Público
Público

El Supremo obliga a repetir el juicio de un accidente que dejó vegetal a un paracaidista

La sentencia rechaza que los peritos lo atribuyan a la "mala suerte". El sargento erró al hacer los cálculos de salto en unas maniobras, lo que provocó que los soldados cayeran en una zona arbolada y rocosa. Uno de ellos ha quedado vegetal.

Una de las salas de vistas del Tribunal Supremo. - GABRIEL PECOT

G. GUZMÁN / J. PÉREZ

MADRID.- La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha ordenado repetir un juicio porque rechaza que los peritos atribuyeran a la "mala suerte" un accidente que dejó vegetal a un soldado paracaidista en el año 2007 en Murcia.

Lo que debía ser un ejercicio rutinario de paracaidismo del Ejército del Aire terminó con los paracaidistas aterrizando a 600 metros de donde debían hacerlo y con el soldado A. C. en estado vegetativo irreversible. En el proceso del cálculo de la deriva del viento, el sargento responsable omitió uno de los datos que se aplican en la fórmula utilizada para estos casos.

El tribunal militar primero absolvió al sargento de la responsabilidad del accidente, pero ahora el Tribunal Supremo obliga a repetir el juicio tras el recurso interpuesto por el padre del soldado. La sentencia de la Sala de lo Militar del Supremo critica con dureza que el tribunal transformara en peritos a unos testigos del juicio.

Uno de los informes periciales descarta la responsabilidad del sargento en cuanto al cálculo erróneo del momento del salto y, es más, atribuye lo ocurrido a "la mala suerte". El Supremo rechaza esta conclusión y ordena repetir el juicio.

Los hechos tuvieron lugar el 14 de febrero de 2007. En el ejercicio los paracaidistas tenían que saltar desde una altura de unos 1.400 metros. El sargento José María Coiradas estaba encargado de realizar los cálculos para indicar el “punto de suelta” del primer paracaidista. Para calcular este punto, se utilizan la altura del lanzamiento, la velocidad del viento y una constante de velocidad de descenso, que varía según el tipo de paracaídas empleado.

Según el informe técnico pericial, el sargento “omitió el dato relativo a la constante del paracaídas”, lo que ocasionó “una diferencia de 616 metros entre la deriva que se utilizó y la que debió utilizarse”. En el salto, todos los paracaidistas cayeron fuera de la zona de aterrizaje en la que se suponía que debían terminar.

Todos los paracaidistas cayeron fuera de la zona de aterrizaje.

A. C. y sus compañeros cayeron en “una zona arbolada y rocosa” fuera de la zona señalizada. Él llevó la peor parte; como consecuencia de la caída sufre una tetraplejia espástica con estado vegetativo, situación crónica e irreversible que le impide “el gobierno de su persona”, según considera probado el Supremo. El resto de sus compañeros sufrieron heridas leves.

La sentencia del Supremo se apoya en la transmutación de la cualidad de testigo por la de peritos que tuvo lugar en el juicio del tribunal militar. Considera que este hecho tiene mucha incidencia, “pues la sentencia se apoya en las declaraciones de las indicadas personas”. En un juicio, la diferencia entre un testigo y un perito es que el primero relata un hecho, mientras que el perito está encargado de realizar juicios de valor sobre el objeto de la investigación en función de sus conocimientos. De hecho, el papel del perito es fundamental porque el juez carece de la formación necesaria para realizar dichos juicios de valor.

La sentencia reprocha al tribunal militar que admitiera lo dicho por los testigos (a los que transforma en peritos) como una apreciación válida para la prueba pericial. “Lo que consta es que el paracaidista cayó fuera de la zona en la que debía haber caído y que los peritos consideran que ello fue porque se aplicó mal la fórmula”, asegura. “La apreciación de la prueba pericial llevada a cabo por el Tribunal de instancia se basa en una hipótesis y deja de lado los hechos realmente acaecidos”, concluye el texto.

Por todo ello, el Supremo ha ordenado anular la sentencia y celebrar un nuevo juicio oral por un Tribunal cuyos miembros sean distintos de tribunal original. En esta ocasión tendrán que ser unos peritos de verdad los que determinen el grado de responsabilidad del sargento en la desviación de los paracaidistas que ha terminado con A. C. vegetal de por vida.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias

lea también...