junta General de ese territorio por la muerte de cinco obreros por disparos de la Policía Armada el 3 de marzo de 1976.
“Vamos a comenzar a llevar esos casos de torturas al Consejo de Derechos Humanos de la ONU”, que es el encargado de supervisar la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por España en abril de 1977, medio año antes de aprobar la Ley de Amnistía, explican fuentes de Ceaqua, la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina contra crímenes del franquismo.
El Supremo abre una gatera a los comités de la ONU
¿Y qué puede ocurrir si el criterio de la ONU es contrario al del Supremo y el Constitucional y concluye que los crímenes del franquismo deben ser investigados?
Los dictámenes del consejo son, sobre el papel, de obligado cumplimiento, pero en España topan con un vacío legal que dificulta su aplicación
Los dictámenes del consejo, similares a las que el Comité de Derechos Económicos ha emitido en varios casos de desahucios, son, sobre el papel, de obligado cumplimiento. Sin embargo, en España topan con un vacío legal que dificulta su aplicación: el Estado carece de un mecanismo que los convierta en resoluciones ejecutivas de manera automática, por lo que su eventual aplicación, que la Abogacía del Estado recomienda desestimar, queda en manos de cada juez.
Los juzgados las reciben con un informe en ese sentido desde el Ministerio de Asuntos Exteriores, al que llegan a través de la oficina española ante la ONU. “Hay bastantes reticencias a aplicarlas”, señalan desde Ceaqua.
No obstante, el Supremo abrió en junio del año pasado una puerta a modificar esa situación al determinar que “la inexistencia de un procedimiento específico de ejecución de los dictámenes” de ese tipo de comités “es en sí mismo un incumplimiento de un mandato legal y constitucional por parte España”, ya que “el derecho internacional y las obligaciones internacionales contraídas por España son derecho que el Estado, como Estado democrático de derecho, debe respetar y aplicar efectivamente de manera que los derechos y libertades que la Constitución y los tratados internacionales celebrados por España proclaman, sean reales y concretos”.
Las obligaciones de España y el antecedente de 1946
El catedrático de Derecho Cesáreo Gutiérrez, de la Universidad de Murcia, considera que, tras esa sentencia, los dictámenes de los organismos de la ONU son de aplicación directa en España “sin que sea preciso adoptar [antes una] normativa expresa en este sentido”.
“Los tratados sobre derechos humanos, en particular aquellos que crean órganos internacionales de control, son derecho español si nuestro país se vincula a ellos y deben ser cumplidos”, anota, para añadir que “las decisiones de esos comités, en particular si España ha reconocido su competencia, deben ser aplicadas por los órganos del Estado” y “tenerse en cuenta como elementos interpretativos de los derechos y libertades reconocidos por nuestra Constitución”.
Existen tres posicionamientos previos de la ONU favorables
No hay antecedentes sobre la posición de ese organismo sobre los crímenes del franquismo, aunque sí existen tres posicionamientos previos de la ONU favorables a la investigación.
Dos de ellos provienen del relator para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, Fabián Salvioli y de su antecesor, Pablo de Greiff, partidarios, respectivamente, de "garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de la dictadura franquista" y de “privar de efecto las disposiciones de la Ley de Amnistía que obstaculizan todas las investigaciones y el acceso a la justicia sobre violaciones graves de los derechos humanos cometidas durante la Guerra Civil y el franquismo".
La otra figura en la resolución que la Asamblea de Naciones Unidas aprobó el 12 de diciembre de 1946, en la que señala que “en origen, naturaleza, estructura y conducta general, el régimen de Franco es un régimen de carácter fascista” que “fue impuesto al pueblo español por la fuerza” y “en gran parte gracias a la ayuda recibida de la Alemania nazi de Hítler y de la Italia fascista de Mussolini”.
Otras sesenta denuncias y querellas en los tribunales
Mientras tanto, otros ocho asuntos han entrado ya en el Constitucional en busca de su amparo. Se trata de las denuncias y querellas de cinco víctimas de Billy El Niño en Madrid, de una de Benjamín Solsona, miembro de la Brigada Político Social de Valencia, de la querella del Ayuntamiento de Pamplona por los asesinatos, desapariciones y torturas en la ciudad y de la denuncia del consistorio de Durango por los bombardeos de la aviación italiana. Las cuatro audiencias provinciales han ratificado el archivo de las causas.
Otras nueve querellas interpuestas por ayuntamientos e instituciones han sido archivadas por los juzgados de instrucción, informaron fuentes de Ceaqua; en algunos casos, con ratificación posterior de la Audiencia. Son las de las localidades guipuzcoanas de Elgueta y Mondragón, la burgalesa de Miranda de Ebro, las cuatro de la Diputación de Guipúzcoa, la de Zaragoza y la de Barcelona por la muerte de Salvador Puig Antic.
Los recursos presentados contra alguno de esos sobreseimientos, como ha ocurrido en la capital aragonesa, incluyen alusiones a esa sentencia del Supremo y a los posicionamientos de los relatores de la ONU, algo que puede servir de base a las audiencias para plantear consultas de constitucionalidad.
Cinco víctimas de Billy El Niño y diez del capitán Jesús Muñecas están esperando a que se manifiesten las audiencias de Madrid y de Guipúzcoa
Por otra parte, los tribunales todavía no se han pronunciado sobre otras tres causas, las impulsadas por los ayuntamientos de Rivas-Vaciamadrid, Bergara y Eíbar, en un listado de iniciativas institucionales que incluye también la causa por los bombardeos italianos sobre Barcelona. Paralelamente, cinco víctimas de Billy El Niño y diez del capitán Jesús Muñecas están esperando a que se manifiesten las audiencias de Madrid y de Guipúzcoa, mientras un juzgado de València ha acumulado en una causa cinco denuncias contra Solsona.
Por último, en los tribunales hay otras 19 denuncias presentadas: seis contra Billy El Niño, la última de ellas de hace apenas un mes; una contra el exministro Rodolfo Martín Villa, en este caso por los sucesos de los sanfermines de 1978, y otras doce por el fusilamiento de otras tantas personas en Paterna.
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