El Supremo toma medidas extraordinarias ante la situación "límite" por el bloqueo del CGPJ
El alto tribunal pide refuerzos al Ministerio de Justicia ante la avalancha de reclamaciones patrimoniales por la covid y ha aprobado una reorganización de la Sala de los Contencioso por las vacantes existentes.
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madrid, Actualizado:
El Tribunal Supremo ha constatado "la situación límite" de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo por la imposibilidad del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de hacer nombramientos discrecionales estando en funciones.
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Ante esta situación, la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo (TS) ha aprobado la propuesta del presidente de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, César Tolosa, para reorganizar sus secciones ante las vacantes existentes.
En una nota emitida por el TS, recogida por Europa Press, se explica que, a partir de abril, la Sala Tercera afrontará las jubilaciones de los magistrados Rafael Fernández Valverde y Segundo Menénedez.
Esto provocará que sólo cuente con 25 magistrados, incluyendo a Tolosa, lo que supone el mínimo legal para constituir las cinco secciones que componen la Sala —cada una debe tener un mínimo de cinco magistrados—.
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La propuesta de Tolosa pasa por reforzar las dos secciones que tras las jubilaciones quedarán con sólo cuatro miembros, la Segunda y la Quinta. Así, transfieren un magistrado a cada una desde las salas que cuentan con seis (la Tercera y la Cuarta).
Por otro lado, y con el objetivo de "mitigar la extraordinaria carga de trabajo que ha comenzado a detectarse en la Sala", la Sala de Gobierno, presidida por el presidente del Supremo, Carlos Lesmes, ha acordado proponer una reforma legislativa del recurso de casación contencioso-administrativo para dar una respuesta más rápida y eficaz a esa litigiosidad masiva, así como medidas específicas y temporales para afrontar esa situación.
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Los recursos derivados de la pandemia
En esa entrada de recursos destacan los que reclaman responsabilidad patrimonial del Estado derivada de las medidas para hacer frente a la pandemia, de los que ya se han planteado decenas en los últimos días y que el tribunal prevé que puedan alcanzar varios miles en las próximas fechas.
La reforma intenta evitar que los tribunales dicten sentencias contrarias a la decisión futura de la pandemia
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Esa reforma legislativa, que se elevará al Ministerio de Justicia a través del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), propone modificar el artículo 64 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, para que los juzgados o tribunales puedan suspender causas que presentan identidad jurídica sustancial con recursos pendientes de casación ante el Supremo, y hasta que el alto tribunal se pronuncie al respecto.
"La finalidad sería evitar que los juzgados y tribunales dicten sentencias que puedan resultar contrarias a la decisión que en el futuro pueda adoptar el Tribunal Supremo, en aras de una mayor seguridad jurídica", indica la nota del Supremo.
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Otro aspecto de la reforma afecta a la labor de la Sección de Admisión de recursos (artículo 94 de la misma Ley) que, cuando detecte la existencia de un gran número de recursos sobre una cuestión jurídica sustancialmente igual, podrá acordar la admisión de uno o varios de ellos, suspendiendo el trámite de admisión de los demás hasta que se dicte sentencia en los primeros.
El Supremo pide refuerzos a Justicia
Además, se solicitará al Ministerio de Justicia que se dote una nueva Secretaría, con un letrado de la Administración de Justicia y el personal funcionario adecuado, así como la dotación de al menos tres plazas de letrados coordinadores en el Gabinete Técnico del tribunal para ser provistas por magistrados del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
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Según indica el Supremo, se espera la entrada de miles de recursos contencioso-administrativos en las próximas fechas contra la desestimación, expresa o presunta, por el Consejo de Ministros de reclamaciones indemnizatorias en concepto de responsabilidad patrimonial, presentadas por ciudadanos y profesionales que dicen haber sufrido daños indemnizables por este cauce, por causa de la aplicación de medidas incluidas en las normas aprobadas para hacer frente a la pandemia de la covid-19.