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Procés El Supremo también rechaza suspender de urgencia el acuerdo de la JEC que deja a Torra sin escaño

La decisión estaba prevista para este jueves, pero el Supremo decidió retrasarla. Ayer, la misma Sala rechazó la cautelarísima reclamada por la defensa del líder de ERC, Oriol Junqueras, que pedía suspender el acuerdo de la JEC que lo inhabilitaba como eurodiputado. 

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El presidente de la Generalitat Quim Torra abandona el hemiciclo tras el pleno extraordinario del Parlamento de Catalunya. / EFE - QUIQUE GARCÍA

MADRID, Actualizado:

Dos días de tensión, expectación y rechazo de medidas urgentes por parte del Tribunal Supremo. El alto tribunal ha rechazado suspender de urgencia el cese del president de la Generalitat, Quim Torra, como diputado autonómico, acordado por la Junta Electoral Central (JEC) el 3 de enero.

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Así, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha dado portazo este viernes a la medida cautelarísima solicitada por la defensa de Torra, al entender que no hay razones para suspender la decisión de la JEC, pero esta decisión sólo afecta a la suspensión urgente, no al fondo del recurso. Esto es, aún no desestima los argumentos esgrimidos por las defensas para suspender o no el acuerdo; sólo rechaza hacerlo de forma cautelarísima, sin oír a la parte contraria. Para resolver la cuestión de fondo, el Supremo da un plazo de cinco días para alegar a la JEC y a la Fiscalía. 

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La Sala estima que, a pesar de la extensión del recurso -de 94 folios-, la defensa no concreta qué circunstancias de especial urgencia justifican la adopción de esta medida urgente, en lugar de esperar a la resolución normal del recurso. Las alegaciones sobre la supuesta ilegalidad o arbitrariedad de la medida, apunta la Sala, afectarían al fondo de la cuestión, pero no justificarían una suspensión cautelarísima, sin oír antes a la Fiscalía y a la JEC.

Torrent confirma a Torra como diputado

El presidente del Parlament, Roger Torrent, ha confirmado a Torra como diputado, a pesar del acuerdo de la JEC que no ha sido suspendido por el Supremo. Considera que no existe en el Reglamento de la cámara una "inelegiblidad" sobrevenida, como concluyó la Junta Electoral, por haber sido condenado por un delito contra la administración pública aunque la sentencia no sea firme. Así lo ha confirmado desde su cuenta de Twitter:

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El Supremo sólo rechaza la suspensión cautelarísima, pero no se pronuncia sobre el fondo de la cuestión

Per sé, la inhabilitación de Torra como parlamentario no supone que pierda su condición de president de manera automática: según la propia resolución de la Junta Electoral Central, es el Parlament quien debería, llegado el caso, retirarle esta condición. 

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El Estatut dicta que la Cámara catalana elige al president, pero precisa que debe escoger "de entre sus miembros". Así está recogido además en el escrito de alegaciones presentado por el Parlament contra los recursos de PP, Cs y Vox a la JEC, rubricado por el letrado mayor de la Cámara, Joan Ridao. Políticamente, el Parlament, donde las formaciones independentistas tienen mayoría, aprobó el pasado sábado una resolución en la que calificó de "golpe de Estado" la decisión de la Junta Electoral Central", además de respaldar a Torra.

Por otra parte, según Europa Press, la magistrada Pilar Teso se ha abstenido en esta decisión. Teso fue miembro de la JEC que en marzo de 2019 ordenó al president que retirara los símbolos independentistas. 

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La adopción de medidas cautelares -argumenta la Sala- "se efectúa normalmente al término del incidente correspondiente", conforme al principio de contradicción procesal y audiencia de la parte contraria "que es connatural a todo tipo de procesos y a la tutela judicial que merecen las partes".

También rechaza interponer un recurso de inconstitucionalidad, como pretende la defensa de Torra, por supuesta vulneración de los derechos fundamentales a la representación política del president y de sus electores que habría cometido la JEC. 

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La decisión del Supremo estaba prevista para este jueves, pero la Sala decidió retrasarla un día dado que el plazo para responder se cumplía este viernes. Ayer, la misma Sala rechazó la cautelarísima reclamada por la defensa del líder de ERC, Oriol Junqueras, que pedía

La JEC decidió aplicar en los dos casos el principio de "inelegibilidad sobrevenida", dado que ambos han sido condenados. No obstante, la condena de 1 año y medio de inhabilitación a Torra por desobedecer la orden de la JEC de retirar los lazos amarillos en periodo electoral, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) no es firme. Pero la Ley Electoral contempla esta causa en los delitos contra la administración pública, como sería el caso de Torra.

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También el jueves, la Sala de lo Penal del alto tribunal resolvió que Junqueras no podrá salir de prisión, ni siquiera para que viaje a Estrasburgo a tomar posesión de su acta de eurodiputado. La sala que integran los magistrados que condenaron al líder de ERC a 13 años de cárcel por los delitos de sedición y malversación en el procés concluyó que Junqueras no es eurodiputado ni tiene inmunidad, al ser firme la condena.

Por otro lado, no se puede descartar que este mismo viernes el juez del Supremo Pablo Llarena, instructor del 'procés', se pronuncie sobre las euroórdenes que pesan contra el expresident Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín.

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Ambos han solicitado que se levante estas órdenes de busca y captura ya que son europarlamentarios -en aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que amparó la inmunidad de Junqueras- y tienen previsto tomar posesión del escaño este mismo lunes en Estrasburgo (Francia).

(Habrá ampliación)

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