Las veces que Manuel Marchena aprovechó su poder en el Tribunal Supremo para dar su opinión política
La crítica al Gobierno por la derogación del delito de sedición que contiene la ponencia del presidente de la Sala de lo Penal no es una excepción. En el tema del 'procés', su oposición a las medidas de Sánchez ha quedado patente en sus sentencias.
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madrid,
Hacer política con la toga puesta. Así han interpretado muchos juristas lo que ha ocurrido con la nueva sentencia del procés. La revisión que han firmado los magistrados de la Sala Segunda del Supremo de su sentencia original contra los líderes independentistas para adaptarla a la reforma del Código Penal que deroga la sedición y reforma la malversación parece sacada de un pulso contra el Gobierno y su afán de pacificar la cuestión catalana.
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Así, aunque el Poder Legislativo ha derogado el delito de sedición y ha reformado el de malversación precisamente para aplicar una reducción en las penas de inhabilitación de los líderes del procés, el Supremo aplica los cambios, como no podía ser de otra manera, pero no toca un ápice las penas.
El líder de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), Oriol Junqueras, por ejemplo, ya no está condenado por sedición, pero el delito de desobediencia que le sustituye va aparejado al tipo de malversación de caudales públicos agravado, con lo que su pena de inhabilitación se queda exactamente igual que antes: trece años, que se cumplirán en 2031, provocando que no pueda presentarse a las elecciones catalanas de 2025.
La sentencia del Supremo, alcanzada por unanimidad sobre la ponencia de Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda desde 2014, contiene numerosas referencias políticas que quizá sobren. A algunos juristas con los que ha podido hablar este diario no les parece bien que una sentencia enmiende la plana al Gobierno. Otros, como Andreu Van den Eynde, abogado de Oriol Junqueras, opinan: "No me parece mal que los tribunales critiquen las decisiones del legislador, pero me parece mal que no las apliquen".
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Ni felicitaciones ni censuras a los poderes públicos
El artículo 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial indica que los jueces tienen prohibido dirigir a los poderes, autoridades y funcionarios públicos felicitaciones o censuras por sus actos. Pero la ponencia de Marchena podría interpretarse como una crítica en toda regla. Señala, por ejemplo, que el derogado delito de sedición pueda entenderse ahora castigado en el nuevo delito de desórdenes públicos, lo que deja "impunes" los procesos secesionistas sin violencia.
Dice Marchena: "El delito de sedición, como venimos insistiendo, enriquecía los actos ejecutivos con la voluntad de promover la inobservancia de las leyes o el incumplimiento de las resoluciones judiciales. Ahora, el tipo subjetivo queda reducido a la voluntad de atentar contra la paz pública".
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El poder de la Sala Segunda
La Sala Segunda o Sala de lo Penal es quizá la más poderosa de todo el Supremo: es la encargada de instruir los casos que implican a aforados y de revisar en última instancia las sentencias penales. En este sentido, Manuel Marchena (Las Palmas de Gran Canaria, 1959) logró un hito en 2014, apoyado por el sector conservador del Consejo General del Poder Judicial: hacerse con la plaza de presidente de la Sala Segunda luciendo una flagrante inexperiencia frente al ex fiscal general del Estado Cándido Conde-Pumpido. En septiembre de 2024 concluirá su mandato, revalidado en 2019.
Las sentencias del conservador Marchena son aclamadas por unos y criticadas por otros, pero no dejan indiferente a nadie. Con la cuestión catalana, desde que presidió el tribunal que enjuició a los líderes independentistas, sus cotas de fama le han convertido en uno de los jueces españoles más conocidos.
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Su postura sobre los indultos del procés dejó claro que la cuestión independentista le obsesiona. Mientras el presidente Sánchez decía en el Congreso al respecto que "hay un tiempo para el castigo y un tiempo para la concordia", Marchena y los magistrados de la Sala Segunda se oponían con todas sus fuerzas por considerar el indulto como "una solución inaceptable".
