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El TSJ valenciano admite a trámite una denuncia contra Mazón por su gestión sobre la DANA

El abogado y activista valenciano Curro Nicolau ha sido el encargado de interponer el recurso, como también hizo durante la pandemia de la covid-19.

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El president de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón, en una rueda de prensa, a 4 de noviembre de 2024. — Carlos Luján / Europa Press

madrid, Actualizado:

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha aceptado tramitar un recurso presentado por un ciudadano en relación con la "inactividad" del president de la Generalitat, Carlos Mazón, y la Agencia de Seguridad y Emergencias ante la reciente DANA.

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La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso ha emitido una resolución que confirma la admisión del recurso contra la Presidencia de la Generalitat y la mencionada agencia de emergencias. En línea con la normativa de jurisdicción contencioso-administrativa, el tribunal ha decidido solicitar los expedientes administrativos pertinentes a los organismos implicados para su revisión.

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El abogado valenciano Curro Nicolau es quien ha interpuesto el recurso admitido por el TSJ de la Comunitat Valenciana. Nicolau, conocido por su activismo legal durante la pandemia, presentó entonces numerosas reclamaciones en tribunales cuestionando las medidas sanitarias.

Aunque la mayoría no prosperaron y el Tribunal Supremo avaló las restricciones de movilidad implementadas por el Gobierno central, Nicolau ha seguido con iniciativas similares. Así, ha presentado  también ante el Supremo un recurso administrativo por lo que considera la "inacción" del Govern en la respuesta a la emergencia causada por la DANA.

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Además, otra demanda similar fue elevada al Tribunal Supremo este miércoles. Esta última, planteada por la asociación Liberum, alega falta de actuación por parte del Gobierno de Pedro Sánchez en relación con las graves inundaciones que afectaron a la región. La asociación dirige su recurso contra la Delegación del Gobierno en València, y el TSJCV remitió el caso al Supremo al considerar que es el órgano competente para su evaluación.

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