El TS declara de "sentido común" que las tarjetas de empresa no se usen para gastos particulares
El Supremo condena a cuatro años y medio de cárcel a un administrador por delitos derivados de la utilización delictiva de las tarjetas visa de las empresas
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MADRID.- El Tribunal Supremo ha destacado que "el más elemental sentido común" impone al titular de una tarjeta de empresa excluir su utilización para gastos particulares, aunque no exista una limitación expresa por parte de quien haya autorizado su uso.
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La sentencia, que condena a este hombre a otros 4 años y 8 meses de prisión por hechos distintos a los de las tarjetas, declara probado que él y su mujer cargaron en las cuentas de las sociedades gastos estrictamente personales, como comidas de fines de semana, muebles, viajes y un sistema de aire acondicionado para su domicilio particular por valor superior a los 450.000 euros.