El escaño de Alberto Rodríguez
La cuestión del escaño del exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez también se ha interpretado por algunos juristas como "un tema personal" para Marchena. Él presidió el tribunal que lo enjuició por haberle pegado una patada años atrás a un policía en una manifestación. Con la única prueba en contra de Rodríguez que la palabra del policía, le condenó, con dos votos discrepantes a la sentencia, a un mes y medio de cárcel sustituido por una multa de 540 euros.
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Pero la verdadera condena para Rodríguez era la inhabilitación especial que llevaba aparejada la pena y que acabó por arrebatarle el escaño. No hay al respecto una única respuesta: hay juristas que rebaten que un diputado pueda perder su acta por una condena así y otros que lo secundan. Lo cierto es que Marchena instó a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, a retirarle el escaño, advirtiendo de que la inhabilitación era "obligada".
El 'caso Atutxa' y la condena del TEDH
No tuvo en cuenta quizá Manuel Marchena cuando instó a Batet a retirar el escaño de Rodríguez que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ya le había llamado la atención por un caso semejante. La Sala Segunda condenó a Juan María Atutxa, histórico político del PNV, presidente del Parlamento Vasco entre 1998 y 2005, y a otros dos miembros de la Mesa del Parlamento Vasco -Gorka Knörr y Kontxi Bilbao- por no proceder a la disolución de los grupos vinculados con Batasuna en las instituciones vascas, según ordenó el Supremo en 2003.
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El pseudo sindicato ultraderechista Manos Limpias interpuso una querella por un delito de desobediencia a la autoridad judicial y, en una ponencia de Marchena, la Sala de lo Penal acabó condenando a Atutxa, Knörr y Bilbao. Años después, el TEDH condenó a España por haber vulnerado el derecho a un juicio justo y con todas las garantías de los tres parlamentarios.
Salvar a Casado por el 'caso Máster'
Las piruetas para salvar determinadas tesis también han provocado decisiones de la Sala presidida por Marchena difíciles de comprender. Por ejemplo, la que rechazó abrir una investigación contra Pablo Casado, cuando era presidente del PP, por las supuestas irregularidades del máster que cursó en la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) de Madrid en el curso 2008-2009, pese a que apreciaba que pudo haber trato de favor hacia el líder conservador, por ejemplo, en la convalidación de 40 créditos. Pero el Supremo dijo que eso "puede deberse a un, cuando menos, irregular comportamiento de los responsables del máster".
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Marchena, que formó parte del tribunal que condenó al exjuez Baltasar Garzón por las escuchas de Gürtel, es contrario a disolver partidos políticos por cuestiones de corrupción, como la financiación ilegal, como indica el Código Penal. Lo manifestó en una conferencia en el verano de 2019, un año antes de que su Sala estudiara los recursos por la sentencia de la Audiencia Nacional por el caso Gürtel.
Pese a que confirmó las penas, incluida la del PP por beneficiarse a título lucrativo de la trama Gürtel, la Sala de lo Penal estimó en parte, aunque sin efectos materiales, el recurso del PP sobre que la sentencia recurrida había incluido de forma innecesaria afirmaciones sobre la existencia de una 'caja b'. El Supremo, pese a considerar probada la caja opaca del PP, reconoce que no era el hecho juzgado, sino el "auténtico sistema de corrupción" creado por el grupo de Francisco Correa.
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El Supremo mantuvo la pena al PP, al que obligó a pagar 245.000 euros como partícipe a título lucrativo de la trama, pero su alegato a favor de la tesis del PP de que la Audiencia Nacional había incluido innecesariamente afirmaciones relacionadas con la 'caja b', permitió a Pablo Casado acusar a Pedro Sánchez de haber llegado al poder mediante una moción de censura, que echó a Rajoy del Gobierno, basada en una mentira sobre la corrupción del PP.